Está Vd. en

Documento BOE-A-2001-12559

Resolución de 11 de junio de 2001, de la Dirección General para la Administración Local, por la que se corrigen errores y se modifica la de 30 de abril de 2001, por la que se da publicidad a las bases de concurso ordinario y convocatorias específicas para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 29 de junio de 2001, páginas 23258 a 23258 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2001-12559

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Resolución de 30 de abril de 2001,

publicada en el "Boletín Oficial del Estado" número 122, de 22 de mayo,

y suplemento, por la que se da publicidad a las bases de concurso

ordinario y convocatorias específicas para la provisión de puestos

de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con

habilitación de carácter nacional, y realizadas modificaciones de

baremos específicos por algunas Corporaciones Locales de Aragón, como

consecuencia de los requerimientos efectuados por la Delegación

del Gobierno,

Esta Dirección General, en cumplimiento de lo establecido en

el artículo 19 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, y

en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 8 del

Real Decreto 1372/2000, de 19 de julio, ha resuelto:

Primero.-Corregir los errores producidos en la Resolución de

30 de abril de 2001 ("Boletín Oficial del Estado" de 22 de mayo,

y suplemento de la misma fecha), en los términos siguientes:

Página 17812. Base séptima, donde dice: "elevará al Pleno

de la Corporación", debe decir: "elevará a la Corporación".

Página 51 (suplemento). Ayuntamiento de Argamasilla de Alba

(Ciudad Real). Puestos de Secretaría, clase 2.a e Intervención,

clase 2.a: Se suprime la referencia a la puntuación mínima de 6,75.

Página 52 (suplemento). Ayuntamiento de San Carlos del Valle

(Ciudad Real), donde dice: "Cursos de Urbanismo desde veinte

horas a 2,5 puntos...", debe decir: "Cursos de Urbanismo desde

veinte horas a 0,25 puntos...".

Página 53 (suplemento). Agrupación Escariche-Escopete y

Hueva (Guadalajara), donde dice: "Puntuación mínima 6,75 puntos",

debe decir: "Puntuación mínima: 6".

Página 91 (suplemento). Ayuntamiento de El Ferrol (A Coruña).

Tesorería. Méritos específicos: Añadir en el apartado B: "3. Tener

realizado el curso de lenguaje administrativo: Dos puntos".

Página 99 (suplemento). Ayuntamiento de Alcobendas

(Madrid). Secretaría, clase 1.a Méritos específicos, donde dice:

"1.2 Cursos y Publicaciones", debe decir: "2. Cursos y

Publicaciones".

Medios de acreditación y valoración, donde dice: "Apartados

3.1 y 3.3", debe decir: "Apartados 1 y 3".

Donde dice: "Apartado 3.2", debe decir: "Apartado 2".

Donde dice: "Apartado 3.4", debe decir: "Apartado 4".

Donde dice: "Entrevista: Si", debe decir: "Entrevista: Opcional".

Páginas 156, 162, 163 y 164 (suplemento). Añadir en los

puestos de Secretaría, clase 2.a del Ayuntamiento de Zumárraga

(Guipúzcoa) y Secretaría, clase 3.a de la Agrupación

Bidegoyan-Berrobi, y de los Ayuntamientos de Belauntza y Mutriku (Guipúzcoa):

"puntuación mínima: 25 por 100 (7,5 puntos)".

Página 159 (suplemento). Ayuntamiento de Balmaseda

(Vizcaya), Intervención, clase 2.a Méritos específicos: Sustituir las

letras de los apartados a), b), c) y d), por b), c), d) y e). Añadir:

"a) Conocimiento del euskera: 2,72 puntos".

Sustituir la puntuación máxima de los apartados b), c), d) y

e) de 0,80; 1,43; 0,95, y 1,60, por 1,25; 2,25; 1,50, y 2,50.

Página 162 (suplemento). Agrupación Asteasu-Larraul

(Guipúzcoa), Secretaría, clase 3.a, donde dice: "Población a 31 de enero

de 2000: 2.000 habitantes", debe decir: "Población a 31 de enero

de 2000: Inferior a 2.000 habitantes".

Segundo.-Efectuar nueva publicación de los méritos

específicos que a continuación se relacionan, al haber sido modificados

por las Corporaciones Locales:

Página 19 (suplemento). Ayuntamiento de Gallur (Zaragoza),

Secretaría, clase 3.a Méritos específicos:

1. Licenciado en Derecho: 0,5 puntos.

2. Cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por

Universidades, Comunidad Autónoma de Aragón e Instituto

Nacional de Administración Pública sobre las siguientes materias:

Disciplina y Régimen Urbanístico de los Municipios; Curso Básico

de Derecho Local, y Patrimonio e Inventario de Bienes de las

Entidades Locales: 0,25 puntos por curso, hasta treinta y nueve

horas lectivas, y 0,50 puntos por curso si se trata de cursos de

cuarenta o más horas lectivas, hasta un máximo de 1,5 puntos.

3. Servicios en activo, ocupando puestos de trabajo

reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación

nacional y con nombramiento definitivo o provisional en

Corporaciones con organismos autónomos, comprendidas en el ámbito

territorial de la Comarca Ribera Alta de Ebro y las comarcas

limítrofes de Campo de Borja, Cinco Villas, Jalón Medio y Zaragoza

(Ley 8/1996, sobre Delimitación Comarcal de Aragón, "Boletín

Oficial de Aragón" número 145), 0,60 puntos por mes completo,

hasta un máximo de 3,6 puntos.

4. Servicios prestados en Ayuntamientos de la Comunidad

Autónoma de Aragón con una población superior a 900 habitantes

y presupuesto superior a 120.000.000 de pesetas, 0,02 puntos

por mes, hasta un máximo de 1,9 puntos.

Ayuntamiento de Villanueva de Gállego (Zaragoza), Secretaría,

clase 3.a Méritos específicos:

1. Cursos de formación y perfeccionamiento homologados por

el INAP o el IAAP, se puntuarán con la valoración efectuada por

dichos organismos, siempre que se refieran a las siguientes

materias:

a) Urbanismo: Hasta un máximo de 0,75 puntos.

b) Presupuesto y financiación local: Hasta un máximo de un

punto.

c) Régimen jurídico y contratación local: Hasta un máximo

de 1,50 puntos.

2. Servicios en activo, ocupando puestos de trabajo

reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de

carácter nacional y con nombramiento definitivo o provisional:

a) En corporaciones municipales de Aragón con una

población de más de 2.900 habitantes y con un presupuesto superior

a 275.000.000 de pesetas, 0,04 puntos por mes completo, hasta

un máximo de dos puntos.

b) En razón de permanencia continuada durante, al menos,

diez años en la misma corporación de más de 2.000 habitantes

y con organismos autónomos locales: Hasta 2,25 puntos.

Tercero.-Para los puestos afectados por la presente

Resolución, se reabre el plazo de presentación de instancias por quince

días naturales a partir del día siguiente al de su publicación en

el "Boletín Oficial del Estado".

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa,

pudiendo interponerse contra la misma, potestativamente, recurso de

reposición, en el plazo de un mes, ante esta Dirección General,

o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses

ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad

con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la

redacción dada por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de

cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Madrid, 11 de junio de 2001.-El Director general, Luis Pérez

de Cossío.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid