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Documento BOE-A-2001-13240

Real Decreto 654/2001, de 15 de junio, por el que se nombran Magistrados especialistas del Orden Jurisdiccional Social a los aspirantes que han aprobado las pruebas selectivas convocadas por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 12 de enero de 2000.

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 9 de julio de 2001, páginas 24850 a 24850 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2001-13240

TEXTO ORIGINAL

Como consecuencia de la superación de las pruebas selectivas

de especialización convocadas por Acuerdo del Pleno del Consejo

General del Poder Judicial de 12 de enero de 2000 ("Boletín Oficial

del Estado" del 27), y de conformidad con lo dispuesto en los

artículos 311.1, párrafo 3.o, 2, 4 y 5, y 312.2, 314, 316.2 y

concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder

Judicial, en relación con lo previsto en la norma VI de dicho

Acuerdo de convocatoria, a propuesta de la Comisión Permanente del

Consejo General del Poder Judicial en su reunión del día 12 de

junio de 2001,

Vengo en nombrar Magistrados especialistas del Orden

Jurisdiccional Social a los siguientes aspirantes:

Uno. Don José Fernando Lousada Arochena, Magistrado, que

sirve el Juzgado de lo Social número 1 de Pontevedra, pasará

a desempeñar la plaza de Magistrado de la Sala de lo Social del

Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ocupando plaza de

especialista.

Dos. Don Juan Martínez Moya, Magistrado, que sirve el

Juzgado de lo Social número 2 de Murcia, pasará a desempeñar la

plaza de Magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Superior

de Justicia de Castilla-La Mancha, ocupando plaza de especialista.

Tres. Don Eduardo Jesús Ramos Real, Fiscal de la Audiencia

Provincial de Santa Cruz de Tenerife, pasará a desempeñar la

plaza de Magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de

Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas, ocupando plaza de

especialista, quedando integrado en la categoría de Magistrado.

El Magistrado especialista del Orden Social, que figura con

el número tres en el presente Real Decreto, deberá ejercitar la

opción prevista en el artículo 390 de la Ley Orgánica 6/1985,

de 1 de julio, del Poder Judicial.

Contra la presente disposición podrá interponerse recurso de

alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en

el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la

publicación de este Real Decreto en el "Boletín Oficial del Estado",

conforme a lo establecido en los artículos 142 y 143 de la Ley

Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 114 de

la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común.

Dado en Madrid a 15 de junio de 2001.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ÁNGEL ACEBES PANIAGUA

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