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Documento BOE-A-2001-16352

Resolución de 11 de julio de 2001, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de homologación e inscripción en el Registro del siguiente producto fabricado por "Cartonajes Font, Sociedad Anónima", con contraseña 02-H-829: Embalaje combinado, marca y modelo Cartonajes Font "PANREAC C", para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, vía marítima y vía aérea.

Publicado en:
«BOE» núm. 200, de 21 de agosto de 2001, páginas 31521 a 31522 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2001-16352

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de la Generalidad de Cataluña, la solicitud presentada por «Cartonajes Font, Sociedad Anónima», con domicilio social en carretera Sant Sadurní, sin número, municipio de Torrelavit (Barcelona), para la homologación e inscripción en el registro del siguiente producto fabricado por «Cartonajes Font, Sociedad Anónima», en su instalación industrial ubicada en Torrelavit: Embalaje combinado, marca y modelo Cartonajes Font «PANREAC C», para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, vía marítima y vía aérea;

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e inscripción en el registro se solicita y que la EIC-ENICRE ICICT, mediante informe, certificado y actas con clave VC.BB.33021143/01, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, he resuelto:

Homologar el tipo del citado producto con la contraseña de inscripción 02-H-829 y definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo registrado las que se indican a continuación:

Marca y modelo: Cartonajes Font «PANREAC C».

Características y productos autorizados a transportar:

Las indicadas en el anexo.

Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, por tanto, con independencia de la misma, se habrá de cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable, debiéndose presentar la conformidad de la producción con el tipo homologado antes de 11 de julio de 2003 (Orden de 28 de febrero de 1989).

Esta resolución de homologación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 11 de julio de 2001.–El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

ANEXO

Fabricante: «Cartonajes Font, Sociedad Anónima». Carretera Sant Sadurní, sin número, 08211 Torrelavit (Barcelona).

Nombre EIC y número informe EIC: «ICICT, S. A.», VC.BB.33021143/01.

Número de certificación de tipo:

ADR 02-H-829-11
RID/IMDG/OACI 02-H-829

Características del envase/embalaje:

Características del envase interior:

Botella de plástico de polietileno de alta densidad ref. PE 250.

Peso de la botella: 25 g. Peso del tapón de plástico: 9 g. Total: 37 g.

Capacidad a rebose: 301 ml.

Capacidad nominal: 250 ml.

Sección: 57 × 57. Altura: 137 mm.

Diámetro interior de la boca: 16,5 mm.

Botella de plástico de polietileno de alta densidad ref. PA 250.

Peso de la botella: 28 g. Peso del tapón: 8 g. Total: 36 g.

Capacidad a rebose: 322 ml.

Capacidad nominal: 250 ml.

Sección: 58 × 58. Altura: 127,3 mm.

Diámetro interior de la boca: 35 mm.

Botella redonda de plástico ref. P28/250.

Peso de la botella: 29 g. Peso del tapón: 5 g. Total: 34 g.

Capacidad a rebose: 269 ml.

Capacidad nominal: 250 ml.

Altura de la botella: 147,5 mm.

Diámetro interior de la boca: 20 mm.

Cada botella se coloca dentro de una bolsa de plástico que se cierra con una tira adhesiva y se colocan dentro del embalaje con los separadores de cartón.

Embalaje exterior:

Caja de cartón tipo 0204 FEFCO, de cartón ondulado doble cara, canal C.

Peso: 120 g.

Dimensiones exteriores: 210 × 140 × 175 mm. Gramaje del cartón: 497 g/m2 Composición: K 130/F 160/K 130.

Separadores tipo 0933 FEFCO, de cartón ondulado doble cara, canal C.

Materias a transportar:

Materias peligrosas a transportar de la clase 3: Densidad máxima admisible relativa, 1,8 g/cm3

ADR/RID:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Apartados: b) y c) del marginal 2301 del ADR y 301 del RID.

Excepto: La nitroglicerina en disolución alcohólica del apartado 6.o, la propilenimina inhibida del 12.o y el isocianato de etilo del 13.o

Los preparados del 31.o c), 32.o c) y 33.o c) que desprendan dióxido de carbono y/o nitrógeno, los envases dispondrán de venteo.

IMO/IMDG:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias que requieran Grupos de Embalaje II y/o III. Excepto: Número ONU: 2478, 1308, 1222, 3064, 1865, 1261.

IATA/OACI:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias que requieran Grupos de Embalaje II y/o III y requieran las siguientes instrucciones de embalaje: Y305, Y306, números ONU 1298, 1305, 1196, 1723.

Materias peligrosas a transportar de la clase 5.1: Densidad máxima admisible relativa, 1,8 g/cm3

ADR/RID:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Apartados: b) y c) del marginal 2501 del ADR y 501 del RID.

Excepto: Las materias del 5.o y las soluciones de nitrato amónico del 20.o

Los envases que contengan materias del 1.o b) o 1.o c) dispondrán de venteo.

IMO/IMDG:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Número ONU 2429, 3210, 2984, 1470, 3218, 3219, 3139, 3098, 3099, 3211, 3214, 3216, 2427, 2428.

IATA/OACI:

Materias: 3103, 3104, 3105, 3106, 2014, 2429, 3098, 3210, 3211, 1511. Las materias que requieran las instrucciones: Y506, Y508, 509 (excepto 1479), Y509, Y514.

Materias peligrosas a transportar de la clase 5.2: Densidad máxima admisible relativa, 1,8 g/cm3

ADR/RID:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Apartados: Peróxidos orgánicos líquidos, de los tipos D, E y F para los cuales no se requiere regulación de temperatura y con los límites de concentración que figuran en cada caso, según marginal 2551/551.

IMO/IMDG:

Peróxidos orgánicos líquidos de tipo B y C que requieren Métodos de Embalaje OP4A, OP5A, OP6A, OP7A y OP8A.

Peróxidos orgánicos líquidos de tipo D, E y F que requieran Métodos de Embalaje OP4A, OP5A, OP6A, OP7A y OP8A.

IATA/OACI:

Materias líquidas que requieran Instrucciones de Embalaje: 502.

Limitaciones: Las indicadas en la tabla 2-14, lista de mercancías peligrosas, para el transporte de aronaves de pasajeros (columna 10) y en aeronaves de carga (columna 12).

Materias peligrosas a transportar de la clase 6.1: Densidad máxima admisible relativa: 1,8 g/cm3.

ADR/RID:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Apartados: b) y c) del marginal 2601 del ADR y 601 del RID.

Excepto: El cianuro de hidrógeno del estabilizado del 1.o, las soluciones de ácido cianhídrico del 2.o, los metales carbonilos del 3.o, la etilenimina del 4.o y el isocianato de metileno del 5.o

IMO/IMDG:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias líquidas que requieran grupos de embalaje II y/o III.

Excepto: Número ONU: 1569, 3250, 1600, 3281, 2312, 1693, 3123, 1701.

IATA/OACI:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: 2740, 2788, 1737, 1738, 1916, 1935, 2024, 2788.

Las materias que requieran las instrucciones: Y605, 608 (excepto 1699), Y611, Y612, Y613, Y614.

Materias peligrosas a transportar de la clase 8: Densidad máxima admisible relativa: 1,8 g/cm3.

ADR/RID:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Apartados: b) y c) del marginal 2801 del ADR y 801 del RID. Excepto: Las materias del 6.o, 14.o y el oxibromuro de fósforo del 15.o

IMO/IMDG:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias líquidas que requieran grupos de embalaje II y/o

III.

Excepto: Número ONU: 3301, 3094 y 2809.

IATA/OACI:

Materias: Materias que requieran las instrucciones: 807 (excepto 2031), 810, Y814, Y 815, Y818, Y819.

Materias peligrosas a transportar de la clase 9: Densidad máxima admisible relativa: 1,8 g/cm3.

ADR/RID:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Apartados: b) y c) del marginal 2901 del ADR y 901 del RID. Excepto: Las materias del 3.o, 5.o, 6.o, 7.o, 8.o, 13.o, 20.o, 21.o y 36.o

IMO/IMDG:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias que requieran grupos de embalaje II y/o III siguientes: Números ONU: 1990, 1941, 3082.

IATA/OACI:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias que requieran las instrucciones: Y907, Y914.

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