Visto el expediente de indulto de doña Sagrario Cerrato Ayuso, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de fecha 11 de octubre de 1996, como autora de un delito de malversación de caudales públicos, a la pena de seis meses de prisión, dos meses y un día de multa, con una cuota diaria de 400 pesetas y seis meses de suspensión de empleo o cargo público, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1993, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a doña Sagrario Cerrato Ayuso la pena privativa de libertad, de suspensión de empleo o cargo público y de inhabilitación especial pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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