Visto el expediente de indulto de don Crescencio Plaza Plaza, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Soria, en sentencia de fecha 9 de diciembre de 1997, como autor de un delito continuado de malversación de caudales públicos, a la pena de dos años de prisión y seis años y un día de inhabilitación especial para cargo público, y de un delito continuado de falsedad en documento mercantil, a la pena de tres años de prisión y multa de 100.000 pesetas, por hechos cometidos en el año 1995, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Crescencio Plaza Plaza la mitad de las penas privativas de libertad e inhabilitación pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid