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Documento BOE-A-2001-15720

Resolución de 24 de julio de 2001, de la Universidad de Cantabria, por la que se corrige error en la Resolución de 11 de junio de 2001, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión, especialidad Administración General.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 9 de agosto de 2001, páginas 29820 a 29820 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2001-15720

TEXTO ORIGINAL

Se ha detectado un error en la Resolución de 11 de junio

de 2001, de la Universidad de Cantabria ("Boletín Oficial del

Estado" de 6 de julio), por la que se convocan pruebas selectivas para

ingreso en la Escala de Gestión, especialidad Administración

General de este Organismo, por el sistema de promoción interna y

acceso libre en el anexo I, proceso selectivo, apartado 3.

Calificación de los ejercicios, página 24489, donde dice: "La

calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de

las puntuaciones obtenidas en los ejercicios eliminatorios de la

oposición.

Los puntos de la fase de concurso se sumarán a la puntuación

obtenida en la oposición a efectos de establecer el orden definitivo

de aspirantes aprobados. En caso de empate, decidirá

sucesivamente el criterio de mayor puntuación en el primer ejercicio de

la oposición, en el segundo ejercicio y en la fase de concurso.

El tercer ejercicio optativo y de mérito, únicamente se tendrá

en cuenta para determinar el orden final entre los opositores

aprobados", debe decir: "La calificación de la fase de oposición vendrá

determinada por la suma de la puntuación obtenida en los

ejercicios eliminatorios.

La calificación final de las pruebas selectivas vendrá dada por

la suma de la puntuación obtenida en la fase de concurso y la

de los ejercicios eliminatorios de la fase de oposición.

Sólo se sumará la puntuación obtenida en la fase de concurso

a aquellos aspirantes que hayan superado los ejercicios

eliminatorios de la fase de oposición. La puntuación obtenida en la fase

de concurso no podrá ser aplicada para superar los ejercicios de

la fase de oposición.

El Tribunal, una vez sumadas las puntuaciones citadas en el

párrafo anterior, hará pública la relación definitiva de aspirantes

que han superado las pruebas selectivas, que no podrá incluir

un número superior de aprobados que el de plazas convocadas.

En caso de empate en la puntuación total se resolverá

atendiendo a la mayor calificación obtenida en el primer ejercicio.

En segundo lugar, se atenderá a la mayor calificación obtenida

en el segundo ejercicio. En tercer lugar se tendrá en cuenta la

mayor valoración de la fase de concurso".

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse, potestativamente y ante este

Rectorado, recurso de reposición en el plazo de un mes, contado

a partir del día siguiente a su publicación o bien podrá ser

impugnarse directamente ante el Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo de Santander mediante recurso contencioso-administrativo,

en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la

publicación.

Santander, 24 de julio de 2001.-El Rector, P. D., el Vicerrector

de Planificación y Desarrollo, Federico Gutiérrez-Solana Salcedo.

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