Como consecuencia de la superación de las pruebas selectivas
de especialización convocadas por Acuerdo del Pleno del Consejo
General del Poder Judicial de 12 de enero de 2000 ("Boletín Oficial
del Estado" del 26) y de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 311.1, párrafo 3.º, 2, 4 y 5, y 312.2, 314, 316.2 y
concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial, en relación con lo previsto en la norma VI de dicho
Acuerdo de convocatoria, a propuesta de la Comisión Permanente del
Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 29 de
mayo de 2001,
Vengo en nombrar Magistrados especialistas del orden
jurisdiccional Contencioso-Administrativo a los siguientes aspirantes:
Uno.-Doña María Luisa Martín Morales, Fiscal de la Audiencia
Provincial de Cádiz, pasará a desempeñar la plaza de Magistrado
de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, ocupando plaza
de especialista, quedando integrada en la categoría de Magistrado.
Dos.-Doña María Dolores Galindo Gil, Fiscal de la Audiencia
Provincial de Tarragona, pasará a desempeñar la plaza de
Magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Galicia, mientras su titular, don José María
Gómez y Díaz Castroverde, se encuentre en la situación
administrativa de servicios especiales en la carrera judicial, ocupando
plaza de especialista, quedando integrada en la categoría de
Magistrado.
Tres.-Don Luis Miguel Blanco Domínguez, Fiscal de la
Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, pasará a desempeñar
la plaza de Magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa
Cruz de Tenerife, ocupando plaza de especialista, quedando
integrado en la categoría de Magistrado.
Los Magistrados especialistas del orden
contencioso-administrativo nombrados en este Real Decreto deberán ejercitar la opción
prevista en el artículo 390 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del Poder Judicial.
Contra la presente disposición podrá interponerse recurso de
alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en
el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la
publicación de este Real Decreto en el "Boletín Oficial del Estado",
conforme a lo establecido en los artículos 142 y 143 de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 115.1 de
la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común.
Dado en Madrid a 1 de junio de 2001.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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