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Documento BOE-A-2001-10661

Orden de 10 de mayo de 2001 de autorización a la entidad "M. D. Anderson Internacional, España Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima" para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de enfermedad comprendida la asistencia sanitaria y de inscripción en el Registro administrativo de entidades aseguradoras.

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 5 de junio de 2001, páginas 19674 a 19674 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2001-10661

TEXTO ORIGINAL

La entidad «M. D. Anderson Internacional, España Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» ha presentado en esta Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización administrativa para operar como entidad aseguradora en el ramo de enfermedad, comprendida la asistencia sanitaria.

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada, se desprende que la entidad «M. D. Anderson Internacional, España Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» cumple los requisitos establecidos en la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Primero.

Autorizar a la entidad «M. D. Anderson Internacional, España Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de enfermedad comprendida la asistencia sanitaria.

Segundo.

Inscribir, en consecuencia, a la entidad «M.D. Anderson Internacional, España Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», en el Registro administrativo de entidades aseguradoras, previsto en el artículo 74 de la precitada Ley 30/1995.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de 13 de julio de 1998, según lo establecido en la disposición adicional novena de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 10 de mayo de 2001.–El Ministro, P. D. (Orden de 8 de noviembre de 2000), el Secretario de Estado de Economía, de la Energía y de la Pequeña y Mediana Empresa, José Folgado Blanco.

Ilma. Sra. Directora general de Seguros y Fondos de Pensiones.

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