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Documento BOE-A-2001-13133

Resolución de 8 de junio de 2001, de la Secretaria de Estado de Seguridad, por la que se hacen publicas las listas de los participantes declarados aptos en las pruebas de selección para Vigilantes de Seguridad y sus especialidades.

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 6 de julio de 2001, páginas 24509 a 24521 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2001-13133

TEXTO ORIGINAL

Concluidas las pruebas de selección para Vigilantes de Seguridad y sus especialidades, convocadas por Resolución de la Secretaria de Estado de Seguridad de 11 de diciembre de 2000, («Boletín Oficial del Estado» número 3, de 3 de enero de 2001), se dispone lo siguiente:

Primero.

A propuesta del Tribunal Calificador, se hace pública a la presente, la relación de los participantes que han superado las pruebas de selección, y son declarados aptos, en los anexos siguientes:

Anexo I: Vigilantes de Seguridad.

Anexo II: Escoltas Privados.

Anexo III: Vigilantes de Explosivos y Sustancias Peligrosas.

Segundo.

Para la tramitación de los expedientes de habilitación a que se refiere el punto 6 de la convocatoria, cada participante declarado apto deberá solicitar la expedición de la Tarjeta de Identidad Profesional para Vigilante de Seguridad y sus especialidades, utilizando el modelo de solicitud que se reproduce como anexo IV.

La solicitud se presentará preferentemente en la Unidad Central de Seguridad Privada de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, y en los Grupos de Seguridad Privada de las distintas Comisarías Provinciales, acompañando los siguientes documentos:

a) Tres fotografías, formato carné.

b) Justificante acreditativo de haber realizado el ingreso de 8.250 pesetas en concepto de tasa por habilitación de Vigilante de Seguridad y sus respectivas especialidades (art. 44, apartado 5. Tarifa séptima de la Ley 13/1996) con arreglo al modelo 750, código de Tasa 16004, a favor del Tesoro Público, en las Entidades Bancarias o Cajas de Ahorro colaboradoras, cuenta restringida de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

El citado modelo 750 será facilitado en las dependencias policiales y deberá ser cumplimentado con los datos correspondientes, señalando como tarifa aplicable la séptima.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente por el interesado recurso de reposición ante la Secretaría de Estado de Seguridad, y Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 11, n.° 1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución de conformidad con el artículo 46, n.° 1 de dicha Ley.

Madrid, 8 de junio de 2001.–El Secretario de Estado de Seguridad, Pedro Morenés Eulate.

ANEXO I

División de Formación y Perfeccionamiento.

Sección de Seguridad Privada

Relación de participantes declarados aptos en las pruebas de selección para Vigilantes de Seguridad

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ANEXO II

División de Formación y Perfeccionamiento.

Sección de Seguridad Privada

Relación de participantes declarados aptos en las pruebas de selección para Escoltas Privados

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ANEXO III

División de Formación y Perfeccionamiento.

Sección de Seguridad Privada

Relación de participantes declarados aptos en las pruebas de selección para Vigilantes de Explosivos

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ANEXO IV

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