La entidad denominada Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija de los Arquitectos Superiores y Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda Pública acordó en Asamblea general celebrada el 4 de marzo de 2000 la disolución y liquidación de la misma.
Ultimado el proceso liquidatorio de la mencionada mutualidad, ésta solicita que sea declarada su extinción y se proceda a la cancelación de su inscripción del Registro administrativo previsto en el artículo 74.1 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se desprende que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, en relación con el proceso liquidatorio.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:
Declarar la extinción y subsiguiente cancelación en el Registro administrativo de entidades aseguradoras, previsto en el artículo 74.1 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados de la Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija de los Arquitectos Superiores y Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda Pública en liquidación, conforme a lo dispuesto en el artículo 27.5 de la citada Ley.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, según lo establecido en la disposición adicional novena de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que comunica a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 10 de mayo de 2001.–El Ministro, P. D. (Orden de 8 de noviembre de 2000), el Secretario de Estado de Economía, de la Energía y de la Pequeña y Mediana Empresa, José Folgado Blanco
Ilma. Sra. Directora general de Seguros y Fondos de Pensiones.
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