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Documento BOE-A-2001-13058

Resolución de 4 de junio de 2001, de la Secretaría de Estado de Justicia, sobre rehabilitación y vuelta al servicio activo en el Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia de don Julián Ángel Ballesteros Oviedo.

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 6 de julio de 2001, páginas 24266 a 24266 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2001-13058

TEXTO ORIGINAL

La Secretaría de Estado de Justicia, previa instrucción de

expediente de rehabilitación, de conformidad con lo establecido en

el artículo 47 del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero

("Boletín Oficial del Estado" de 1 de marzo), por el que se aprueba

el Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares

y Agentes al Servicio de la Administración de Justicia, y con

informe favorable del Consejo General del Poder Judicial, en virtud

de las competencias que le atribuye la Orden de 29 de octubre

de 1996 ("Boletín Oficial del Estado" de 6 de noviembre) por la

que el Ministro de Justicia delega determinadas atribuciones y

aprueba las efectuadas por otras autoridades del Departamento

en otros órganos, ha resuelto conceder la rehabilitación y vuelta

al servicio activo en el Cuerpo de Auxiliares de la Administración

de Justicia de don Julián Ángel Ballesteros Oviedo y su adscripción

provisional a la Fiscalía de Ciudad Real, debiendo tomar posesión

en el plazo de veinte días contados a partir de la publicación

de esta Resolución.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo,

ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia

Nacional, en el plazo de dos meses contados a partir del día

siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", de

conformidad con el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa ("Boletín

Oficial del Estado" del 14). También podrá ser recurrido

potestativamente en reposición ante el mismo órgano que lo dictó en

el plazo de un mes, según los artículos 116 y 117 de la Ley

30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 4 de junio de 2001.-El Secretario de Estado, José

María Michavila Núñez.

Ilmo. Sr. Director general de Relaciones con la Administración

de Justicia.

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