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Documento BOE-A-2000-9181

Resolución de 5 de abril de 2000, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se homologan los cursos contraincendios, primer nivel, a impartir por la Escuela de Formación Profesional Náutico-Pesquera "Nuestra Señora de la Antigua".

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 17 de mayo de 2000, páginas 18149 a 18150 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2000-9181

TEXTO ORIGINAL

Examinada la documentación presentada por la Escuela de Formación Profesional Náutico-Pesquera "Nuestra Señora de la Antigua", en solicitud de homologación de dicho centro para impartir cursos de especialidad de Contraincendios, primer nivel; Vistos los informes obrantes en el expediente en los que consta que dicha Escuela de Formación reúne las condiciones mínimas establecidas en la Resolución de 6 de junio de 1990 ("Boletín Oficial del Estado" número 146), Esta Dirección General, de conformidad con lo establecido en la Orden de 31 de julio de 1992 ("Boletín Oficial del Estado" número 200), ha resuelto:

Primero.-

Homologar a la Escuela de Formación Profesional Náutico-Pesquera "Nuestra Señora de la Antigua" para impartir los cursos de especialidad en seguridad marítima, Contraincendios, primer nivel.

Segundo.-

Sin perjuicio de esta homologación, la Subdirección General de Inspección Marítima comprobará que el desarrollo de los cursos impartidos reúnen los niveles de calidad y profesionalidad adecuados, mediante inspecciones no programadas durante la realización de los cursos.

Tercero.-

Al personal marítimo que supere dichos cursos le será extendido por esta Dirección General el oportuno certificado de especialidad, a la vista del certificado expedido por el centro de formación, en el que se haga constar que el interesado ha recibido la formación teórico-práctica, establecida en la Orden de 16 de octubre de 1990. Sin perjuicio de lo anterior, el centro de formación solicitará, con quince días de antelación, autorización para la realización de cada curso que imparta y remitirá a esta Dirección General las actas del personal que haya superado cada curso.

Cuarto.-

El personal marítimo que haya finalizado con aprovechamiento los cursos impartidos por la Escuela de Formación Profesional Náutico-Pesquera "Nuestra Señora de la Antigua", siempre que los planes de estudio y las prácticas se acomoden a los contenidos de la Orden que regula estos cursos, podrán solicitar el certificado que expide la Dirección General de la Marina Mercante, a la vista de las actas emitidas por el centro.

Quinto.-

El personal que participe en los cursos deberá estar amparado por un seguro que cubra los accidentes que puedan producirse durante la realización del curso, contratado por la Escuela de Formación Profesional Náutico-Pesquera "Nuestra Señora de la Antigua".

Sexto.-

Esta homologación tendrá validez por un año a partir de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", pudiendo prorrogarse, siempre que se solicite por el interesado antes de la fecha de su expiración y cumpla el Centro de Formación "Nuestra Señora de la Antigua", con los requisitos establecidos en la Orden de 31 de julio de 1992.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 5 de abril de 2000.-El Director general, Fernando Casas Blanco.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Inspección Marítima.

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