Vista la sentencia de 29 de enero de 2001 de la Sección Cuarta
de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Cataluña, dictada en el recurso contencioso
administrativo número 650/97, interpuesto por el señor Fernando
Alonso Llana en representación de la Comisión Obrera Nacional de
Cataluña (CONC-CC. OO.) contra la Resolución del Departamento
de Justicia de 23 de diciembre de 1996, por la que se convocan
a concurso de traslado plazas vacantes del Cuerpo de Oficiales
de la Administración de Justicia a Cataluña (DOGC número 2.332,
de 17 de febrero de 1997; y "Boletín Oficial del Estado" número
44, de 20 de febrero de 1997);
En ejecución de la citada sentencia, y haciendo uso de las
competencias que me son atribuidas, resuelvo:
1. Modificar la Resolución de 23 de diciembre de 1996,
publicada en el "Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya" número
2332, de 17 de febrero de 1997, y en el "Boletín Oficial del
Estado" número 44, de 20 de febrero de 1997, añadiendo un séptimo
apartado a la base segunda relativa a los requisitos y condiciones
de participación:
"Base segunda:
7. Los Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración
de Justicia destinados en el Instituto de Toxicología, cuyo lugar
de trabajo radique en el territorio de Cataluña, gozarán de
preferencia para la obtención de destino en otro centro de trabajo
ubicado en la misma localidad, por lo que deberán solicitar todas
las vacantes objeto de convocatoria que radiquen en la citada
localidad.
Cada plaza se adjudicará al concursante que acredite mayor
puntuación en relación con la obtenida por el resto de solicitantes,
y preferentemente se otorgará la plaza en la que únicamente haya
la petición del concursante que ejerce la preferencia."
2. Establecer un nuevo plazo de presentación de solicitudes
de participación de veinte días naturales, contados desde la
publicación de esta Resolución en el "Diari Oficial de la Generalitat
de Catalunya", o contados a partir del día de la publicación en
el "Boletín Oficial del Estado" si la publicación no se hace de
forma simultánea en el "Diari Oficial de la Generalitat de
Catalunya" y en el "Boletín Oficial del Estado", para aquellos
concursantes que reuniesen, en la fecha de publicación de la Resolución
que se modifica, los requisitos establecidos en el apartado séptimo
de la base segunda añadida a la Resolución de 23 de diciembre
de 1996 por la presente Resolución.
Las solicitudes de participación se deberán dirigir a la Directora
general de Relaciones con la Administración de Justicia del
Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña (calle Pau
Claris, 81, 08010 Barcelona).
3. Disponer la publicación de la presente Resolución en el
"Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya" y en el "Boletín Oficial
del Estado".
4. Contra esta Resolución los interesados pueden promover
incidente de ejecución de sentencia ante la Sección Cuarta de
la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Cataluña, de conformidad con lo que dispone el
artículo 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la jurisdicción contenciosa administrativa.
Barcelona, 14 de mayo de 2001.-El Consejero, Josep Delfi
Guàrdia i Canela.
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