Visto el expediente de indulto de don Sergio López Álvarez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por los Juzgados de lo Penal números 2 y 3 de Oviedo, en sentencias de fecha 1 de abril de 1998 y 19 de octubre de 1998, como autor de dos delitos contra la seguridad del tráfico, a la pena de cuatro meses de multa, con una cuota diaria de 1.000 pesetas y privación del permiso de conducir durante un año y dos meses por cada uno de los delitos, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en los años 1997 y 1998, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Sergio López Álvarez dos tercios de las penas de privación del permiso de conducir pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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