Las convocatorias de los diferentes concursos de provisión de
puestos de trabajo, de acuerdo con los artículos 39 y siguientes
del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de
la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos
de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración General del Estado, aprobado por Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, deberán resolverse en el plazo
de tres meses.
A la vista de las comunicaciones efectuadas por algunos
Presidentes de las Comisiones de Valoración de los referidos
concursos, han puesto de manifiesto la dificultad que entraña el mes
de agosto para la normal continuidad de dichos procesos selectivos
así como poder cumplimentar todos los tramites legalmente
establecidos, es por lo que:
Este Ministerio, en uso de las facultades que le están conferidas,
resuelve:
Declarar inhábil el mes de agosto, a efectos de cómputo de
plazos en los concursos de provisión de puestos de trabajo
convocados por este Ministerio dentro del ámbito de los Organismos
Autónomos adscritos a este Departamento.
Madrid, 29 de junio de 2001.-P. D. (Orden de 21 de mayo
de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el Subsecretario,
Marino Díaz Guerra.
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