Por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, de 16 de julio de 1997, modificada por Orden de 20 de mayo de 1999, se crean y establecen las bases reguladoras de los premios nacionales relacionados con el comercio interior. La convocatoria se realizará conforme a la delegación de competencias atribuidas por Resolución de 10 de mayo de 2001, de la Secretaría de Estado de Comercio y Turismo.
En su virtud, resuelvo:
Se aprueba la convocatoria para el año 2001 de:
Un Premio Nacional a Ayuntamientos, destinado a premiar las actuaciones de renovación urbana comercial en el centro de las ciudades, que tendrá dos accésit.
Un Premio Nacional al Pequeño Comercio, destinado a premiar el desarrollo comercial y modernización empresarial, mediante la mejora de la tecnología, asociación o fusión de empresas, que tendrá dos accésit.
Las bases reguladoras de los Premios Nacionales relacionados con el comercio interior son las establecidas en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, de 16 de julio de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de agosto), modificada por Orden de 20 de mayo de 1999 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de junio). La dotación del Premio Nacional a Ayuntamientos será de 9.015,18 euros (1.500.000 pesetas) con cargo a la Aplicación Presupuestaria 24.16.763A.460. Igualmente, la dotación del Premio Nacional al Pequeño Comercio será de 9.015,18 euros (1.500.000 pesetas) con cargo a la Aplicación Presupuestaria 24.16.763A.470.
Los interesados enviarán a la Dirección General de Política Comercial a través del Registro General del Ministerio de Economía (paseo de la Castellana, 162, de Madrid), antes del día 15 de septiembre de 2001, la siguiente documentación:
Solicitud formulada de acuerdo con lo establecido en el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Memoria técnica y documentos acreditativos de los méritos alegados.
Fotocopia del documento nacional de identidad (personas físicas).
Escrituras de constitución y apoderamiento (personas jurídicas).
Documento justificativo de representación (Ayuntamientos).
Dicha solicitud, con la documentación correspondiente, podrá presentarse en el Registro General del Ministerio de Economía, o en cualquiera de los Registros y oficinas previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, citada.
El Tribunal de Selección procederá, en el plazo máximo de treinta días hábiles a contar desde el 15 de septiembre de 2001, a realizar la selección y a elevar propuesta de resolución de adjudicación de los premios al Secretario de Estado de Comercio y Turismo. El Secretario de Estado emitirá la resolución definitiva que pondrá fin a la vía administrativa.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 21 de junio de 2001.‒El Director general, Manuel Lagares Gómez-Abascal.
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