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Documento BOE-A-2001-15827

Resolución de 16 de julio de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone la publicación del Convenio marco de colaboración y coordinación entre el Ministerio del Interior y la Comunidad Autónoma de Castilla y León, sobre realización de obras de conservación y mejora de distintos acuartelamientos de la Guardia Civil en dicha comunidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 10 de agosto de 2001, páginas 30171 a 30172 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2001-15827

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito con fecha 6 de julio de 2001, el Convenio marco de colaboración y coordinación entre el Ministerio del Interior y la Comunidad Autónoma de Castilla y León, sobre realización de obras de conservación y mejora de distintos acuartelamientos de la Guardia Civil en dicha comunidad, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del mismo, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 16 de julio de 2001.‒El Secretario general técnico, Eugenio López Álvarez.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior y la Comunidad Autónoma de Castilla y León, sobre realización de obras de conservación y mejora de distintos acuartelamientos de la Guardia Civil en dicha comunidad

En Valladolid a 6 de julio de 2001.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Mariano Rajoy Brey, Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de Interior, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, nombrado por Real Decreto 559/2000, de 27 de abril, y por Real Decreto 207/2001, de 27 de febrero.

De otra parte, el excelentísimo señor don Juan Vicente Herrera Campo, Presidente de la Junta de Castilla y León, en uso de las atribuciones que le confiere el Estatuto de Autonomía de Castilla y León y el Derecho Legislativo 1/1988, de 21 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Gobierno y Administración de Castilla y León, nombrado por Real Decreto 280/2001, de 16 de marzo.

MANIFIESTAN

Que el principio constitucional de colaboración entre las distintas Administraciones públicas que integran el Estado, así como el de eficacia y eficiencia que deben presidir la actuación de las mismas, implica poner a disposición de cualquiera de ellas los medios que precisen para el mejor ejercicio de sus funciones.

Que la Comunidad de Castilla y León es consciente de la labor desarrollada por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y en concreto por el Cuerpo de la Guardia Civil, colaborando y haciendo posible el ejercicio de competencias propias de la Administración autonómica en parcelas significativas como juego, espectáculos, caza, pesca, incendios, etc. Por ello debe favorecer, en todo lo posible, la mejora de las condiciones de vida y trabajo de los miembros de la Guardia Civil, que redundará inequívocamente en la mejora de las condiciones y calidad de vida de todos los castellano-leoneses. Igual proyección se produce respecto a las competencias y funciones de las Entidades Locales que integran nuestro territorio.

Evidentemente, la protección del orden público, tanto general como especial, pone de manifiesto la importancia de la misión encomendada a la Guardia Civil en la salvaguardia y satisfacción del interés general de los castellano-leoneses. La Comunidad Autónoma, sensible al grave problema de los acuartelamientos y en aras a colaborar en la consecución de un mejor servicio del Instituto de la Guardia Civil, ofrece su colaboración para la realización de obras de conservación y mejora de las casas-cuartel que se encuentren en condiciones precarias de habitabilidad.

En consecuencia, y a tenor de lo previsto en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las partes suscriben de mutuo acuerdo el presente Convenio de colaboración que se desarrollará con arreglo a las siguientes.

CLÁUSULAS

Primera.

El objeto del presente Convenio es establecer el régimen de colaboración entre la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y el Ministerio del Interior para promover la mejora en las condiciones de vida del personal de la Guardia Civil mediante la concesión de subvenciones o ayudas destinadas a la realización de las obras necesarias de reparación, conservación y mejora de las casas-cuartel, en la medida en que su asentamiento en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma conlleva una mejora en la calidad de vida de los castellano-leoneses y una gestión más eficaz y eficiente de las Administraciones públicas en el cumplimiento de sus competencias y funciones.

Segunda.

El presente Convenio tendrá una duración de un año a partir del 1 de enero de 2001, prorrogándose anualmente de forma tácita por un plazo máximo de tres años, y se extinguirá por las siguientes causas:

a) Mutuo acuerdo.

b) Preaviso de alguna de las partes con dos meses de antelación a la fecha anual de vencimiento.

c) Incumplimiento reiterado de sus obligaciones por alguna de las partes firmantes.

d) Rescisión anticipada, ejercitable en cualquier momento con un preaviso de dos meses.

Todo ello sin perjuicio de la finalización de las actividades que estuvieran comprometidas hasta la fecha de resolución del Convenio.

Tercera.

Las aportaciones de la Comunidad Autónoma serán las establecidas anualmente en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León.

Cuarta.

Las aportaciones del Ministerio del Interior serán las establecidas anualmente en su Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Quinta.

Se crea una Comisión Mixta General integrada por dos representantes de la Comunidad Autónoma, uno de la Delegación del Gobierno y uno de la Dirección General de la Guardia Civil, bajo la presidencia del excelentísimo señor Consejero de Presidencia y Administración Territorial. Cada una de las Administraciones representadas podrá estar asistida por los técnicos que considere convenientes.

La Comisión, a la vista de las disponibilidades presupuestarias elevará propuesta no vinculante de la Dirección General de la Guardia Civil sobre las casas-cuartel en las que se pretende actuar y el importe máximo que a cada una de ellas le corresponde.

Sexta.

El Ministerio del Interior a través de sus órganos competentes asumirá la ejecución de las obras, ya sea mediante contratación o utilizando sus propios medios; asumirá, igualmente, la tramitación de los permisos, licencias y demás autorizaciones administrativas, que en su caso deben obtenerse, así como la dirección facultativa de las obras.

Séptima.

El anticipo anual de la Comunidad Autónoma, en la parte que normativamente esté prevista, se hará efectiva al Ministerio del Interior una vez cada anualidad se presente y apruebe el programa de obras por la Comisión Mixta General.

Concluida la realización de las obras y para la justificación del anticipo, si hubiera existido, y el abono de la cuantía restante, o en su caso global, se presentará certificado del órgano o unidad del Ministerio del Interior competente, con el visto bueno del Director general de la Guardia Civil en el que se acredite la realización de las obras para cada casa-cuartel y por los importes determinados en el acuerdo de la Comisión Mixta General.

Octava.

Al presente Convenio podrán sumarse las Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos que pertenecen a la Comunidad de Castilla y León, previa solicitud de adhesión que será resuelta por la Comisión Mixta General. En dicha solicitud, la entidad local indicará la aportación a la que se compromete, que deberá ser, como mínimo, igual a la cantidad resultante de dividir la totalidad de la aportación de la Administración de la Comunidad, dividido por el número total de casas-cuartel en el ámbito autonómico y multiplicado por el número de casas-cuartel radicadas a nivel provincial o municipal.

En este supuesto, se constituirán Comisiones Mixtas Provinciales, integradas por un representante de la Comunidad Autónoma, uno de la Subdelegación del Gobierno en la provincia y uno de cada Ente Local que se haya adherido al Convenio, bajo la presidencia del Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León, que a la vista de las disponibilidades presupuestarias propondrá a la Comisión Mixta General, mediante informe propuesta, las casas-cuartel susceptibles de obras de reparación, conservación o mejora, a nivel provincial o municipal.

La justificación de los anticipos y abono de las aportaciones de las entidades locales se realizará en la misma forma que lo establecido en la cláusula séptima.

Novena.

Consciente el Ministerio del Interior de las deficiencias de infraestructuras de algunas Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos, y teniendo en cuenta que en algunos de los municipios existen casas-cuartel fuera de uso, se compromete a través del presente Convenio a tramitar ante la Gerencia de Infraestructuras de la Seguridad del Estado, la cesión de dichos edificios a los Entes Locales que se hayan adherido al presente Convenio siempre que se justique el interés local de carácter urbanístico, social o de servicios.

Y para que conste y surtan los efectos oportunos se extiende y firma por duplicado ejemplar el presente documento en el lugar y fecha «ut supra».‒El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro del Interior, Mariano Rajoy Brey.‒El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera Campo.

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