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En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 117/2000,
de 28 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 29), por el que
se aprueba la oferta de empleo público para el año 2000, y con
el fin de atender las necesidades de personal en la Administración
de la Seguridad Social,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado ("Boletín Oficial del Estado" del 15), previo informe
favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda
convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Gestión
de la Administración de la Seguridad Social, Especialidad de
Auditoría y Contabilidad, con sujeción a las siguientes,
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir doce plazas,
por el sistema general de acceso libre del Cuerpo de Gestión de
la Administración de la Seguridad Social, Especialidad de
Auditoría y Contabilidad, correspondientes al anexo del Real Decreto
117/2000, de 28 de enero.
1.2 El procedimiento de selección de los aspirantes constará
de dos fases:
a) Oposición.
b) Curso selectivo.
1.3 El proceso selectivo estará formado por las dos fases
indicadas. Los ejercicios y valoraciones se especifican en el anexo
I de esta Orden, desarrollándose en su totalidad en lengua
castellana, con arreglo al siguiente calendario:
1.3.1 Fase de oposición: El primer ejercicio se realizará en
las fechas y lugares que se determinen en la Resolución a la que
se hace referencia en la base 4.1.
1.3.2 Curso selectivo: Se realizará a continuación de la fase
de oposición para aquellos aspirantes que hayan superado la
misma.
1.3.3 La duración máxima de celebración de la fase de
oposición será de nueve meses, a contar desde la fecha de celebración
de la fase escrita del primer ejercicio.
1.4 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas; por tanto,
este número no podrá ser superior a doce. Cualquier propuesta
de aprobados superior al número establecido será nula de pleno
derecho.
1.5 La adjudicación de las plazas, tras la superación del
proceso selectivo, se efectuará de acuerdo con la puntuación total
obtenida por los aspirantes, según la petición de destino y a la
vista de los puestos de trabajo vacantes que se ofrezcan.
1.6 El temario que ha de regir las pruebas selectivas es el
que figura como anexo II de esta Orden.
1.7 En el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán
las adaptaciones posibles de tiempo y medios de realización para
las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma
establecida en la base 3.2.6.
1.8 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la
Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio;
la Ley 17/1993, de 23 de diciembre; el Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo; el Real Decreto 117/2000, de 28 de enero;
las Órdenes de 5 de junio de 1996 y de 7 de octubre de 1999,
del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y las bases de la
presente convocatoria.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República
de Islandia.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y
descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de
otros Estados miembros de la Unión Europea, de Noruega y de
Islandia, siempre que no estén separados de derecho, menores
de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Estar en posesión de la titulación exigida para el ingreso
en Cuerpos o Escalas del grupo B, en el artículo 25 de la ley
30/1984, de 2 de agosto (título de Ingeniero técnico, Diplomado
universitario, Arquitecto técnico, Formación Profesional de tercer
grado o equivalente), o en condiciones de obtenerlo en la fecha
de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá
estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación
o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de cualquiera
de las profesiones para cuyo ejercicio sea necesaria alguna de
las titulaciones citadas.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por
limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el
desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones
públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
2.2 Todos los requisitos enumerados en las bases anteriores
deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación
de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión como
funcionarios de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo
superior derecho figura "Modelo 750"), que será facilitado
gratuitamente en las Subdelegaciones del Gobierno de cada provincia,
en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas,
en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de las
Administraciones Públicas (calle María de Molina, 50, de Madrid,
código postal 28006), en la Dirección General de la Función
Pública (calle María de Molina, 50, de Madrid, código postal 28006),
en el Instituto Nacional de Administración Pública (calle Atocha,
106, de Madrid, código postal 28012), así como en las
representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero.
3.2 En la cumplimentación de la solicitud deberá tenerse en
cuenta:
3.2.1 En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro
correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán:
"Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales". En el recuadro relativo a
centro gestor, se hará constar "Subsecretaría". En el espacio
destinado a código que figura debajo, se cumplimentará el 19001.
En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen, en el
espacio destinado a código, se hará constar 19020, rellenándose
sólo los dos primeros dígitos.
3.2.2 En el apartado 15, destinado a "Cuerpo o Escala", los
aspirantes harán constar "Cuerpo de Gestión de la Administración
de la Seguridad Social", y en el recuadro correspondiente a
"Código", harán constar "1610".
3.2.3 En el apartado 16, destinado a "Especialidad, área o
asignatura", los aspirantes harán constar "Especialidad de
Auditoría y Contabilidad".
3.2.4 En el apartado 17, destinado a "forma de acceso", los
aspirantes señalarán la letra L.
En el recuadro número 18 se señalará "Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales". No se cumplimentará el espacio destinado
a "Código" que figura a su lado.
En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín
Oficial del Estado" en que se haya publicado la presente
convocatoria.
3.2.5 En el recuadro número 20 de la solicitud, destinado
a "provincia de examen", los aspirantes que concurran a la
celebración de estas pruebas harán constar "Madrid".
3.2.6 Los aspirantes con discapacidad deberán indicarlo en
la solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de
la misma. Igualmente, deberán solicitar, expresándolo en el
recuadro número 23, las adaptaciones posibles de tiempos y medios
para la realización de los ejercicios en que esta adaptación será
necesario.
3.2.7 En el recuadro del epígrafe 24, denominado "exigido
en la convocatoria", se indicará, de las siguientes opciones, el
dígito que corresponda de acuerdo con la mayor titulación
académica poseída:
Dígito 1: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto
o equivalente.
Dígito 2: Título de Ingeniero técnico, Diplomado universitario,
Arquitecto técnico, Formación Profesional de tercer grado o
equivalente.
3.2.8 Las solicitudes (ejemplar número 1, "ejemplar para la
Administración" del modelo de solicitud), se dirigirán debidamente
cumplimentadas al ilustrísimo señor Subsecretario del Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales, calle Agustín de Bethencourt,
número 4, de Madrid, código postal 28071.
3.3 De conformidad con lo establecido en el apartado 6 del
artículo 18 de la ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y del Orden Social, la tasa de derechos
de examen será de 3.000 pesetas.
Del pago de esta tasa de derechos de examen estarán exentas
las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100,
debiendo acompañar a su solicitud copia compulsada del
certificado acreditativo de tal condición, expedido por los órganos
competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, o, en su
caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Las personas que figuren como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la presente
convocatoria estarán asimismo exentas del pago de la tasa de
derechos de examen. Será requisito para disfrute de la exención
que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta
de empleo adecuada ni se hubiesen negado a participar, salvo
causa justificada, en acciones de promoción o formación o
reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas
superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo,
con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en la
correspondiente oficina del Instituto Nacional de Empleo. En cuanto
a la acreditación de las rentas, se efectuará mediante declaración
jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos se
deberán acompañar a la solicitud.
El importe de la tasa por derechos de examen se consignará
en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud. El
ingreso de dicho importe se efectuará, junto a la presentación
de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa
de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en
la recaudación tributaria.
En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la
validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso
a través de certificación mecánica o, en su defecto, sello y firma
autorizada de la misma en el espacio destinado a estos efectos.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
determinarán la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad
colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo
y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en las bases
3.4 y 3.5.
3.4 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1) podrá
hacerse en el Registro General del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales, calle Agustín de Bethencourt, número 4, de Madrid,
código postal 28071, o en la forma establecida en el artículo 38 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Las solicitudes suscritas por los españoles residentes en el
extranjero deberán cursarse, en el plazo expresado en la base
3.5, a través de las representaciones diplomáticas o consulares
españolas correspondientes que las remitirán seguidamente al
organismo competente. El interesado adjuntará a la solicitud el
comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen
mediante el oportuno ingreso del importe correspondiente en la
cuenta corriente número 1302/9002/26/0023647145, abierta en
la sucursal 9002, paseo de la Castellana, número 67, de Madrid,
código postal 28046, de la Caja Postal, a nombre de "Tesoro
Público. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Cuenta
restringida para la recaudación de tasas en el extranjero. Tasa
19.020". El ingreso podrá efectuarse mediante transferencia desde
cualquier entidad bancaria. A estos efectos, los importes
correspondientes a la tasa por derechos de examen son los que se
establecen en la base 3.3 de la presente convocatoria.
3.5 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte
días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación
de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
3.6 A la solicitud "Ejemplar para la Administración" se
acompañará, grapada, una fotocopia del documento nacional de
identidad o pasaporte.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y se
presenten a la convocatoria deberán presentar los siguientes
documentos:
Si residen en España, dos fotocopias compulsadas del
correspondiente documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta
de residente comunitario o de familiar de residente comunitario
en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente
comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Si son nacionales de la Unión Europea, de Noruega o Islandia
y no residen en España, bien por residir en el extranjero o por
encontrarse en España en régimen de estancia, dos fotocopias
compulsadas del documento de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores, dos fotocopias compulsadas
del pasaporte, del visados y, en su caso, del resguardo de haber
solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber
solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no
haberse solicitado estos documentos, deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten
el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del
español o del nacional de la Unión Europea, de Noruega o de
Islandia con el que existe este vínculo de que no está separado
de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el
aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.7 Los errores de hecho que de la solicitud pudieran
advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a
petición del interesado.
3.8 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes.
La contravención de alguna de estas normas determinará la
exclusión de los aspirantes que no las hubiesen observado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Terminado el plazo de presentación de instancias, el
Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales dictará
Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada
la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha Resolución,
que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se
indicarán los lugares en que se encuentra expuesta al público la lista
certificada completa de aspirantes admitidos y excluidos y el lugar,
fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
Dicha lista de admitidos deberá ser expuesta, en todo caso,
en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en el Centro de
Información Administrativa del Ministerio de Administraciones
Públicas, en las Subdelegaciones del Gobierno, Delegaciones del
Gobierno en las Comunidades Autónomas y en la Dirección
General de la Función Pública.
En la lisa deberán constar los apellidos, nombre y número de
documento nacional de identidad de los aspirantes, modalidad
de acceso, así como, en su caso, las causas de exclusión.
4.2 Los aspirantes excluidos provisionalmente dispondrán de
un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al
de la publicación de la citada Resolución, para poder subsanar
el defecto que haya motivado su exclusión u omisión.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la
exclusión o aleguen la omisión serán definitivamente excluidos
de la participación en las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto
de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los
aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran
recogidos en la relación de excluidos, sino, además, que sus
nombres constan en la pertinente relación de admitidos.
Contra la resolución definitiva que resuelva los escritos de
subsanación presentados podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día
siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional
competente. Previamente, con carácter potestativo, podrá interponerse
recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano
que dictó el acto.
4.3 No se procederá a la devolución de los derechos de
examen en los supuestos de exclusión de los aspirantes de las pruebas
selectivas por causas imputables exclusivamente a los interesados,
derivadas de la declaración realizada en el modelo de solicitud.
5. Tribunales
5.1 El Tribunal de estas pruebas es el que figura en el anexo IV
a esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas
en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a
pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de
esta convocatoria.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el
párrafo anterior.
5.3 Con anterioridad al comienzo de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
la Orden por la que se nombra a los nuevos miembros del Tribunal
que hayan de sustituir a los que hubiesen perdido tal condición.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, el Tribunal se
constituirá con la asistencia del Presidente y Secretario o, en su caso,
de quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus
miembros, titulares o suplentes.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en
su caso, de quienes les sustituyan, y la de, al menos, la mitad
de sus miembros, titulares o suplentes.
5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas
la dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,
así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
5.7 Con independencia del personal colaborador, el Tribunal
podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que
estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su
colaboración en sus especialidades técnicas.
5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición
que sean escritos y no deban ser leídos en sesión pública por
los opositores, sean corregidos sin que se conozca la identidad
de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por
Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985
("Boletín Oficial del Estado" del 22), o cualesquiera otros
equivalentes, aprobados por la Secretaría de Estado para la
Administración Pública. El Tribunal podrá excluir a aquellos opositores
en cuyos ejercicios figuren nombres, marcas o signos que permitan
conocer la identidad de los mismos.
5.9 El Tribunal adoptará las medidas precisas de forma que
los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones
para la realización de los ejercicios que el resto de los
participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas con
discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.2.6,
las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración
sanitaria o de los órganos competentes de este Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales.
5.10 A efectos de comunicación y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de Ordenación
y Desarrollo de los Recursos Humanos de los Organismos
Autónomos y de la Seguridad Social, calle Agustín de Bethencourt,
número 4,de Madrid, código postal 28071.
5.11 Conforme a lo establecido en el artículo 33.2 del Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo, el Tribunal que actúe en estas
pruebas selectivas tendrá la categoría segunda.
5.12 Corresponderá al Tribunal la confección de los ejercicios
correspondientes al proceso selectivo pruebas selectivas y la
publicación de las listas de aspirantes que hayan aprobado el mismo,
así como la lista definitiva de aprobados.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "B", de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública de 23 de febrero de 2000 ("Boletín
Oficial del Estado" de 3 de marzo), por la que se publica el resultado
del sorteo celebrado el día 16 de febrero de 2000. De acuerdo
con dicha Resolución, en el supuesto de que no exista ningún
aspirante cuyo primer apellido comience por la letra "B", el orden
de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido
comience por la letra "C".
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su
identidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, quedando decaídos en su derecho quienes no
comparezcan a realizarlo, salvo en los casos de fuerza mayor,
debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración
de los restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal en los locales
donde se haya celebrado el anterior, así como en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.10 y por cualesquiera otros medios
si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación, con
veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para
la iniciación de los mismos.
No obstante, desde la total conclusión de un ejercicio hasta
el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de
setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
uno o varios requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales,
comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas
por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas,
a los efectos procedentes.
Contra la Resolución de exclusión dictada por el Subsecretario
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo
de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación,
ante el órgano jurisdiccional competente. Previamente, con
carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición, en el
plazo de un mes, ante el mismo órgano que dictó el acto.
7. Listas de aprobados
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de la
oposición, el Tribunal hará públicas, en los lugares señalados en la
base 6.4, las listas de aspirantes que han superado cada ejercicio
por orden alfabético y con indicación del documento nacional de
identidad.
Los opositores que no se hallen incluidos en tales listas tendrán
la consideración de no aptos.
7.2 Finalizada la fase de oposición, Tribunal publicará en el
lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como en
la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos otros
que estime oportuno, las relaciones de aspirantes aprobados, por
orden de puntuación alcanzada y con indicación de su documento
nacional de identidad.
Asimismo, el Tribunal elevará al Subsecretario de Trabajo y
Asuntos Sociales, para su publicación en el "Boletín Oficial del
Estado", la relación definitiva de aspirantes aprobados en la fase
de oposición, por orden de puntuación, en la que constarán las
calificaciones de cada uno de los ejercicios y la suma total.
8. Presentación de documentos
8.1 En el plazo de veinte días naturales, contados desde el
día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas
definitivas de aprobados en el "Boletín Oficial del Estado", los
aspirantes seleccionados deberán presentar en la Subdirección General
señalada en la base 5.10 los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3
de la presente convocatoria o, en su defecto, certificación
aca
démica que acredite haber realizado (en la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes) todos los estudios para
su obtención.
Los aspirantes que posean una titulación académica superior
a la exigida para el ingreso en el grupo B, aportarán ésta.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, fotocopia
compulsada de la credencial que acredite la homologación que
corresponda.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura como anexo III a esta
convocatoria.
c) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española
deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar
sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su
Estado el acceso a la función pública, según el modelo que figura
como anexo V a esta convocatoria.
d) Los aspirantes extranjeros que concurran a la convocatoria
y que no residan en España deberán presentar fotocopia
compulsada del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia
comunitaria; en el caso de que no la hubiesen tenido que aportar
en el momento de presentar la solicitud de participación.
8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos
señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios del
Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social,
especialidad de Auditoría y Contabilidad, y quedarán anuladas
sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que
hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
9. Nombramiento de funcionarios
9.1 Por Orden de la autoridad convocante se procederá al
nombramiento de funcionarios en prácticas de los aspirantes que
hayan superado la fase de oposición. En dicha Orden se
determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho
nombramiento, así como la fecha de inicio del curso selectivo, que
constituye la segunda fase del proceso.
9.2 Concluido el proceso selectivo para quienes lo hubiesen
superado, y durante el desarrollo del curso selectivo, la
Subsecretaría del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ofertará los
puestos de trabajo cuya cobertura se considere conveniente en
atención a las necesidades de los servicios.
La petición de destinos por parte de los opositores aprobados
deberá realizarse en un plazo de veinte días naturales.
9.3 Posteriormente, a propuesta del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales, serán nombrados funcionarios de carrera.
mediante Resolución del Secretario de Estado para la
Administración Pública, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
y en la que se indicará el destino adjudicado, debiendo tomar
posesión de sus destinos en el plazo de un mes a contar desde
la fecha de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de
la citada Resolución de nombramiento.
9.4 En el caso de que algunos de los puestos de trabajo
ofrecidos como primer destino supongan la participación directa o
indirecta en el ejercicio del poder público y en las funciones que
tienen por objeto la salvaguarda de los intereses generales del
Estado, quedarán excluidos de la posibilidad de ser elegidos por
los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española.
Corresponderá a la Administración la competencia para determinar cuáles
son esos puestos de trabajo.
9.5 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, el Ministerio de las
Administraciones Públicas, a través del Instituto Nacional de la
Administración Pública, en colaboración con los centros de formación
competentes en cada caso, velará por la formación de los
aspirantes seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las
Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una vez
nombrados funcionarios de carrera.
10. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones de los citados órganos de selección,
conforme a lo previsto en la citada Ley.
Madrid, 9 de diciembre de 2000.-P. D. [artículo 2.8.a) de
la Orden de 21 de mayo de 1996], el Subsecretario, Marino Díaz
Guerra.
ANEXO I
Proceso de selección y valoración
1. Proceso de selección
El proceso de selección constará de las siguientes fases:
a) Oposición.
b) Curso selectivo.
a) Oposición.-Las pruebas de oposición consistirán en la
superación de los siguientes ejercicios, todos y cada uno de ellos
eliminatorios.
Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito, en
un tiempo máximo de tres horas, a un cuestionario de 25
preguntas, propuesto por el Tribunal, sobre el temario de Derecho
Civil y Mercantil, Derecho Constitucional y Administrativo,
Derecho del Trabajo, Economía y Derecho Tributario y que figura en
el "Programa de temas del primer ejercicio" del anexo II de la
convocatoria.
Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución, por escrito, en
un tiempo máximo de cuatro horas, de casos prácticos de
contabilidad y matemática financiera, según temario que figura en
el "Programa de temas del segundo ejercicio" del anexo II de la
convocatoria.
Tercer ejercicio: Consistirá en desarrollar, por escrito, durante
un tiempo máximo de tres horas, un conjunto de dos temas, uno
del programa de temas de Administración Financiera y otro del
programa de temas de Seguridad Social, a elegir entre tres temas
sacados al azar según temario que figura en el "Programa de temas
del tercer ejercicio" del anexo II de la convocatoria.
Los dos temas serán leídos por el opositor ante el Tribunal
en sesión pública.
b) Curso selectivo.-Los aspirantes que superen la fase de
oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por Orden de
la autoridad convocante, debiendo realizar el curso selectivo
correspondiente a la segunda fase del proceso de selección.
Los funcionarios en prácticas percibirán sus retribuciones con
arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de
febrero, salvo que, siendo funcionarios, opten por las del Cuerpo
de que proceden.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por
cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por
causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por
la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, debiendo
realizarlo en la primera ocasión en que dicho curso tenga lugar
y una vez desaparecidas las causas que impidieron su realización
inicial, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación
obtenida.
Quienes no superen el curso selectivo perderán el derecho al
nombramiento como funcionarios de carrera, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo.
El órgano responsable del seguimiento y valoración del curso
selectivo será la Subdirección General de Organización,
Planificación y Gestión de Recursos. El Subsecretario de Trabajo y
Asuntos Sociales dictará Resolución para regular su desarrollo,
estableciendo en la misma la fecha de inicio y lugar de realización.
El curso selectivo comenzará en el plazo máximo de tres meses
a partir de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de
la lista definitiva de aprobados, teniendo una duración de tres
meses.
El curso selectivo abarcará los aspectos básicos del Sistema
Financiero, Presupuesto, Control y Contabilidad de la Seguridad
Social, así como los de carácter complementario necesarios para
el desempeño de las funciones encomendadas al Cuerpo de Gestión
de la Administración de la Seguridad Social, Especialidad de
Auditoría y Contabilidad.
2. Valoración
2.1 Fase de oposición.-Los ejercicios de la fase de oposición
se calificarán de la forma siguiente:
Primer ejercicio: La calificación máxima será de 20 puntos,
siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para acceder
al ejercicio siguiente.
Segundo ejercicio: La calificación máxima será de 30 puntos,
siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para acceder
al ejercicio siguiente.
Tercer ejercicio: La calificación máxima será de 30 puntos,
siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen como
mínimo 15 puntos. No podrán ser aprobados los opositores que dejen
de contestar alguno de los temas del tercer ejercicio.
La calificación final de la oposición vendrá determinada por
la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los
ejercicios. En caso de empate, el orden se establecerá, en primer
lugar, teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida por los
aspirantes en el tercer ejercicio. Si persistiera el empate a puntos,
éste se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en
el segundo ejercicio.
2.2 Valoración del curso selectivo.-En el curso selectivo se
impartirán un conjunto de materias relacionadas con las funciones
y procedimientos de la Intervención de la Seguridad Social.
Cada una de las materias establecidas se calificará de cero
a 10 puntos, siendo preciso alcanzar una puntuación no inferior
a cinco puntos en cada materia para superar el curso selectivo.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el
derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,
mediante resolución motivada de la autoridad convocante que haya
efectuado la convocatoria, a propuesta del órgano responsable de la
evaluación del curso selectivo.
El curso selectivo se calificará de cero a 40 puntos por el total
de materias, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo
de 20 puntos y no haber obtenido en ninguna materia una
puntuación inferior a cinco sobre 10. Los aspirantes que no superen
alguna de las materias realizarán, en el plazo máximo de un mes,
una prueba complementaria para cada una de ellas, las cuales,
en ningún caso, se calificarán en más de cinco puntos. De no
superar el curso selectivo, perderán todos sus derechos al
nombramiento como funcionarios de carrera.
Las calificaciones obtenidas por cada uno de los participantes
en cada una de las materias impartidas se harán públicas en los
lugares de realización del curso selectivo una vez finalizado el
mismo.
Al finalizar el curso selectivo, los aspirantes serán evaluados
por el Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
en base a los informes emitidos por los responsables de las
unidades en las que se realice el citado curso.
Finalizado el proceso selectivo, serán ofertados a los
funcionarios en prácticas los puestos de trabajo vacantes, cuya cobertura
se considere conveniente en atención de las necesidades del
servicio.
2.3 Valoración final de las pruebas.-La calificación final de
las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en cada una de las fases de que constan estas pruebas.
En caso de empate, el orden se establecerá, en primer lugar,
teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida por los
aspirantes en la fase de oposición del proceso selectivo. Si persistiera
el empate a puntos, éste se dirimirá atendiendo a la mayor
puntuación en el tercer ejercicio. Finalmente, se dirimirá el nuevo
empate teniendo en cuenta las puntuaciones obtenidas en el
segundo ejercicio y curso selectivo, sucesivamente.
ANEXO II
Programa de temas del primer ejercicio
DERECHO CIVILY MERCANTIL. DERECHO CONSTITUCIONALY ADMINISTRATIVO.
DERECHODEL TRABAJO. ECONOMÍA. DERECHO TRIBUTARIO
Derecho Civil
Tema 1: El concepto de Derecho. Las fuentes en el
ordenamiento español. Enumeración y jerarquía normativa. La Ley. La
Costumbre. Los principios generales del Derecho. Otras fuentes
del Derecho.
Tema 2: Concepto y clases de personas. Persona física:
Nacimiento y extinción de la personalidad jurídica. Capacidad jurídica
y capacidad de obrar. Personas jurídicas: Clases y régimen jurídico.
Tema 3: Los derechos reales: Concepto y clases. Diferencias
entre los derechos reales y los derechos de crédito. Modos de
adquirir los derechos reales. La propiedad: Régimen jurídico.
Tema 4: La posesión. El usufructo. Las servidumbres.
Tema 5: Los derechos reales de garantía: Concepto y
clasificación. Hipoteca. Prenda. Hipoteca mobiliaria y prenda sin
desplazamiento.
Tema 6: La obligación: Concepto y clases. Fuentes de las
obligaciones. Prueba de las obligaciones. Extinción de las
obligaciones. Influencia del tiempo en las relaciones jurídicas: La
prescripción extintiva.
Tema 7: El contrato: Concepto y clases. Elementos de los
contratos. Generación, perfección y consumación de los contratos.
Ineficacia de los contratos. Interpretación de los contratos. El
contrato de donación.
Tema 8: El contrato de compraventa: Concepto y elementos.
Obligaciones del comprador y del vendedor. El contrato de
arrendamiento de cosas, el de obra y el de servicios. Arrendamientos
urbanos.
Tema 9: Derecho de familia: El matrimonio. Clases de
matrimonio. Régimen económico-matrimonial. Las capitulaciones
matrimoniales. La filiación: Concepto y clases. La adopción y el
acogimiento de menores. La patria potestad. La emancipación.
Tutela, curatela y guarda de menores o incapacitados.
Tema 10: La sucesión "mortis causa": Concepto y clases. La
herencia: Concepto. Aceptación. Heredero y legatario. La sucesión
testamentaria. El régimen de las legítimas. La sucesión intestada.
Derecho Mercantil
Tema 11: Derecho Mercantil. Actos de comercio. La empresa
mercantil: Naturaleza jurídica. Elementos que la forman. El
empresario individual: Capacidad y prohibiciones. Prueba, adquisición
y pérdida de la cualidad de empresario. Ejercicio del comercio
por persona casada. El empresario extranjero.
Tema 12: Las sociedades mercantiles: Concepto y clasificación.
Requisitos de constitución de las sociedades mercantiles. La
sociedad irregular. Nacionalidad de las sociedades. Las sociedades
colectivas y comandarias. La sociedad de responsabilidad limitada:
Principales notas de su régimen jurídico.
Tema 13: La Sociedad anónima: Concepto y caracteres.
Fundación. Escritura social y estatutos. El capital social. Acciones
y obligaciones. Órganos de la sociedad anónima.
Tema 14: Las modificaciones estatutarias. La disolución de
las sociedades mercantiles. Liquidación y división del haber social.
Transformación, fusión y escisión de las sociedades mercantiles.
Tema 15: Los títulos valores. Concepto y clasificación. Los
títulos nominativos, a la orden y al portador. Circulación de los
títulos valores. El cheque. La letra de cambio: Concepto y
requisitos formales. El endoso. La aceptación. El pago de la letra. Las
excepciones cambiarias.
Tema 16: Las obligaciones mercantiles: Características
generales. Los contratos mercantiles: Concepto y clases. Perfección,
forma y prueba de los contratos mercantiles. El contrato de
compraventa mercantil. El "Leasing". El "Factoring".
Tema 17: La suspensión de pagos: Concepto y requisitos.
Efectos de la declaración de suspensión de pagos. La solución de
la suspensión de pagos: El Convenio. La quiebra: Concepto,
requisitos y clases. Efectos de la declaración de la quiebra. Órganos
de la quiebra. Solución de la quiebra.
Derecho Constitucional
Tema 18: La Constitución Española de 1978: Derechos
fundamentales y libertades públicas. La Corona. Las Cortes
Generales. El Gobierno. El Poder Judicial. El Defensor del Pueblo. El
Tribunal Constitucional.
Tema 19: La organización territorial del Estado en la
Constitución. Las Comunidades Autónomas. Estructura y
competencias. Los Estatutos de Autonomía: Caracteres y contenido.
Derecho Administrativo
Tema 20: Las fuentes del Derecho Administrativo. La
Constitución. Leyes Orgánicas. Leyes ordinarias. Disposiciones del
Gobierno con fuerza de Ley: Decretos-leyes y Decretos
Legislativos. El Reglamento: Concepto, caracteres y clases. Límites de
los Reglamentos. Reglamentos ilegales. Circulares e Instrucciones
de servicios.
Tema 21: Concepto de Administración Pública. Tipos de entes
públicos. Formas de gestión de los servicios públicos: Gestión
directa y gestión indirecta.
Tema 22: Las potestades administrativas: Concepto y clases.
El principio de legalidad administrativa. Control de la
discrecionalidad. El acto administrativo: Concepto, caracteres y elementos.
La motivación. Comunicación, notificación y publicación de los
actos administrativos.
Tema 23: El silencio administrativo. Eficacia del acto
administrativo. Ejecutividad y ejecutoriedad. Validez e invalidez del
acto administrativo. Revocación y anulación de oficio de los actos
administrativos.
Tema 24: El procedimiento administrativo: Iniciación,
ordenación, instrucción y terminación.
Tema 25: Los recursos administrativos: Principios generales.
Tramitación de los recursos. El recurso ordinario. El recurso de
revisión. Las reclamaciones previas al ejercicio de las acciones
civiles y laborales.
Tema 26: La responsabilidad patrimonial de la Administración
Pública: Régimen vigente. Requisitos para que proceda la
indemnización. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio
de las Administraciones Públicas. Procedimiento de
responsabilidad patrimonial.
Tema 27: Los contratos administrativos: Naturaleza jurídica,
clases y régimen jurídico. Requisitos para contratar con la
Administración. Las garantías. Modificación y extinción de los contratos
administrativos. Procedimientos y formas de adjudicación de los
contratos administrativos.
Tema 28: Los tipos de contratos administrativos. Contrato de
obras. Contrato de suministros. Contrato de gestión de servicios
públicos. Contratos de consultoría y asistencia, servicios y trabajos
específicos y concretos no habituales.
Tema 29: La jurisdicción contencioso-administrativa:
Naturaleza, extensión y límites. Órganos de la jurisdicción
contencioso-administrativa. Las partes en el proceso
contencioso-administrativo: Capacidad, legitimación y defensa. Trámites previos a la
interposición del recurso contencioso-administrativo. El proceso
contencioso-administrativo. Recursos contra sentencias.
Tema 30: Los funcionarios públicos. Concepto y clases.
Situaciones de los funcionarios. Derechos y deberes. Régimen
disciplinario de los funcionarios públicos.
Derecho del Trabajo
Tema 31: El Derecho del Trabajo. Concepto, fines y contenido.
Las fuentes del Derecho del Trabajo: Ley, Reglamento, Costumbre
Laboral, Convenios Colectivos y otras fuentes. Derechos y deberes
del trabajador.
Tema 32: Los Convenios Colectivos de trabajo: Concepto y
clases. Unidades de negociación. Legitimación. Contenido. El
principio de jerarquía normativa. Conflicto entre normas laborales
estatales o pactadas. La norma más favorable.
Tema 33: Los conflictos colectivos de trabajo. La huelga y el
cierre patronal: Su régimen jurídico. Medios de solución de
conflictos.
Tema 34: El contrato de trabajo: Concepto y naturaleza
jurídica. Modalidades de contratación vigentes. Derechos y deberes
derivados del contrato. Las empresas de trabajo temporal y la
subcontratación.
Tema 35: El salario: Concepto y clases. La composición del
salario. Inembargabilidad. Fondo de Garantía Salarial. La jornada
de trabajo. Horas extraordinarias. Descanso. Vacaciones.
Tema 36: La suspensión del contrato de trabajo: Causas. Las
subrogaciones empresariales. El derecho disciplinario laboral.
Extinción del contrato de trabajo: Causas. Prescripción y
caducidad de las acciones derivadas del contrato de trabajo.
Economía
Tema 37: Estructura del sector público. Composición del sector
público. Fines del sector público.
Tema 38: Sectores básicos de la economía. Sector primario,
sector secundario, sector servicios. Sector exterior.
Tema 39: La renta nacional: Concepto y métodos de
estimación. La Contabilidad Nacional. Naturaleza y fines.
Tema 40: El sistema financiero. El Banco Central. Los bancos
comerciales. Otros intermediarios financieros.
Tema 41: El análisis financiero: La estructura de las fuentes
de financiación. El equilibrio financiero. El control financiero.
Derecho Tributario
Tema 42: El Derecho Tributario: Concepto y contenido. Fuentes
del Derecho Tributario. Principios del ordenamiento tributario
español. Ámbito de aplicación de las normas tributarias.
Tema 43: Los tributos: Concepto y clases. El hecho imponible
y el devengo. Exenciones objetivas. Los sujetos pasivos.
Exenciones subjetivas. Los responsables tributarios. La representación
de los sujetos pasivos. El domicilio social.
Tema 44: La base imponible. La base liquidable. El tipo de
gravamen. Cuota y deuda tributaria. Modos de extinción de la
obligación tributaria: Especial referencia al pago y la prescripción.
Tema 45: El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Concepto y naturaleza. Ámbito de aplicación. El hecho imponible.
Imputación de rendimientos. El sujeto pasivo. Período de
imposición y devengo del impuesto. Deuda tributaria. Bonificaciones
y deducciones.
Tema 46: El Impuesto de Sociedades: Concepto y naturaleza:
Sujeto pasivo. Exenciones. Período impositivo y devengo del
impuesto. La base imponible. Ingresos computables y gastos
deducibles. Deuda tributaria. Bonificaciones y deducciones.
Tema 47: El Impuesto sobre el Valor Añadido: Concepto y
naturaleza, Hecho imponible. Exenciones. Lugar de realización
del hecho imponible. Devengo. Base imponible. Tipos impositivos.
Deducciones y devoluciones. Sujetos pasivos. Regímenes
especiales.
Tema 48: El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y
Actos Jurídicos Documentados: Concepto y naturaleza. Ámbito
de aplicación territorial. Disposiciones comunes. Hecho
imponible. Sujetos pasivos responsables. Base y deuda tributaria.
Operaciones societarias.
Tema 49: La Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Financiación de las Haciendas Locales. El sistema tributario local. El
Impuesto sobre Actividades Económicas. El Impuesto sobre Bienes
Inmuebles.
Tema 50: La revisión de los actos en vía administrativa: El
recurso de reposición. Las reclamaciones
económico-administrativas. Suspensión de los actos impugnados. Procedimientos
especiales.
Programa de temas del segundo ejercicio
CONTABILIDAD Y MATEMÁTICA FINANCIERA
Contabilidad
Contabilidad financiera superior y de sociedades.
Auditoría de estados financieros.
Matemática financiera
Capitalización simple y compuesta.
Rentas, préstamos y empréstitos.
Operaciones con valores mobiliarios.
Programa de temas del tercer ejercicio
ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y SEGURIDAD SOCIAL
Administración Financiera
Tema 1: El Derecho Presupuestario. Concepto y contenido.
El texto refundido de la Ley General Presupuestaria: Estructura
y principios generales. Los Presupuestos Generales del Estado:
Concepto, contenido y estructura. Procedimiento de elaboración
y aprobación. Los créditos presupuestarios y sus modificaciones.
Ámbito temporal del presupuesto y su prórroga.
Tema 2: El gasto público: Su regulación en la Constitución
Española. El procedimiento administrativo de ejecución del gasto
público. Las fases de ordenación de gastos y pagos. Competencia,
principios y procedimientos legalmente establecidos para la
ejecución del gasto público. El Tesoro público: Concepto y funciones.
Tema 3: El Presupuesto de la Seguridad Social: (I) Normativa
jurídica. Definición y contenido. Estructura presupuestaria:
Clasificaciones del presupuesto de gastos y dotaciones y del
presupuesto de recursos y aplicaciones. Elaboración, tramitación y
aprobación.
Tema 4: El presupuesto de la Seguridad Social: (II) Los créditos
presupuestarios en el presupuesto de la Seguridad Social.
Modificaciones en los presupuestos de entidades gestoras y tesorería
general. Los presupuestos de las mutuas de accidentes de trabajo
y enfermedades profesionales de la Seguridad Social y sus
peculiaridades. Modificaciones de los créditos de los presupuestos de
las mutuas.
Tema 5: La información contable en la Seguridad Social.
Adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las entidades
gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social. Principios
contables. Ideas generales sobre el cuadro de cuentas y
definiciones y relaciones contables. Cuentas anuales. Normas de
valoración.
Tema 6: Adaptación del Plan General de Contabilidad Pública
a las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
de la Seguridad Social. Principios contables. Ideas generales sobre
el cuadro de cuentas y definiciones y relaciones contables. Cuentas
anuales. Normas de valoración.
Tema 7: El sistema integrado de contabilidad de la Seguridad
Social. Modelo de contabilidad. Contabilidad y seguimiento del
presupuesto de gastos e ingresos y de las operaciones no
presupuestarias: Criterios de imputación y documentos contables.
Cuentas anuales: Estructura y contenido. La cuenta general de
la Seguridad Social. Estructura y contenido.
Tema 8: El control de actividad económico-financiera del sector
público: Concepto, fundamento y finalidad. Clases de control. El
control interno de la Administración del Estado en España. La
Intervención General de la Administración General del Estado:
Organización y funciones.
Tema 9: El control interno de la Seguridad Social: (I) Normativa
reguladora. Ámbito de aplicación. Forma de ejercicio. Principios
de ejercicio. Deberes y facultades del personal controlador. La
Intervención General de la Seguridad Social: Estructura y
funciones. Delegación y avocación.
Tema 10: El control interno de la Seguridad Social: (II) La
función interventora: Concepto y ámbito de aplicación. Los
principios de ejercicio. Órganos competentes. Ejercicio de la función
interventora: Fases y contenido de la misma. Procedimiento para
el ejercicio de la función interventora sobre derechos e ingresos
y sobre gastos y pagos. El reparo. La discrepancia. Omisión del
trámite de fiscalización.
Tema 11: El control interno de la Seguridad Social: (III) El
régimen especial de fiscalización limitada previa: Régimen jurídico.
Características, ámbito de aplicación y extremos a comprobar
según Acuerdo del Consejo de Ministros de 25 de septiembre
de 1998. El control financiero posterior.
Tema 12: El control interno de la Seguridad Social: (IV) El
control financiero como sistema de control interno. Marco legal.
Regímenes de control financiero. El plan de actuaciones. El control
financiero ordinario: Ámbito de aplicación, objeto, competencias
y formas de ejercicio. El control financiero de carácter permanente
en el ámbito de la Seguridad Social. El control financiero de
subvenciones y ayudas públicas.
Tema 13: El control interno de la Seguridad Social: (V) La
auditoría como instrumento al servicio del control financiero.
Concepto y clases de auditoría por razón del objeto del control
financiero. Las normas de auditoría en el sector público: Principios
generales. Normas relativas al sujeto auditor. Normas técnicas
de actuación en la ejecución del trabajo de auditoría. Informes:
Contenido y tramitación.
Tema 14: El control externo de la actividad
económico-financiera del sector público en España. El Tribunal de Cuentas:
Antecedentes históricos. Organización actual, competencias y
funciones. Especial mención a sus funciones respecto de las cuentas
de la Seguridad Social. El control político de la actividad
económico-financiera ejercido por las Cortes. La Cuenta General del
Estado y su aprobación.
Tema 15: Régimen económico-financiero de la Seguridad
Social: (I) Recursos y sistemas financieros. Fuentes de financiación
de la Seguridad Social. Aportaciones finalistas del Estado para
determinadas situaciones, prestaciones y contingencias. Especial
consideración de la financiación de la contingencia de accidentes
de trabajo. Régimen patrimonial de la Seguridad Social.
Inversiones de la Seguridad Social.
Tema 16: El régimen económico-financiero de la Seguridad
Social: (II) La gestión de los recursos financieros del sistema:
Normativa aplicable. Procedimiento general de pagos. Procedimientos
especiales de pago. Anticipos de tesorería y fondos de maniobra.
Seguridad Social
Tema 17: El sistema español de Seguridad Social: Estructura.
Principios que lo informan. Texto refundido de la Ley General
de Seguridad Social de 1974. El Real Decreto-ley 36/1978, de 16
de noviembre. Nuevo texto refundido de 1994: Estructura y
contenido. La Seguridad Social en la Constitución Española. La Ley
24/1997, de 15 de julio, de Consolidación y Racionalización del
Sistema de la Seguridad Social.
Tema 18: Gestión de la Seguridad Social: Entidades gestoras.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social. El Instituto de
Migraciones y Servicios Sociales. El Instituto Nacional de la Salud. El
Instituto Social de la Marina. Naturaleza, organización y funciones.
Tema 19: Servicios comunes de la Seguridad Social: Carácter
jurídico. La Tesorería General de la Seguridad Social. La Gerencia
de Informática. La colaboración en la gestión de la Seguridad
Social: Las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales de la Seguridad Social y las empresas colaboradoras.
Tema 20: Campo de aplicación y estructura del sistema de
la seguridad: Régimen general y regímenes especiales.
Modalidades de sistemas especiales del régimen general.
Tema 21: La relación jurídica de protección. Constitución de
la relación jurídica de Seguridad Social: Inscripción de empresas.
Afiliación de trabajadores. Altas y bajas de trabajadores.
Situaciones asimiladas al alta, alta especial y de pleno derecho.
Tema 22: La financiación de la Seguridad Social. Cotización
a la Seguridad Social: Sujetos obligados y responsables de la
cotización. Bases, tipos y cuotas. La recaudación: El procedimiento
recaudatorio.
Tema 23: Acción protectora: Contingencias y situaciones
protegidas. Concepto y clases de prestaciones. Accidente de trabajo
y enfermedad profesional. Caracteres de las prestaciones.
Incompatibilidades, prescripción y caducidad de las prestaciones.
Reintegro de las prestaciones indebidas. Responsabilidad en orden
a las prestaciones. Revalorización de las pensiones del sistema
de la Seguridad Social.
Tema 24: La incapacidad temporal: Concepto, beneficiarios,
contingencias protegidas, duración, cuantía y pago de la
prestación. La protección por maternidad y adopción. La invalidez
permanente contributiva: Su régimen jurídico. Lesiones
permanentes no invalidantes. La invalidez en su modalidad no
contributiva.
Tema 25: La protección por jubilación en su modalidad
contributiva: Concepto, beneficiarios, cuantía e incompatibilidades.
La jubilación en su modalidad no contributiva: Beneficiarios,
cuantía y obligaciones de los beneficiarios. Fórmulas de jubilación
anticipada y de prejubilación.
Tema 26: La protección por muerte y supervivencia:
Prestaciones, causantes y beneficiarios. Contenido y cuantía de cada
prestación.
Tema 27: La asistencia social y servicios sociales: Formas de
acción protectora de la tercera edad. La protección de la
minusvalía. Las prestaciones familiares por hijo a cargo en su modalidad
contributiva y no contributiva.
Tema 28: La protección por desempleo. Concepto y clases.
Niveles de protección por desempleo: Nivel contributivo y nivel
asistencial.
Tema 29: El derecho a la salud en la Constitución Española.
Transferencias de la Seguridad Social a las Comunidades
Autónomas en materia de asistencia sanitaria. Asistencia sanitaria:
Prestaciones médicas y farmacéuticas. Asistencia sanitaria para
personas sin recursos.
Tema 30: Régimen jurídico de los funcionarios de la Seguridad
Social. Incidencia de la Ley de Medidas para la Reforma de la
Función Pública. El Real Decreto 2664/1986, de homologación
del régimen de personal de la Seguridad Social con la
Administración Civil del Estado. Régimen jurídico del personal de
Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.
Tema 31: La Seguridad Social en el ámbito internacional. La
Seguridad Social en la Europa Comunitaria. Principios
inspiradores. El Reglamento 1408/1971: Ámbito de aplicación personal.
Campo de aplicación material.
ANEXO III
Don ........................................................,
con domicilio en ...............................................
y documento nacional de identidad número .....................,
Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario del Cuerpo ........................................,
que no ha sido separado del servicio en ninguna de las
Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas.
En ..............., a .... de ............... de 200...
ANEXO IV
Tribunal
Titulares
Presidenta: Doña María Jesús Sáez López, del Cuerpo Superior
de Intervención y Contabilidad de la Administración de la
Seguridad Social.
Vocales: Don José Luis Alfonso López, Profesor titular de
Contabilidad de la Universidad Autónoma de Madrid; doña María
Victoria Martínez Catalán, del Cuerpo Superior de Intervención y
Contabilidad de la Administración de la Seguridad Social, y don Manuel
Trufero Rodríguez, del Cuerpo Superior de Intervención y
Contabilidad de la Administración de la Seguridad Social.
Secretario: Don Agustín Vozmediano Fresno, del Cuerpo de
Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad
de Auditoría y Contabilidad.
Suplentes
Presidente: Don Félix Augusto Balboa de Paz, del Cuerpo
Superior de Intervención y Contabilidad de la Administración de la
Seguridad Social.
Vocales: Don Fernando Giménez Barriocanal, Profesor titular
de Contabilidad de la Universidad Autónoma de Madrid; doña
María del Mar Cueva Quesada, del Cuerpo Superior de
Intervención y Contabilidad de la Administración de la Seguridad Social,
y doña Eva María Barranco Boada, del Cuerpo Superior de
Intervención y Contabilidad de la Administración de la Seguridad
Social.
Secretario: Don Javier Oyaga Durán, del Cuerpo de Gestión
de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de
Auditoría y Contabilidad.
ANEXO V
Don/doña ..................................................,
con domicilio en ...............................................,
de nacionalidad ................................................
y con número de pasaporte ....................................,
Declara bajo promesa o juramento, a efectos de ser nombrado
funcionario del Cuerpo de Gestión de la Administración de la
Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad en España,
que no está sometido/a a sanción disciplinaria o condena que
impida, en mi Estado, el acceso a la función pública.
En (país y localidad) .........., a .... de ..........
de 200 ...
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid