Por Resolución de esta Dirección General de fecha 20 de octubre de 1992 se encomendó a la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras la liquidación de la entidad «Mas Fondo Asegurador, Sociedad Anónima» de Seguros y Reaseguros (en liquidación).
Habiendo sido ultimado el proceso liquidatorio de la referida entidad, la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras solicita la extinción y subsiguiente cancelación de la inscripción en el Registro administrativo de entidades aseguradoras de la entidad «Mas Fondo Asegurador, Sociedad Anónima» de Seguros y Reaseguros (en liquidación).
De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se desprende que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, en relación con la liquidación de la entidad, procediendo, por tanto, declarar su extinción.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:
Declarar la extinción de la entidad «Mas Fondo Asegurador, Sociedad Anónima» de Seguros y Reaseguros (en liquidación) y la subsiguiente cancelación de los asientos en el Registro administrativo de entidades aseguradoras previsto en el artículo 74.1 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, conforme a lo previsto en el artículo 27.5 de la citada Ley.
Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, según lo establecido en la disposición adicional novena de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 20 de junio de 2001.–El Ministro.–P. D. (Orden de 8 de noviembre de 2000), el Secretario de Estado de Economía, de la Energía y de la Pequeña y Mediana Empresa, José Folgado Blanco.
Ilma. Sra. Directora general de Seguros y Fondos de Pensiones.
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