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Documento BOE-A-2000-6734

Orden de 30 de marzo de 2000 por la que se convoca y regula el XIX premio de trabajos escolares del día mundial de la alimentación correspondiente a 2000, "Un milenio sin hambre".

Publicado en:
«BOE» núm. 84, de 7 de abril de 2000, páginas 14512 a 14513 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2000-6734

TEXTO ORIGINAL

Con la aprobación del Real Decreto 769/1981, de 13 de marzo, se instituyó el día mundial de la alimentación, que se celebra con carácter anual el día 16 de octubre, aniversario de la Fundación de la FAO.

Los objetivos del día mundial de la alimentación son sensibilizar a la opinión pública ante el problema del hambre en el mundo y concentrar la atención en la agricultura y la producción de alimentos.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación tiene encomendadas, por el mencionado Real Decreto 769/1981, la preparación, ejecución y seguimiento del programa de actividades del Día Mundial de la Alimentación.

Con la convocatoria de estos premios se pretende contribuir a sensibilizar a la población escolar para que, en los primeros años de su educación, vayan tomando conciencia y se cree en ellos la solidaridad respecto a los problemas derivados de la alimentación en el mundo, buscando intensificar la solidaridad internacional y nacional en la lucha contra el hambre, la malnutrición y la pobreza.

Para 2000 la FAO ha establecido el lema: «Un milenio sin hambre».

Por todo ello, dispongo:

Artículo 1. Objeto.

La presente Orden tiene como objeto la regulación y convocatoria de los XIX premios escolares del día mundial de la alimentación.

Artículo 2. Beneficiarios.

Podrán optar a dicho premio el alumnado de Educación Primaria, primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria y centros de Educación Especial, individualmente o en grupos.

Los alumnos deberán estar dirigidos y coordinados por un profesor del Centro donde cursan sus estudios.

Artículo 3. Categorías de premios y dotación.

Se otorgarán los siguientes premios:

1. Alumnos de primer y segundo ciclo de Educación Primaria y alumnos de centros de Educación Especial:

a) Primer premio, por una cuantía de 250.000 pesetas.

b) Segundo premio, por una cuantía de 150.000 pesetas.

c) Tercer premio, por una cuantía de 100.000 pesetas.

2. Alumnos de tercer ciclo de Educación Primaria, primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria y alumnos de centros de Educación Especial:

a) Primer premio, por una cuantía de 250.000 pesetas.

b) Segundo premio, por una cuantía de 150.000 pesetas.

c) Tercer premio, por una cuantía de 100.000 pesetas.

La cuantía de los premios será destinada a sufragar gastos derivados de actividades escolares o adquisiciones de material didáctico.

Se hará entrega a los centros galardonados de un diploma de honor.

Los Profesores coordinadores de todos los trabajos presentados serán obsequiados con una publicación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Los alumnos participantes en la elaboración de los trabajos recibirán una camiseta estampada con los diseños o logotipos premiados.

Artículo 4. Requisitos de los trabajos.

1. El trabajo deberá versar sobre el lema propuesto por la FAO para 2000: «Un milenio sin hambre».

2. Los trabajos consistirán en la elaboración de un diseño o logotipo para estampar en camisetas en anverso y/o reverso.

3. Se podrá elegir entre un soporte informático o papel. En el primer caso deberá presentarse necesariamente en los formatos BMP o JPG. En caso de soporte papel, tendrá un tamaño din A-3.

4. El número máximo de trabajos que puede presentar un centro escolar será de cuatro en cada categoría.

Artículo 5. Presentación de los trabajos.

Los trabajos se dirigirán al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación y se presentarán en la Subdirección General de Promoción Alimentaria, paseo de Infanta Isabel número 1, 28071 Madrid, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, haciendo constar en el envío la siguiente leyenda: XIX premio de trabajos escolares del día mundial de la alimentación.

Los trabajos serán enviados por el Director o Profesor del centro, bajo cuya dirección o supervisión se haya ejecutado el trabajo.

En la documentación que acompañe a cada trabajo deberá constar el nombre del Profesor coordinador y del alumno o de los alumnos participantes en el mismo.

La participación en este premio comporta la aceptación de todas las bases de la convocatoria.

Artículo 6. Plazo de presentación.

El plazo de presentación de trabajos finalizará el 30 de junio de 2000.

Artículo 7. Selección.

1. Para la valoración del premio se formará un Jurado, presidido por el Director general de Alimentación o persona en quien delegue, y compuesto por los siguientes miembros:

Un representante de la Secretaría General de Pesca Marítima.

Un representante de la Dirección General de Desarrollo Rural.

Un representante de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Un representante de la Dirección General de Alimentación.

Un representante del Gabinete de Prensa del Departamento.

Un representante de la Dirección General de Centros Educativos del Ministerio de Educación y Ciencia, quien actuará de secretario.

2. El Jurado podrá, motivadamente, dividir el premio, declararlo desierto, conceder un premio especial o tomar cualquier otra decisión que estime oportuna, manteniendo siempre una cantidad total máxima de 1.000.000 de pesetas para el conjunto de premios.

Artículo 8. Resolución y recursos.

El Jurado elevará su propuesta sobre la concesión del premio al Secretario General de Agricultura y Alimentación, que dictará la resolución correspondiente, de acuerdo con la Orden de 1 de julio de 1999 sobre delegación de atribuciones en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y se hará pública mediante inserción en el tablón de anuncios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el «Boletín Oficial del Estado» y notificación a los centros que hayan obtenido el premio.

La Resolución se dictará antes del 30 de septiembre de 2000.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, sin perjuicio de interponer, en su caso, recurso de reposición, con carácter previo y potestativo ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Artículo 9. Entrega de premios.

1. La entrega de premios y diplomas se hará en el curso del acto de celebración del día mundial de la alimentación, en la sede central del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

2. La entrega de premios en metálico se realizará contra factura justificativa del gasto presentada por el centro. La fecha límite de recepción de facturas será de 30 de noviembre de 2000.

Artículo 10. Utilización de trabajos premiados.

Los trabajos ganadores quedarán en poder del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, quien se reserva el derecho de su utilización.

Artículo 11. Retirada de trabajos no premiados.

La retirada de los trabajos presentados y no premiados podrá realizarse en la sede central del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, durante los meses de noviembre y diciembre del presente año. Pasado dicho período el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación no se responsabiliza de la pérdida o deterioro de algún original.

Disposición adicional primera. Elaboración de las camisetas.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación encargará la elaboración de las camisetas con el logotipo o diseño ganador del Primer Premio de ambas categorías. Estas camisetas se utilizarán para acciones promocionales.

Disposición adicional segunda. Crédito presupuestario.

Para el conjunto de premios se destinará una cuantía máxima de 1.000.000 de pesetas, imputado a la aplicación presupuestaria 21.21.711A.227.06.

El coste de los diplomas, de las publicaciones y del material promocional a distribuir entre los Centros alcanzará un importe máximo de 500.000 pesetas, imputado a la aplicación presupuestaria 21.21.716.A.640.08.

El coste de la elaboración de las camisetas no será superior a 1.000.000 de pesetas, imputado a la aplicación presupuestaria 21.21.716.A.640.08.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de marzo de 2000.

Ilmos. Sres. Secretario general de Agricultura y Alimentación y Director general de Alimentación.

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