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Documento BOE-A-2001-11039

Resolución de 9 de mayo de 2001, de la Dirección General de Políticas Sectoriales, por la que se procede al archivo de expedientes de concesión de incentivos.

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 8 de junio de 2001, páginas 20393 a 20393 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2001-11039

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ministerial de 24 de noviembre de 1999, se concedieron incentivos regionales a la empresa «Cortés Industrias de la Calefacción, Sociedad Anónima», titular del expediente TO/501/P03.

En la resolución individual que, en su día, fue debidamente aceptada se fijaba el plazo de ocho meses para acreditar la disponibilidad de un determinado nivel de autofinanciación, tal como aparece definido en la resolución individual.

Transcurrido el plazo señalado, no se ha acreditado el cumplimiento de dicha condición, de acuerdo con la comunicación del órgano competente de la Comunidad Autónoma.

En la instrucción del expediente se han observado las formalidades legales, habiéndose concedido a las empresas afectada los plazos preceptivos para el cumplimiento de los trámites de formulación de alegaciones y de audiencia previstos en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. De las actuaciones realizadas resulta probado que el titular del expediente no ha acreditado haber cumplido, en tiempo y forma, la condición 2.4 de la resolución individual.

Vistos la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, de Incentivos Regionales; los artículos 28 y 31 del Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla dicha Ley, modificado parcialmente por los Reales Decretos 897/1991, de 14 de junio; 302/1993, de 26 de febrero, y el 2315/1993, de 29 de diciembre; el Real Decreto 1371/2000, de 19 de julio, por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía; el apartado segundo, punto 5, de la Orden de 23 de mayo de 1994 y demás legislación aplicable al caso, así como los informes y demás documentación que obran en los respectivos expedientes.

Esta Dirección General resuelve:

Primero.

Declarar a la empresa «Cortés Industrias de la Calefacción, Sociedad Anónima», titular del expediente TO/501/P03, decaída en sus derechos, con la consiguiente pérdida de la subvención concedida y el archivo del expediente, por no haber acreditado, dentro del plazo señalado, la disponibilidad de un determinado nivel de autofinanciación, tal como aparece definido en la resolución individual de concesión.

Segundo.

Denegar al titular del expediente la prórroga del plazo de vigencia de los beneficios al comprobarse el incumplimiento de la condición 2.4 de la resolución individual.

Debe publicarse la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 30/1992, todo ello sin perjuicio de efectuar la notificación de la misma a los interesados.

Contra la presente Resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el excelentísimo señor Ministro de Economía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación individual.

Madrid, 9 de mayo de 2001.–La Directora general, Belén Cristino Macho-Quevedo.

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