La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ciudad Real,
en la causa instruida con el número 224/1994 por el Juzgado
de Instrucción número 2 de la citada capital contra don Francisco
José Caro Bautista, funcionario del Cuerpo Superior de
Inspectores de Finanzas del Estado, con destino en la Delegación de
la Agencia Tributaria de Ciudad Real, con fecha 19 de febrero
de 1996 dictó sentencia, declarada firme por auto de 17 de junio
de 1997, en cuya parte dispositiva se condena al acusado don
Francisco Caro Bautista, entre otras, a la pena accesoria de cinco
meses de suspensión para todo cargo público y a la pena principal
de inhabilitación especial para el cargo de Inspector de Finanzas
del Estado durante ocho años y un día.
Con fecha 24 de mayo de 2000, la citada Sección Segunda
de la Audiencia Provincial de Ciudad Real ha dictado auto en
el recurso de súplica interpuesto por el señor Caro Bautista contra
la liquidación de condena practicada por providencia de 13 de
septiembre de 1999 por el que se acuerda confirmar en todos
sus extremos la liquidación de condena de inhabilitación especial
de 3 de agosto de 1999, en la cual se señala como fecha de
inicio de cumplimiento el 29 de marzo de 1994, y como fecha
de extinción de la pena el 27 de marzo de 2002.
Por Resolución del Consejo de Ministros de 7 de julio de 2000
ha sido desestimada la petición de indulto formulada por el señor
Caro Bautista.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley
66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social, por el que se separan los Cuerpos
integrados en el de Inspectores de Finanzas del Estado, el señor Caro
Bautista quedó integrado en el Cuerpo Superior de Inspectores
de Hacienda del Estado.
De conformidad con lo expuesto, en uso de las atribuciones
que le están conferidas por el apartado 2.10 de la Resolución
de 29 de junio de 1999, de la Dirección General de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, sobre delegación de
competencias, por Resolución del Director adjunto de Recursos
Humanos de 29 de mayo de 2001 se ha acordado declarar la pérdida
de la condición de funcionario de don Francisco José Caro
Bautista, de acuerdo con el artículo 37.2 de la Ley de Funcionarios
Civiles del Estado de 7 de febrero de 1964.
Lo que se hace público a los efectos procedentes.
Madrid, 4 de julio de 2001.-El Director del Departamento,
Roberto Serrano López.
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