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Documento BOE-A-2001-15320

Resolución de 6 de julio de 2001, de la Universidad de Córdoba, por la que se convocan a concurso público diversas plazas correspondientes a los Cuerpos Docentes Universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 4 de agosto de 2001, páginas 28945 a 28952 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2001-15320

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el título V de la

Ley 11/1983, de 25 de agosto, y el artículo 2.o 4 del Real

Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, por el que se regulan los

concursos para la provisión de plazas de los Cuerpos Docentes

Universitarios y el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio, que

lo modifica,

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso las plazas que

se relacionan en el anexo I de la presente Resolución, con arreglo

a las siguientes bases:

Primera.-Dichos concursos se regirán por lo dispuesto en la

Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto ("Boletín Oficial del

Estado" de 1 de septiembre) ; Real Decreto 1888/1984, de 26 de

septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre), modificado

parcialmente por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio

("Boletín Oficial del Estado" de 11 de julio) ; Orden de 28 de diciembre

de 1984 ("Boletín Oficial del Estado" de 16 de enero de 1985),

y en lo no previsto por la legislación general de Funcionarios

Civiles del Estado. Cada uno de los concursos se tramitará de

forma independiente.

Esta convocatoria será expuesta en el tablón de anuncios de

este Rectorado y se publicará a través de Internet: http:/www.

uco.es/vida/eventos/convoca

Segunda.-Para ser admitido a los citados concursos, se

requieren los siguientes requisitos generales:

a) Tener nacionalidad española o nacional de alguno de los

demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de

aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales,

celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea

de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos

en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la

Comunidad Europea.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de

otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no

estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores

de dicha edad que vivan a sus expensas.

Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares

de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los

Tratados Internacionales, celebrados por la Comunidad Europea y

ratificados por España.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber

cumplido los setenta años de edad.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de la Administración del Estado o de la Administración

Autonómica, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para

el ejercicio de las funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que

impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor

de Universidad.

e) Para los no españoles será necesario el dominio del idioma

castellano, que será apreciado por la Comisión encargada de

resolver el concurso, en el transcurso de las pruebas orales.

Tercera.-Deberán reunir además las condiciones específicas

que se señalan en el artículo 4.o 1 ó 4.o 2 del Real

Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, según la categoría de la

plaza y clase de concurso.

A las plazas números 16/2001, 17/2001 y 20/2001,

convocadas a concurso de méritos, conforme a lo previsto en el artículo

4.o 2 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, podrán

concurrir, indistintamente, Profesores de ambos Cuerpos,

pudiendo presentarse también los Catedráticos numerarios de

Bachillerato que estén en posesión del título de Doctor.

Para las plazas correspondientes a los Cuerpos de Profesores

Titulares de Universidad y Catedráticos de Escuelas Universitarias

se requiere la titulación de Doctor.

Los aspirantes que hubieran obtenido en el extranjero el título

requerido según la categoría de la plaza deberán estar en posesión

de la credencial que justifique su homologación.

Los nacionales de los demás Estados miembros de la

Comunidad Europea deberán acreditar que les ha sido concedido el

reconocimiento del título exigido, de conformidad con lo

establecido en el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre ("Boletín

Oficial del Estado" de 22 de noviembre), y Orden de 23 de enero

de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" del 28).

No podrán concursar a las plazas de Profesor titular de

Universidad quienes hubieran estado contratados durante más de dos

años como Ayudante de Facultades y Escuelas Técnicas Superiores

de la Universidad de Córdoba, salvo las excepciones previstas

en el artículo 37.4 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto ("Boletín

Oficial del Estado" de 1 de septiembre), de Reforma Universitaria.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 5.o 1 del Real

Decreto 1427/198, la concurrencia de todos los requisitos, tanto

generales como específicos, deberá estar referida siempre a una

fecha anterior a la expiración del plazo fijado para solicitar

la participación en el concurso y mantenerse hasta el momento

de la toma de posesión. En el supuesto de que los documentos

justificativos de los requisitos sean fotocopias, éstas han

de estar totalmente debidamente firmadas por los interesados.

Todos los documentos anteriores podrán adelantarse mediante

fax 957 21 80 30, siempre que dentro del plazo establecido se

remita por la vía ordinaria indicada anteriormente toda la

documentación.

Cuarta.-Quienes deseen tomar parte en los concursos

remitirán la correspondiente solicitud, así como la documentación

justificativa de los requisitos, de forma individualizada para cada plaza

y suscritas en castellano o traducidas literalmente al mismo, al

excelentísimo señor Rector magnífico de la Universidad de

Córdoba, calle Alfonso XIII, número 13, código postal 14071 Córdoba

(teléfonos: 957 21 80 11, 21 80 20 y 21 80 13), por cualquiera

de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín

Oficial del Estado" del 14), en el plazo de veinte días hábiles,

contados a partir del siguiente al de la publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", mediante instancia,

según modelo que e acompaña en el anexo II, debidamente

cumplimentada, junto con fotocopia firmada por el interesado del

documento nacional de identidad, pasaporte o equivalente y, en su

caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y

el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro

Estado con el tenga dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar

declaración jurada o promesa de éste de que no está separado

de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el

aspirante vive a sus expensas o está a su cargo, y demás

documentos que acrediten reunir los requisitos para participar en cada

concurso, fotocopia firmada por el interesado del título exigido

atendiendo a la categoría de la plaza y fotocopia del justificante

de pago.

Las solicitudes que se envíen por correo se presentarán en

sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario de

correos antes de su certificación.

El domicilio que figure en las instancias se considerará el único

válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva

del concursante todos los errores en la consignación del mismo,

así como la comunicación de cualquier cambio de dicho domicilio.

Los aspirantes deberán justificar haber abonado la cantidad

de 10.000 pesetas en concepto de derechos de examen, que será

ingresada por cualquiera de los siguientes procedimientos:

Preferentemente, mediante ingreso directo o transferencia a

la cuenta número 2024/0000/89/3800001191, abierta en la

entidad Caja de Ahorros y Monte de Córdoba (Cajasur), oficina

principal, ronda de los Tejares, 18-24, código postal 14001), bajo

la denominación "Universidad de Córdoba. Ingresos oposiciones

y concursos", haciendo constar como concepto de ingreso "Plaza

número..., Cuerpos Docentes Universitarios".

Por giro postal o telegráfico dirigido al Área de Retribuciones

de la Universidad de Córdoba, haciendo constar en el taloncillo

destinado a dicho organismo los siguientes datos: Nombre y

apellidos del interesado y plaza a la que concursa.

Quinta.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el

excelentísimo señor Rector dictará Resolución por la que se

aprueba la lista de admitidos y excluidos provisionalmente, con

indicación de las causas de exclusión, la cual, por cualquiera de los

procedimientos establecidos en el artículo 59 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se remitirá a todos los

aspirantes.

Contra dicha Resolución los interesados podrán presentar ante

el Rector, en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el

día siguiente al de la recepción de la notificación, la reclamación

a que se refiere el artículo 5.o 3 del Real Decreto 1888/1984,

de 26 de septiembre.

Al término de estos plazos, si debieran producirse variaciones

en la relación provisional, se notificará a los interesados la lista

definitiva de admitidos y excluidos, con indicación, igualmente,

de las causas de exclusión.

Transcurridos cuarenta días, desde la notificación de la lista

provisional sin que se hubiera comunicado la lista definitiva, se

entenderá que aquélla ha adquirido carácter definitivo.

Sexta.-Los integrantes de la Comisión Evaluadora serán

designados de conformidad con lo establecido en el artículo 6.o 1 del

Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, modificado por

el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio.

El nombramiento como miembro de la Comisión es

irrenunciable, salvo cuando concurra causa justificada de alguno de los

motivos de abstención previstos en el artículo 28 de la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de

13 de enero.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de

la Comisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 29

de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por

Ley 4/1999, de 13 de enero.

El escrito de renuncia o abstención o, en su caso, de recusación,

se dirigirá al magnífico y excelentísimo señor Rector de la

Universidad, actuándose a continuación, en su caso, según lo

establecido en los apartados 10, 11 y 12 del artículo 6.o del Real

Decreto 1888/1984, modificado por el Real Decreto 1427/1986.

Para el funcionamiento interno de la Comisión, ésta tendrá

en cuenta lo previsto específicamente en los artículos 7.o y 11

del Real Decreto 1888/1984.

Dentro del plazo habilitado reglamentariamente para la

constitución de la Comisión (no superior a cuatro meses, desde la

publicación de la composición de la misma en el "Boletín Oficial

del Estado"), el Presidente, previa consulta a los restantes

miembros de la misma, dictará una resolución que deberá ser notificada

a todos los interesados con la antelación mínima de quince días

naturales respecto de la fecha del acto para el que se le cita,

convocando a:

a) Todos los miembros titulares de la Comisión y, en su caso,

a los suplentes necesarios, para efectuar el acto de constitución

de la misma.

b) Todos los aspirantes admitidos para participar en el

concurso, a fin de realizar el acto de presentación de los concursantes

y con señalamiento del día, hora y lugar de celebración de dicho

acto.

Séptima.-En el acto de presentación, que será público, los

concursantes entregarán al Presidente de la Comisión la

documentación señalada en el artículo 9.o del Real

Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, modificado por el Real

Decreto 1427/1986, de 13 de junio.

Octava.-La propuesta para la provisión de plazas se realizará

por el sistema de votación en el plazo máximo de treinta días,

a partir de la fecha de comienzo de las pruebas.

A estos efectos, la Comisión hará pública una resolución

formulando la propuesta y el voto de cada uno de los miembros.

Para la formulación de la propuesta, la Comisión tendrá en

cuenta lo establecido en el artículo 11 del Real

Decreto 1888/1984.

Formulada la propuesta, el Secretario de la Comisión, en el

plazo de siete días hábiles siguientes al de finalización de sus

actuaciones, entregará a la Secretaría General de la Universidad

el expediente administrativo del concurso, que incluirá los

documentos que se citan en el artículo 12 del Real Decreto 1888/1984.

Contra la propuesta de la Comisión, los candidatos podrán

presentar reclamación en el plazo máximo de quince días hábiles,

desde su publicación, ante el excelentísimo señor Rector de la

Universidad, excepto en el supuesto de que no exista propuesta

de provisión de plaza, actuándose a continuación en los términos

previstos en el artículo 14 del Real Decreto 1888/1984.

En ningún caso, las Comisiones podrán aprobar ni declarar

que han superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes al de plazas asignadas a su actuación.

Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas

deberán presentar en el Registro General de la Universidad en el plazo

de quince días hábiles siguientes al de concluir la actuación de

la Comisión, por cualquiera de los medios señalados en el

artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por Ley 4/1999, de 13 de enero, los siguientes documentos:

a) Título académico requerido para la plaza que ha sido

propuesto, en copia compulsada.

b) Copia, por duplicado, del documento nacional de

identidad, conforme a lo establecido en el Real Decreto 1425/1985,

de 17 de julio, o documento acreditativo de la nacionalidad

certificado por la autoridad competente del país de origen.

c) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni

defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones

correspondientes a Profesor de Universidad.

d) Declaración jurada de no haber sido separado de la

Administración del Estado, institucional o local, ni de las

Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente

disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la

función pública.

Los no españoles deberán presentar documento acreditativo

de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal

que impida, en su Estado, el acceso a la función pública,

debidamente certificado por la autoridad competente del Estado de

procedencia.

Los españoles que tuvieran la condición de funcionario público

de carrera estarán exentos de justificar los documentos y requisitos

de los apartados b), c) y d), debiendo presentar certificación del

Ministerio u organismo del que dependan, acreditativa de su

condición de funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja

de servicios.

En el supuesto de que en el plazo señalado los interesados

propuestos para la provisión de las plazas convocadas no

presentaran los documentos requeridos, se entenderá que renuncian

a la plaza obtenida.

Novena.-Contra esta Resolución, que agota la vía

administrativa, los interesados podrán interponer, potestativamente,

recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el

día siguiente a la publicación de esta Resolución, ante este

Rectorado (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por

Ley 4/1999, de 13 de enero), o recurso contencioso-administrativo

en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la

publicación de esta Resolución ante el Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo de Córdoba (artículos 8.3 y 46.1 de la

Ley 29/1998, de 13 de julio).

Córdoba, 6 de julio de 2001.-El Rector, Eugenio Domínguez

Vilches.

ANEXO I

Plaza número 16/2001. Cuerpo el que pertenece la plaza:

Profesores Titulares de Universidad. Área de conocimiento a la que

corresponde: "Sociología". Departamento al que está adscrita:

Ciencias Sociales y Humanidades. Actividades a realizar por quien

obtenga la plaza: Sociología de la educación. Clase de

convocatoria: Concurso de méritos.

Plaza número 17/2001. Cuerpo el que pertenece la plaza:

Catedráticos de Escuelas Universitarias. Área de conocimiento a la

que corresponde: "Didáctica de la Matemática". Departamento al

que está adscrita: Matemáticas. Actividades a realizar por quien

obtenga la plaza: Las propias del Área. Clase de convocatoria:

Concurso de méritos.

Plaza número 18/2001. Cuerpo el que pertenece la plaza:

Catedráticos de Escuelas Universitarias. Área de conocimiento a la

que corresponde: "Estadística e Investigación Operativa".

Departamento al que está adscrita: Estadística, Econometría,

Investigación Operativa y Organización de Empresas. Actividades a

realizar por quien obtenga la plaza: Las propias del Área. Clase de

convocatoria: Concurso.

Plaza número 19/2001. Cuerpo el que pertenece la plaza:

Catedráticos de Escuelas Universitarias. Área de conocimiento a la

que corresponde: "Música". Departamento al que está adscrita:

Historia del Arte, Arqueología y Música. Actividades a realizar

por quien obtenga la plaza: "Desarrollo de la expresión musical

y su didáctica" de la titulación de Maestro, especialidad en

Educación Infantil. Clase de convocatoria: Concurso.

Plaza número 20/2001. Cuerpo el que pertenece la plaza:

Catedráticos de Escuelas Universitarias. Área de conocimiento a la

que corresponde: "Física Aplicada". Departamento al que está

adscrita: Física Aplicada. Actividades a realizar por quien obtenga

la plaza: Docencia en las asignaturas troncales y obligatorias del

Área de Física Aplicada en la Escuela Politécnica Superior de

Córdoba. Clase de convocatoria: Concurso de méritos.

Plaza número 21/2001. Cuerpo el que pertenece la plaza:

Catedráticos de Escuelas Universitarias. Área de conocimiento a la

que corresponde: "Física Aplicada". Departamento al que está

adscrita: Física. Actividades a realizar por quien obtenga la plaza:

Las propias del Área en la Escuela Universitaria Politécnica de

Bélmez. Clase de convocatoria: Concurso.

ANEXO II y III (ver imágenes páginas 28948 a 28952).

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