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Visto el expediente de indulto de don Luis Antonio Pérez Blanco, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Barcelona, en sentencia de fecha 28 de septiembre de 1989, como autor de tres delitos de robo con intimidación, a la pena de cuatro años, dos meses y un día de prisión menor por cada uno de ellos, y un delito de utilización ilegítima de vehículo de motor ajeno, a la pena de 30.000 pesetas de multa y privación del permiso de conducir durante cinco meses, con las accesorias legales durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1988, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Luis Antonio Pérez Blanco dos años del total de las penas privativas de libertad impuestas, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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