Visto el expediente de indulto de don Mustafa el Marassi, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Segunda de la Audiencial Provincia de Las Palmas, en sentencia de fecha 11 de diciembre de 1998, como autor de un delito de tráfico de drogas, a la pena de seis años de prisión y multa de 503.640 pesetas, con las accesorias de inhabilitación especial y de suspensión del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1997, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Mustafa el Marassi un tercio de la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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