Está Vd. en

Documento BOE-A-2001-11771

Resolución de 28 de mayo de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo de colaboración, de fecha 27 de abril de 2001, suscrito entre el Instituto de la Juventud, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Educación y Juventud del Gobierno de Cantabria, sobre la realización del programa "Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler".

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 19 de junio de 2001, páginas 21729 a 21730 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2001-11771

TEXTO ORIGINAL

Suscrito con fecha 27 de abril de 2001, el Protocolo de colaboración entre el Instituto de la Juventud, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Educación y Juventud del Gobierno de Cantabria, sobre la realización del Programa «Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler», y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 28 de mayo de 2001.–El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO
Protocolo de Colaboración suscrito entre el Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Educación y Juventud del Gobierno de Cantabria sobre la realización del programa «Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler»

En Madrid a 27 de abril de 2001.

REUNIDOS

De una parte, la ilustrísima señora doña Elena Azpiroz Villar, sin obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer en el ejercicio de su cargo.

Y, de otra parte, la excelentísima señora doña Sofía Juaristi Zalduendo, sin obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer en el ejercicio de su cargo.

INTERVIENEN

La ilustrísima señora doña Elena Azpiroz Villar, como Directora general del Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrada por Real Decreto 492/1999, de 18 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 67, del 19), en nombre y representación de la Administración General del Estado –Instituto de la Juventud–, según las competencias que le corresponden a tenor de los dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y del artículo 6.2 del Real Decreto 2614/1996, de 20 de diciembre.

Y la excelentísima señora doña Sofía Juaristi Zalduendo, Consejera de Educación y Juventud del Gobierno de Cantabria, expresamente autorizada mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 8 de febrero de 2001.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

EXPONEN

Que con fecha 20 de marzo de 1998 se firmó la ampliación del Convenio de colaboración suscrito el 4 de noviembre de 1996, entre el Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Educación y Juventud del Gobierno de Cantabria, para conjuntamente promover actuaciones que contribuyan a favorecer el acceso a la vivienda de la juventud.

Que en la cláusula Primera del referido Convenio de ampliación se establece que, para dar continuidad al mismo, se firmará en el primer trimestre de cada año un Protocolo que establezca las actividades a realizar, así como los medios de todo tipo necesarios para su ejecución, especificando las aportaciones respectivas.

Que siguiendo vigentes los motivos que dieron lugar al Convenio antedicho, las partes en el mismo acuerdan suscribir el presente Protocolo, según el tenor de las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El presente Protocolo tiene por objeto dar continuidad a las acciones pactadas en la estipulación Quinta del Convenio suscrito entre las dos partes el 4 de noviembre de 1996.

Segunda.

Para el año 2001, la distribución pormenorizada de las aportaciones de cada una de las partes para este Programa, serán las siguientes:

I. El Instituto de la Juventud, con cargo al número económico 19.201.323A.226.10 de su vigente presupuesto, del que existe remanente suficiente, abonará los gastos que se produzcan por:

1. La cobertura del seguro Multirriesgo-Hogar: 15.000.000 de pesetas (90.151,82 euros).

La prima para cada una de las pólizas será 9.000 pesetas (54,09 euros).

2. La cobertura del seguro de Caución: 20.000.000 de pesetas (120.202,42 euros).

La prima de cada una de las pólizas será como máximo el 3 por 100 de la renta anual de cada contrato.

3. La realización de los cursos de formación, asesoramiento, gestión técnica y seguimiento del programa: 7.650.000 pesetas (45.977,43 euros).

Total de su aportación: 42.650.000 pesetas (256.331,66 euros).

Esta cantidad es global para todas las Comunidades Autónomas incorporadas al Programa Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler.

II. La Dirección General de Juventud de la Consejería de Educación y Juventud correrá directamente con los gastos que se produzcan por: Personal necesario para el programa, gastos de local, material y publicidad.

Total de su aportación: 3.500.000 pesetas (21.035,42 euros).

La aportación dineraria de esta parte se hará con cargo a la Partida Presupuestaria de la Ley de Presupuestos del Gobierno de Cantabria 2001.09.4.323.1.641.1, existiendo remanente suficiente del mismo para disponer el gasto.

Tercera.

El presente Protocolo estará vigente durante todo el año 2001.

Y para que así conste, en prueba de conformidad con lo expuesto anteriormente las partes firman el presente Protocolo en el lugar y fechas expresados, en dos ejemplares que hacen fe.

Por el Instituto de la Juventud, Elena Azpiroz Villar.–Por la Consejería de Educación y Juventud, Sofía Juaristi Zalduendo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid