La Comisión de Reclamaciones de esta Universidad
Complutense, en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por
el artículo 43 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto,
de Reforma Universitaria, ha examinado, en su reunión del día
4 de abril de 2001, la reclamación interpuesta por don Javier
Montero de Juan, contra la propuesta formulada por la Comisión
que ha juzgado el concurso para la provisión de una plaza de
Catedrático de Universidad, adscrita al área de conocimiento de
"Estadística e Investigación Operativa", y al Departamento de igual
denominación, convocado por Resolución de 13 de noviembre
de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 30), resolviendo estimar
la reclamación y, en su virtud, no ratificar la propuesta de provisión
formulada por la Comisión evaluadora y acordando la no provisión
de plaza.
En consecuencia, este Rectorado ejercitando las potestades que
le atribuyen los artículos 18 de la precitada Ley Orgánica de
Reforma Universitaria y 80 del Real Decreto 1555/1991, de 11 de
octubre ("Boletín Oficial del Estado" de 4 de noviembre), por la
que se publican los Estatutos de la Universidad Complutense, y
en ejecución del acuerdo adoptado por la Comisión de
Reclamaciones, ha resuelto declarar la no provisión de la plaza descrita.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa,
cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo
de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación,
sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso,
cualquier otro que estime procedente.
Madrid, 23 de julio de 2001.-El Rector, Rafael Puyol Antolín.
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