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Documento BOE-A-2001-114

Real Decreto 2953/2000, de 1 de diciembre, por el que se indulta a don Agustín Peguero Rengel.

Publicado en:
«BOE» núm. 2, de 2 de enero de 2001, páginas 106 a 106 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2001-114

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de indulto de don Agustín Peguero Rengel, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo 4.o, apartado tercero, del Código Penal, por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva, que, en sentencia de fecha 3 de junio de 1997, le condenó, como autor de un delito de rehúse dé cumplimiento de la prestación social sustitutoria, a la pena de doce meses-multa, con una cuota mensual de 6.000 pesetas, y ocho años de inhabilitación absoluta, por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,

Vengo en conmutar a don Agustín Peguero Rengel la pena privativa de libertad e inhabilitación impuestas, por otra de cuatro año de inhabilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al servicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ÁNGEL ACEBES PANIAGUA

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