De conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la
Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y el
Real Decreto 1888/1984, por el que se regulan los concursos
para la provisión de plazas de Cuerpos Docentes Universitarios,
Este Rectorado ha resuelto convocar a concursos las plazas
de Cuerpos Docentes Universitarios que se relacionan en el anexo I
de la presente Resolución, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.-Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley
Orgánica 11/1983, de 25 de agosto ("Boletín Oficial del Estado"
de 1 de septiembre) ; el Real Decreto 1888/1984, de 26 de
septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre), modificado
parcialmente por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio
("Boletín Oficial del Estado" de 11 de julio) ; los Estatutos de la
Universidad de Cantabria, aprobados por el Real Decreto 1246/1985,
de 29 de mayo ("Boletín Oficial del Estado" de 27 de junio), en
la redacción dada por el Real Decreto 82/1993, de 22 de enero
("Boletín Oficial del Estado" de 3 de marzo) ; el Real Decreto
800/1995, de 19 de mayo ("Boletín Oficial del Estado" de 7 de
junio) ; la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a
determinados sectores de la función pública de los nacionales de
los demás Estados miembros de la Unión Europea ; por lo dispuesto
en esta convocatoria y, en lo no previsto, por la legislación general
de funcionarios que le sea de aplicación, y se tramitará de forma
independiente para cada una de las plazas.
Segunda.-Para ser admitido en estos concursos, los
solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:
a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados
miembros de la Unión Europea, o nacional de alguno de los Estados
a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por
la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la
libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se
halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
También podrán participar el cónyuge. Descendientes y
descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de
otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no
estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores
de dicha edad que vivan a sus expensas.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares
de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los
Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y
ratificados por España.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
acreditar un conocimiento adecuado del castellano en la forma
que se indica en la base décima, apartado b), de la presente
convocatoria.
b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber
cumplido los setenta.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse
inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de las funciones
públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, al acceso a la función
pública.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que
impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor
de Universidad.
Tercera.-Para ser admitidos los concursantes deberán reunir,
además, los requisitos específicos a que hace referencia el
artículo 4.o del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, según
la categoría de la plaza y clase de concurso.
Cuando estando en posesión del título de Doctor se concurse
a plazas de Catedrático de Universidad, conforme a lo previsto
en el artículo 4.1.c) del Real Decreto 1888/1984, de 26 de
septiembre, y no se reúnan los requisitos que en el mismo se señalan,
los interesados deberán acreditar haber sido eximidos de tales
requisitos dentro del plazo fijado para solicitar la participación
en el concurso.
No podrán concursar a plazas de Profesor titular de Universidad
quienes hayan estado contratados más de dos años como Ayudante
en esta universidad. Quedan exceptuados de esta exigencia
quienes durante un año o más hubieran realizado tareas de
investigación o hubieran sido Ayudantes en otra u otras universidades
españolas o extranjeras, o hubieran realizado estudios en otra
Universidad o institución académica española o extranjera,
autorizados por esta Universidad.
Cuarta.-Los requisitos establecidos en las bases segunda y
tercera deben cumplirse, como máximo, el último día del plazo
de presentación de solicitudes y deben seguir cumpliéndose en
la fecha de nombramiento como funcionario.
Quinta.-Quienes deseen tomar parte en estos concursos
remitirán la correspondiente solicitud al Rector de la Universidad de
Cantabria, por cualquiera de los procedimientos establecidos en
la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte
días hábiles a partir de la publicación de esta convocatoria en
el "Boletín Oficial del Estado".
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en
el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán al órgano convocante.
La instancia debidamente cumplimentada, según modelo
anexo II, se presentará junto con los siguientes documentos que
acrediten que el aspirante reúne los requisitos para participar en
el concurso:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o
pasaporte.
Los aspirantes que no posean nacionalidad española y tengan
derecho a participar deberán presentar dos fotocopias del
documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos
que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a
expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tenga
dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada
o promesa de éste de que no está separado de derecho de su
cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus
expensas o está a su cargo.
b) Fotocopia compulsada del título académico exigido.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación
o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la
profesión de Profesor universitario.
c) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de
los requisitos académicos específicos que señala la base tercera
para participar en el concurso.
d) Resguardo que justifique el pago de 5.000 pesetas en
concepto de derechos.
Los concursantes que posean la condición de funcionarios de
Cuerpos Docentes Universitarios podrán acreditar estar en
posesión de la titulación exigida y de los requisitos académicos
específicos mediante certificación expedida por la Universidad a la
que pertenezcan.
Sexta.-Los concursantes deberán abonar la cantidad de 5.000
pesetas en concepto de derechos. El pago se efectuará mediante
su ingreso en Caja Cantabria, número de cuenta 2066 0000 17
020017342-3, a nombre de la Universidad de Cantabria. Si el
pago se efectuara por giro postal o telegráfico, éste se dirigirá
a la Habilitación de Pagaduría de esta Universidad, haciendo
constar en el taloncillo destinado al organismo, los datos siguientes:
Nombre y apellidos del interesado y plaza a la que concursa.
De conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la
Ley 66/1997, modificado por la Ley 55/1999, de 30 de diciembre,
estarán exentos del pago de la tasa:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por
100, debiendo acompañar a la solicitud, a estos efectos, certificado
acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figuraren como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de
publicación de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de
la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieren rechazado
oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar,
salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o
reconversión profesionales y que asimismo, carezcan de rentas
superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo
interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en
la correspondiente oficina del INEM.
En cuanto a la acreditación de las rentas, se efectuará con
una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos
documentos se deberán acompañar a la solicitud.
La falta del abono de derechos dentro del plazo de presentación
de las solicitudes determinará la exclusión del aspirante.
Séptima.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes,
el Rector de la Universidad de Cantabria, por cualquiera de los
procedimientos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, remitirá a todos los aspirantes relación completa de
admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Contra
dicha Resolución aprobando la lista de admitidos y excluidos, los
interesados podrán presentar reclamación ante el Rector en el
plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la
recepción de la notificación.
Octava.-Con una antelación mínima de quince días naturales,
el Presidente de la Comisión notificará a todos los aspirantes fecha,
hora y lugar del acto de presentación.
Novena.-En el acto de Presentación los concursantes
entregarán al Presidente de la Comisión la documentación señalada
en los artículos 9.1 y 10.1 del Real Decreto 1888/1984. El modelo
de currículum vitae figura como anexo III de esta Resolución.
Décima.-a) En todo lo demás, referente a la convocatoria
Ttribunales, pruebas, propuesta, nombramientos y
reclamaciones), se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 1888/1984.
b) El conocimiento adecuado del castellano por parte de
aquellos aspirantes que no posean la nacionalidad española será
apreciado por la Comisión encargada de resolver el concurso, en el
transcurso de las pruebas orales.
Undécima.-Los candidatos propuestos para la provisión de las
plazas deberán presentar en la Secretaría General de la
Universidad de Cantabria, en el plazo de quince días hábiles siguientes
al de concluir la actuación de la Comisión, por cualquiera de los
medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, los siguientes documentos:
a) Certificación de nacimiento expedida por el Registro Civil
correspondiente.
b) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni
defecto físico o psíquico que sea incompatible con el desempeño
de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de ninguna
Administración Pública en virtud de expediente disciplinario, ni
hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos
a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado
el acceso a la Función Pública.
Los españoles que tuvieren la condición de funcionarios de
carrera estarán exentos de justificar tales documentos, debiendo
presentar certificación del Ministerio u organismo del que
dependan, acreditativa de su condición de funcionario y de cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
Santander, 17 de mayo de 2001.-El Rector, Juan José Jordá
Catalá.
ANEXO I
1. Número de plazas: Una. Concurso número 586. Cuerpo
al que pertenece: Catedrático de Universidad. Área de
conocimientos: "Historia de la Ciencia". Departamento al que está
adscrita: Fisiología y Farmacología. Actividad a realizar por quien
obtenga la plaza: Impartir docencia en Historia de la Medicina
y Documentación Médica. Clase de convocatoria: Concurso.
2. Número de plazas: Una. Concurso número 587. Cuerpo
al que pertenece: Profesor Titular de Universidad. Área de
conocimientos: "Medicina Legal y Forense". Departamento al que está
adscrita: Fisiología y Farmacología. Actividad a realizar por quien
obtenga la plaza: Impartir docencia en Historia de la Medicina
Legal y Toxicología. Clase de convocatoria: Concurso.
3. Número de plazas: Una. Concurso número 588. Cuerpo
al que pertenece: Profesor Titular de Universidad. Área de
conocimientos: "Medicina Preventiva y Salud Pública". Departamento
al que está adscrita: Ciencias Médicas y Quirúrgicas. Actividad
a realizar por quien obtenga la plaza: Impartir docencia en el
área. Clase de convocatoria: Concurso.
4. Número de plazas: Una. Concurso número 589. Cuerpo
al que pertenece: Profesor Titular de Universidad. Área de
conocimientos: "Historia Contemporánea". Departamento al que está
adscrita: Historia Moderna y Contemporánea. Actividad a realizar
por quien obtenga la plaza: Impartir docencia en Historia
Contemporánea Universal y de España. Clase de convocatoria:
Concurso.
5. Número de Plazas: Una. Concurso número 590. Cuerpo
al que pertenece: Profesor Titular de Universidad. Área de
conocimientos: "Ingeniería Hidráulica". Departamento al que está
adscrita: Ciencias y Técnicas del Agua y del Medio Ambiente.
Actividad a realizar por quien obtenga la plaza: Impartir docencia
en Ingeniería Oceanográfica y Obras Marítimas. Clase de
convocatoria: Concurso.
ANEXO II (ver imágenes páginas 20672 a 20678).
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