Visto el expediente de indulto de don Jesús Triguero Sanz, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal de Cuenca, en sentencia de fecha 26 de diciembre de 1995, como autor de un delito de imprudencia temeraria, con resultado de muerte, a la pena de un año y seis meses de prisión y privación del permiso de conducir durante tres años, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1993, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Jesús Triguero Sanz la pena privativa de libertad y de privación del permiso de conducir pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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