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En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 117/2000,
de 28 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 29), por el que
se aprueba la oferta de empleo público para 2000, cuyo artículo 5
prevé la convocatoria de determinado número de plazas, por el
sistema de promoción interna del grupo D al C, según distribución
realizada por el Ministerio de Administraciones Públicas y con
el fin de atender las necesidades de personal de la Administración
Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas por el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril,
de Organización y Funcionamiento de la Administración General
del Estado ("Boletín Oficial del Estado" del 15), previo informe
favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda
convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Maestros
de Arsenales de la Armada (código 0416), con sujeción a las
siguientes
Bases
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 30 plazas en
el Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada, según la
distribución por especialidades que más adelante se indica, por el
sistema de promoción interna desde Cuerpos o Escalas del
grupo D, a que se hace referencia en la disposición adicional vigésima
segunda de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para
la Reforma de la Función Pública, adicionada por el artículo 61
de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y de Orden Social, y la disposición adicional
novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos
de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración General del Estado.
Especialidad N.o deplazas
Electricidad ................... 4
Mecánica ..................... 6
Construcciones Metálicas ..... 4
Electrónica ................... 5
Mecánica Automóvil .......... 2
Electricidad del Automóvil .... 2
Delineación ................... 1
Construcción ................. 1
Madera ....................... 3
Impresión ..................... 1
Composición ................. 1
Total .......................... 30
1.2 A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988,
de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y
lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.3 La adjudicación de las plazas se efectuará de acuerdo
con la puntuación total obtenida, según la petición del destino
a la vista de las plazas vacantes que se ofertan.
Igualmente podrá ser objeto de aplicación lo establecido en
el artículo 78.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
1.4 El proceso selectivo se llevará a cabo mediante el sistema
de concurso oposición.
1.4.1 En la fase de concurso se valorarán, conforme a la
base 7, los servicios efectivos y los reconocidos al amparo de la
Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de Servicios
Previos en la Administración Pública ("Boletín Oficial del Estado"
de 10 de enero de 1979), hasta la fecha de publicación de esta
convocatoria, en Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de
aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, así como el grado
personal consolidado en la fecha de publicación de esta
convocatoria, y debidamente formalizado, el trabajo desarrollado según
el nivel de complemento de destino del puesto de trabajo que se
desempeña en la fecha de publicación de esta convocatoria, el
nivel de formación en relación a la titulación académica, los cursos
realizados hasta la fecha de finalización de presentación de
solicitudes, así como la experiencia profesional adquirida por
pertenecer a los Cuerpos que se indican en la base 7.
1.4.2 La fase de oposición está constituida por la realización
con carácter obligatorio de una prueba que consistirá en la
contestación por escrito de un cuestionario de preguntas, con un
contenido teórico-práctico, con respuestas múltiples, basado en las
materias que se señalan en el anexo I de esta convocatoria, según
la especialidad a la que se opta.
El número de preguntas propuestas para la realización de la
prueba será de 70.
El tiempo para la realización de la prueba será de tres horas.
El cuestionario de la prueba estará compuesto por preguntas
con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta. Para
la realización, los aspirantes deberán señalar en la hoja de examen
la respuesta que estimen válida de entre las propuestas.
1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo I de esta convocatoria.
1.6 Las pruebas se desarrollarán de acuerdo con el siguiente
calendario:
1.6.1 Fase de concurso: La lista que contenga la valoración
provisional de la fase de concurso se hará pública mediante
Resolución del Director general de Personal del Ministerio de Defensa,
para aquellos aspirantes que hayan superado el ejercicio de la
fase de oposición, una vez publicada la lista de aprobados del
único ejercicio, disponiendo los aspirantes del oportuno plazo para
presentar los documentos requeridos, como se establece en la
base 5 de la presente convocatoria.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha
Resolución, para alegar las rectificaciones pertinentes respecto a la
valoración provisional de méritos en la fase de concurso.
Finalizado dicho plazo, por la misma autoridad se dictará Resolución
que contenga la relación de las puntuaciones definitivas en fase
de concurso.
Contra dicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo
de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación,
ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo
dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Igualmente, será potestativo del interesado interponer recurso
de reposición previo al contencioso-administrativo, ante el mismo
órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes, de conformidad
con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, según
redacción dada por el artículo primero, números 31 y 32, de la
Ley 4/1999, de 13 de enero.
1.6.2 El ejercicio de la fase de oposición se celebrará a partir
de los dos meses siguientes a la finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
En la Resolución que se indica en la base 4.1 se determinará
el lugar y fecha de realización del único ejercicio de la fase de
oposición.
1.7 El Tribunal adoptará las medidas oportunas para
garantizar que el ejercicio de la fase de oposición sea corregido sin
que se conozca la identidad de los aspirantes. El Tribunal podrá
excluir a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren
nombres, marcas o signos que permitan conocer la identidad de
los mismos.
2. Requisitos de los candidatos
Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas,
los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos a la fecha
de finalización de presentación de solicitudes y deberán mantener
los mismos hasta el momento de la toma de posesión como
funcionarios de carrera:
a) Ser español.
b) Tener cumplidos los dieciocho años.
e) Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los
Cuerpos o Escalas del grupo D, incluidos en el ámbito de aplicación
del apartado 1 del artículo 1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.
d) Tener una antigüedad de al menos dos años de servicios
prestados en Cuerpos o Escalas del grupo D. Los servicios
reconocidos al amparo de la Ley 70/1978 en puestos de trabajo con
funciones o actividades semejantes a las de los Cuerpos o Escalas
del grupo D serán computables, a efectos de antigüedad para
participar en estas pruebas selectivas.
e) Estar en posesión de la titulación exigida para el ingreso
en Cuerpos o Escalas del grupo C en el artículo 25 de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto (título de Bachiller Superior,
Bachillerato Unificado Polivalente, título de Bachillerato-LOGSE,
Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o tener
aprobadas pruebas de acceso a la Universidad para mayores de
veinticinco años) o, alternativamente poseer una antigüedad de 10
años en los Cuerpos o Escalas del grupo D incluidos en el ámbito
de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, o tener cinco
años de antigüedad en alguno de los Cuerpos o Escalas aludidos
y haber superado el curso específico de formación al que se hace
referencia en la disposición adicional vigésima segunda de la
mencionada Ley. A estos efectos se computarán los servicios
reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en
tales Cuerpos o Escalas.
f) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
g) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
3. Solicitudes
3.1 La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas
se ajustará al impreso oficial "modelo 750", que será facilitado
gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las
Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno en las
provincias, en el Centro de Información Administrativa del
Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de
la Función Pública y en el Instituto Nacional de Administración
Pública, así como en las representaciones diplomáticas o
consulares de España en el extranjero. Este modelo consta de tres
copias: la primera para el órgano convocante, la segunda para
el interesado y la tercera para la entidad de depósito.
Cada aspirante únicamente podrá presentarse a una sola de
las especialidades convocadas.
Las instrucciones para cumplimentar el impreso serán las que
se detallan a continuación:
Instrucciones para el interesado:
A. Instrucciones generales:
Escribir solamente a máquina o con bolígrafo sobre superficie
dura, utilizando mayúsculas de tipo imprenta.
Asegurarse de que los datos resultan claramente legibles en
todos los ejemplares.
Evitar doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o
tachaduras.
No escribir en los espacios sombreados o reservados.
No olvidar firmar el impreso.
B. Instrucciones para cumplimentar el encabezamiento:
En el recuadro correspondiente a Ministerio, consignar:
Defensa.
En el recuadro dedicado a Centro Gestor, consignar: Ministerio
y Subsecretaría, código: 14001.
En el recuadro relativo a la tasa: derechos de examen, consignar
el código: 14.
En el recuadro donde figura el año de la convocatoria
indicar: 2000.
C. Instrucciones particulares:
En el recuadro 15, consignar: Cuerpo de Maestros de Arsenales
de la Armada; código: 0416.
En el recuadro 16, consignar la especialidad concreta a la que
desea presentarse, según proceda. No es necesario indicar código.
Recuadro 17, referido a forma de acceso, consignar la letra
mayúscula "P" (promoción interna).
En el recuadro 18, consignar: Ministerio de Defensa. No es
necesario señalar código.
El recuadro 20, referido a provincia de examen, no es necesario
su cumplimentación.
En el recuadro 21, minusvalía: indicar, si procede, el porcentaje
del grado de minusvalía según el dictamen del órgano competente.
En el recuadro 23, indicar, en caso de minusvalía, la adaptación
que solicita.
En el recuadro 24, apartado "Exigido en la convocatoria", se
indicará la mayor titulación académica poseída o en el caso de
que no se posea alguna de las titulaciones mencionadas en la
base 2.e) se indicará "Antigüedad superior a diez años" o "Más
de cinco años de antigüedad y superación curso específico de
formación".
En el recuadro A) del epígrafe 25 "Datos a consignar según
las bases de la convocatoria" se indicarán el Cuerpo o Escala
de pertenencia del aspirante, según se indica en la base 2.c).
3.2 La presentación de solicitudes ("ejemplar para la
Administración"), una vez validado por la entidad colaboradora, se hará
en el Registro General del Ministerio de Defensa, paseo de la
Castellana, número 109, 28071 Madrid, o en la forma establecida
en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días
naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirá al Director general
de Personal del Ministerio de Defensa. A la solicitud se
acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad.
Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero
podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior,
a través de las representaciones diplomáticas o consulares
españolas correspondientes quienes las remitirán seguidamente al
organismo competente.
3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la
solicitud para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la
misma. Asimismo deberán solicitar, expresándolo en el recuadro
numero 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para
la realización de las pruebas del ejercicio de la fase de oposición
en que esta adaptación sea necesaria.
3.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 18 de
la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social, modificado por la Ley 55/1999,
de 29 de diciembre, la tasa por derechos de examen será de 1.000
pesetas, y dicha cantidad se ingresará mediante la presentación
de la solicitud para su validación, en cualquier Banco, Caja de
Ahorros o Cooperativa de Crédito de las que actúan como
entidades colaboradoras en la recaudación tributaria (la práctica
totalidad de las mismas).
En la solicitud deberá figurar la acreditación del pago de la
tasa correspondiente a los derechos de examen mediante
certificación mecánica o mediante el sello y firma autorizada de la
entidad colaboradora.
En el caso de solicitudes suscritas en el extranjero, el interesado
adjuntará a la solicitud comprobante bancario de haber satisfecho
los derechos de examen mediante el oportuno ingreso del importe
correspondiente en la cuenta corriente abierta a nombre del Tesoro
Público, Ministerio de Defensa), número 13029148200011948609,
de la Caja Postal. (Esta cuenta únicamente podrá ser utilizada por
aquellos opositores que participen desde fuera del país.)
En ningún caso, la presentación y pago en las oficinas bancarias
supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo
y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
3.5 Estarán exentos del pago de la tasa las personas con
discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar
a la solicitud, a estos efectos, certificado acreditativo de tal
condición.
Asimismo, estarán exentas del pago de la tasa las personas
que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la presente
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado". Será requisito para
el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no
hubieren rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen
negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo,
carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario
mínimo interprofesional. La certificación relativa a la condición
de demandante de empleo con los requisitos previstos en la Ley,
se solicitará en la correspondiente oficina del Instituto Nacional
de Empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se efectuará
mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante.
Ambos documentos se deberán acompañar a la solicitud.
La falta de la justificación del abono de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
3.6 Los errores materiales, aritméticos o de hecho que
pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio
o a petición del interesado.
3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el
Director general de Personal del Ministerio de Defensa dictará
Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la
lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá
publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se indicarán los
lugares en que se encuentra expuesta al público la lista certificada
completa de aspirantes admitidos y excluidos y se determinará
el lugar y la fecha de realización del ejercicio de la fase de
oposición. Dicha lista deberá ser expuesta, en todo caso, en el
Ministerio de Defensa, en las Delegaciones de Defensa, en los Cuarteles
Generales de cada Zona Marítima y en los centros establecidos
en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo
("Boletín Oficial del Estado" del 10 de abril). En la lista deberán
constar los apellidos, nombre, número del documento nacional
de identidad o pasaporte, así como la causa de la exclusión y
plazo para subsanar los defectos.
4.2 En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto
de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma,
los aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no
figuran recogidos en la relación de excluidos, sino, además, que sus
nombres constan en la pertinente relación de admitidos.
4.3 Los aspirantes excluidos u omitidos de la relación de
admitidos y excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles
contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución,
para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión
u omisión de la citada relación.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaran
la exclusión o alegaran su omisión justificando su derecho a estar
incluidos en la relación de admitidos serán definitivamente
excluidos de la participación en las presentes pruebas selectivas.
Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo
de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación,
ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo
dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción contencioso-administrativa.
Igualmente, será potestativo del interesado interponer recurso
de reposición previo al Contencioso-Administrativo, ante el mismo
órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes, de conformidad
con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, según
redacción dada por el artículo primero números 31 y 32 de la
Ley 4/1999, de 13 de enero.
4.4 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,
procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido cuando
no se realice su hecho imponible por causas no imputables al
sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los
derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas
selectivas por causa imputable al interesado.
5. Certificación de servicios (anexo II)
Los aspirantes que superen el ejercicio de la fase de oposición
deberán presentar en el Registro General del Ministerio de Defensa,
paseo de la Castellana, 109, 28071 Madrid, o en la forma
establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días
naturales, contados a partir del siguiente al que se haga pública la
lista de aprobados de este ejercicio, certificación expedida por
los servicios de personal donde presten o, en su caso, hayan
prestado sus servicios (según modelo que figura como anexo II a esta
convocatoria), en la que, entre otros extremos, se contenga la
mención expresa de la antigüedad referida al día de publicación
de esta convocatoria, así como del grado personal consolidado
en dicha fecha y debidamente formalizado y del nivel de
complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que
desempeñe en esa misma fecha.
La certificación a que se hace referencia en los puntos anteriores
será expedida, para los funcionarios pertenecientes al Ministerio
de Defensa, por la Subdirección General de Personal Civil o las
Delegaciones de Defensa correspondientes, según estén
destinados en los servicios centrales o periféricos del mismo.
Igualmente deberán presentar justificación de todos los méritos
que deban ser objeto de valoración, de conformidad con la base 7,
así como de los cursos realizados.
La no presentación de dicha certificación en el plazo señalado
supondrá la no valoración del aspirante en la fase de concurso.
6. Tribunal
6.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como anexo III a esta convocatoria.
6.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Director general de Personal del Ministerio
de Defensa, cuando concurran en ellos circunstancias de las
previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas
de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco
años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
6.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
Orden por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal
que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por
alguna de las causas previstas en la base 6.2.
6.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso,
de quienes les sustituyan, y con la mitad, al menos, de sus
miembros titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución
en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación
y mínimo de diez días antes de la realización del único ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le corresponda en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
6.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia del Presidente y del Secretario,
o de quienes les sustituyan y de la mitad, al menos, de sus
miembros titulares o suplentes.
6.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas
las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,
así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
6.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas que estime pertinentes,
limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus
especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá
comunicarse al Director general de Personal del Ministerio de Defensa.
6.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de las pruebas que el resto de los participantes. En
este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones
posibles en tiempo y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales.
6.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en la Dirección de Gestión de Personal,
Cuartel General de la Armada, calle Montalbán, número 2, 28071
Madrid. Teléfono 91 379 50 00, extensión 4233 ó 4234. El
Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro
o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas
en relación con estas pruebas selectivas.
6.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría tercera de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
número 68, del 19).
6.11 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que las pruebas que sean escritas y no deban
ser leídas ante el Tribunal, sean corregidas sin que se conozca
la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos
aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18
de febrero de 1985 ("Boletín Oficial del Estado" del 22) o
cualesquiera otros equivalentes, previa aprobación por la Secretaría
de Estado para la Administración Pública.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyas hojas de
examen figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad
del opositor.
6.12 El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han
superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que
el de plazas convocadas.
7. Valoración de los méritos en la fase de concurso
7.1 La valoración de los méritos señalados en la base 1.4.1,
se realizará de la forma siguiente:
a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o
Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, a que se refiere la base 1.4.1 se valorará teniendo
en cuenta los servicios prestados o reconocidos al amparo de la
Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación
de esta convocatoria, asignándose a cada año completo de servicios
efectivos un punto, hasta un máximo de 31 puntos.
b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que
se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado", formalizado a través del acuerdo
de reconocimiento de grado por la autoridad competente, hasta
la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado
a que se refiere la base 5, se otorgará la siguiente puntuación:
Grados 12-14: 11,00 puntos.
Grados 15-17: 11,50 puntos.
Grado 18 en adelante: 12,00 puntos.
c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de
destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en
la Administración General del Estado el día de publicación de
esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación en función
de los años de desempeño de éste:
Hasta5años
-Puntos
De5a10años
-Puntos
10omásaños
-Puntos
Nivel
De 12 a 14 ...... 15 16 17
De 15 a 17 ...... 15,5 16,5 17,5
18 o superior .... 16 17 18
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser
modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia
de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de
excedencia para el cuidado de hijos, se les valorará el nivel del puesto
reservado en la Administración General del Estado u órganos
constitucionales y a los funcionarios en situación de servicios especiales
con derecho a reserva de puesto en la Administración General
del Estado y órganos constitucionales, el nivel de puesto de trabajo
en que les correspondería efectuar el reingreso.
d) Titulación académica: Cinco puntos por la posesión de
titulación académica igual o superior a la exigida para ingreso en
Cuerpos o Escalas del grupo C en el artículo 25 de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, y que se enumeran en la base 2.e).
e) Cursos realizados: Por los cursos realizados relacionados
con la especialidad a la que se opte, a juicio del Tribunal, hasta
dos puntos, a razón de 0,50 por cada uno.
f) Por pertenecer a los siguientes Cuerpos se otorgarán diez
puntos:
Cuerpo de Oficiales de Arsenales de la Armada (código 0424).
Cuerpo de Grabadores de la Armada a extinguir (código 0425).
Cuerpo de Encargados 3.a Sección Maestranza de la Armada
a extinguir (código 0426).
Cuerpo de Maestros Primeros 1.a Sección Maestranza de la
Armada a extinguir (código 0427).
Cuerpo de Capataces Segundos 1.a Sección Maestranza de la
Armada a extinguir (código 0433).
Cuerpo de Mecánicos-Conductores del Ministerio de Defensa
(código 0439).
g) Por haber alcanzado una puntuación igual o superior a
50 puntos en la fase de oposición de la convocatoria
inmediatamente anterior a la presente, se otorgará la siguiente puntuación:
Hasta 59 puntos: 1 punto.
De 60 a 69 puntos: 2 puntos.
70 o más puntos: 3 puntos.
7.2 Los puntos así obtenidos se sumarán a la puntuación
alcanzada en la fase de oposición, de acuerdo con lo indicado
en la base 9, a efectos de determinar los aspirantes que han
superado ambas fases del proceso selectivo y que no podrán exceder
del número de plazas convocadas.
8. Desarrollo de las pruebas
8.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "B", de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública de 23 de febrero de 2000 ("Boletín
Oficial del Estado" de 3 de marzo), por la que se publica el resultado
del sorteo celebrado el día 16 de febrero de 2000. En el supuesto
de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience
por la letra "B", el orden de actuación se iniciará por aquellos
otros cuyo primer apellido comience por la letra "C" y así
sucesivamente.
8.2 En cualquier momento del proceso selectivo los aspirantes
podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad
de acreditar su personalidad.
8.3 Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en un
único llamamiento siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente
justificados y apreciados por el Tribunal.
8.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
uno o varios de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su
exclusión al Director general de Personal del Ministerio de Defensa,
comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades
formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas, a los efectos procedentes.
Contra la Resolución por la que se declare la exclusión del
aspirante, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a
contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el órgano
jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en
la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Igualmente, será potestativo del interesado interponer recurso
de reposición previo al contencioso-administrativo, ante el mismo
órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes, de conformidad
con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, según
redacción dada por el artículo primero números 31 y 32 de la
Ley 4/1999, de 13 de enero.
9. Calificación del ejercicio de la fase de oposición
La calificación del ejercicio de la fase de oposición será de
0 a 100 puntos.
Para que se adicione al candidato la puntuación obtenida en
la fase de concurso, según se contempla en las bases 7.2 y 12.2
de esta convocatoria, será necesario obtener la mitad de la
calificación más alta alcanzada por alguno o algunos de los opositores
en el ejercicio.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor, penalizándose
con el 25 por 100 del valor de una contestación aquellas que
sean erróneas.
10. Calificación de la fase de concurso
La resolución que contenga las puntuaciones definitivas en la
fase de concurso a que se refiere la base 1.6.1 de la presente
convocatoria, se hará pública tras el transcurso del plazo de
alegaciones a la resolución que contenga la valoración provisional
de méritos, como se señala en la mencionada base.
11. Lista de aprobados
11.1 Concluido el ejercicio, el Tribunal hará pública en el
lugar o lugares de celebración del mismo, así como en la sede
del Tribunal, en las Delegaciones de Defensa, en el Cuartel General
de cada Zona Marítima y por cualesquiera otros medios que se
juzgue conveniente, la relación de aspirantes aprobados, con
indicación de la puntuación alcanzada y de su documento nacional
de ídentidad.
La lista con la valoración provisional de la fase de concurso
se hará pública, de conformidad con lo señalado en la base 1.6.1
para los aspirantes que hayan superado este ejercicio.
11.2 Concluida la valoración de méritos de la fase de
concurso, el Tribunal hará pública en el lugar o lugares de celebración
del ejercicio, así como en la sede del Tribunal, en las Delegaciones
de Defensa, en el Cuartel General de cada Zona Marítima, y por
cualesquiera otros medios que se juzgue conveniente, la relación
con las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en las fases
de oposición y de concurso, con indicación del número del
documento nacional de identidad. Esta relación se publicará por orden
alfabético y de mayor a menor puntuación total.
12. Calificación final
12.1 La calificación final de las pruebas vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso
y oposición, sin que en ningún caso se pueda exceder el número
de plazas convocadas. En caso de empate el orden se establecerá
atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el ejercicio de la
fase de oposición. Si persistiese el empate se dirimirá a favor
de la mayor puntuación alcanzada en antigüedad y, de persistir
la situación de empate, se atenderá la puntuación otorgada al
trabajo desarrollado y al grado consolidado, por este orden. Si
aún hubiese lugar para ello se atenderá al mayor nível de titulación
académica poseída. Finalmente se dirimirá por el criterio de
antigüedad total en la Administración, computándose la que conste
en el Registro Central de Personal el día de publicación de la
convocatoria.
12.2 Finalizadas las pruebas selectivas el Tribunal elevará
al Director general de Personal las relaciones definitivas de
aspirantes que han superado las pruebas, por orden de puntuación
obtenida en función de la suma de las puntuaciones del ejercicio
de la fase de oposición y de la fase de concurso. Dichas relaciones
se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado". El número de
aspirantes que superen el proceso selectivo no podrá exceder,
en ningún caso, al de plazas convocadas. Cualquier resolución
que contravenga lo anterior será nula de pleno derecho.
13. Presentación de documentos
13.1 En el plazo de veinte días naturales desde que se
publiquen en el "Boletín Oficial del Estado" las relaciones definitivas
de aprobados, los opositores aprobados deberán presentar, en
el Registro General del Ministerio de Defensa, paseo de la
Castellana, 109, 28071 Madrid, los siguientes documentos:
A) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 o
certificación académica que acredite haber realizado todos los
estudios para la obtención del título, o certificación administrativa
de poseer una antigüedad igual o superior a diez años en Cuerpo
o Escala del grupo D, o de cinco años y la superación del curso
específico al que alude la disposición adicional novena del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración
pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta
convocatoria.
13.2 Ante la imposibilidad debidamente justificada de
presentar los documentos expresados en la base anterior, podrá
acreditarse que reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria
mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.
13.3 Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de
fuerza mayor, no presentaran la documentación o del examen de
la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios
y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud
inicial.
14. Nombramiento de funcionarios de carrera
14.1 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran
superado, cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de
plazas convocadas, serán nombrados, a propuesta del Director
general de Personal, funcionarios de carrera mediante Resolución
del Secretario de Estado para la Administración Pública que se
publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación del
destino adjudicado.
14.2 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será
efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de
publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
15. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 22 de noviembre de 2000.
TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ-CONDE
ANEXO I
Maestros de Arsenales
Especialidad: Electricidad
Tema 1. Generadores de corriente alterna.
Tema 2. Circuitos de corriente alterna. Resonancia.
Tema 3. Corrientes polifásicas. Acoplamientos trifásicos en
estrella y triángulo.
Tema 4. Máquinas de corriente continua y alterna rotativas.
Tema 5. Máquinas de corriente alterna estáticas.
Tema 6. Convertidores rotativos y estáticos.
Tema 7. Simbología eléctrica.
Tema 8. Técnicas y aparatos de medida.
Tema 9. Acometidas. Cálculo y elementos auxiliares.
Tema 10. Protección de circuitos y máquinas.
Tema 11. Automatismos eléctricos. Relés, contactores,
temporizadores.
Tema 12. Válvulas de gas. Tiratrones. Ignitrón. Emisión
fotoeléctrica.
Tema 13. Semiconductores. Rectificadores de estado sólido.
Tema 14. Transistores. Relés estáticos.
Tema 15. Circuitos integrados. Características y aplicaciones
prácticas.
Tema 16. Centrales de producción de energía eléctrica.
Tema 17. Centros de distribución de energía eléctrica.
Tema 18. Aparellaje de alta y media tensión.
Tema 19. Técnicas de iluminación. Circuitos y accesorios.
Tema 20. Reglamento electrotécnico para baja tensión.
Especialidad: Mecánica
Tema 1. Conocimiento de materiales. Clasificación.
Propiedades mecánicas. Nociones de resistencia de materiales.
Tema 2. Ensayos mecánicos y tratamientos térmicos.
Tema 3. Tecnología del corte de materiales. Materiales para
herramientas. Geometría y estudio del filo. Estudio económico
del corte. Velocidad, fuerza y potencia de corte. Lubricación y
refrigeración.
Tema 4. Muelas abrasivas. Características y aplicaciones.
Tema 5. Metrología y verificación. Unidades de medida.
Instrumentos de medida. Errores de procedimiento.
Tema 6. Medición, verificación y cálculo de ángulos, conos,
roscas y ruedas dentadas.
Tema 7. Elementos de unión fijos y desmontables.
Nomenclatura y normalización.
Tema 8. Ajustes y tolerancias. lntercambiabilidad. Sistemas
de tolerancias ISO. Calidad en tolerancias. Precisión de
tolerancias. Ajustes recomendables ISO.
Tema 9. Máquinas herramientas para trabajos generales.
Órganos, trabajos y montajes. Mecanizado.
Tema 10. Máquinas herramientas para trabajos especiales.
Órganos, trabajos y montajes. Mecanizado.
Tema 11. Cálculos de trabajos en máquinas herramientas.
Técnica de las operaciones. Procesos de mecanizado.
Tema 12. Construcciones geométricas. Problemas de
geometría. Representaciones en perspectiva.
Tema 13. Normalización. Representaciones de piezas y
elementos mecanizados. Símbolos en instalaciones hidráulicas,
neumáticas y eléctricas.
Tema 14. Organización de talleres de fabricación mecánica.
Edificios, instalaciones, secciones y almacenes.
Tema 15. Procedimiento de conformación de materiales.
Tema 16. Interpretación de planos y croquis. Lecturas de
planos, estudios y planificación de tiempos y presupuestos de
fabricación.
Tema 17. Oficina técnica, organización y documentos.
Tema 18. Accionamiento neumático, simbología, elementos
e instalaciones.
Tema 19. Accionamiento eléctrico, simbología, elementos e
instalaciones.
Tema 20. Accíonamiento hidráulico, simbología, elementos
e instalaciones.
Especialidad: Construcciones Metálicas
Tema 1. Productos férricos y no férricos. Sus aleaciones.
Tema 2. Identificación de materiales. Formas comerciales.
Tema 3. Piezas fundidas y forjadas.
Tema 4. Tratamientos térmicos.
Tema 5. Metrología. Instrumentos de medida.
Tema 6. Trazado plano y al aire.
Tema 7. Técnicas de representación gráfica, interpretación
de planos.
Tema 8. Roscas. Designación, sistemas, clasificación.
Tema 9. Normalización. Sistema de tolerancias.
Tema 10. Uniones fijas soldadas y otras uniones. Resistencia
de materiales y de uniones.
Tema 11. Soldadura blanda, fuerte y por fusión con soplete.
Tema 12. Soldadura eléctrica. Roblonado y uniones
desmontables.
Tema 13. Desarrollos y mecanizado de construcciones
metálicas.
Tema 14. Trazado, conformado y montaje de construcciones
metálicas.
Tema 15. Máquinas herramientas. Principios, clases,
aplicaciones y herramientas.
Tema 16. Mecanismos empleados en máquinas. Cadenas
cenemáticas.
Tema 17. Operaciones a máquina.
Tema 18. Cálculos de taller.
Tema 19. Procesos de trabajo. Planificación y control.
Tema 20. Normas de seguridad y conservación.
Especialidad: Electrónica
Tema 1. Técnicas de expresión gráfica.
Tema 2. Válvulas de gas.
Tema 3. Semiconductores.
Tema 4. Circuitos rectificadores.
Tema 5. Circuitos básicos pasivos.
Tema 6. Circuitos básicos activos.
Tema 7. Tecnología de componentes.
Tema 8. Generadores de señal.
Tema 9. Modulación y demodulación.
Tema 10. Tubos de rayos catódicos.
Tema 11. Medidas de tensiones e intensidades.
Tema 12. Medidas de alta frecuencia.
Tema 13. Medidas de impedancia y circuitos.
Tema 14. Medidas de transformadores.
Tema 15. Interpretación de esquemas.
Tema 16. Fuentes de alimentación.
Tema 17. Montaje de prototipos de circuitos básicos.
Tema 18. Obtención de curvas características de válvulas y
de semiconductores.
Tema 19. Utilízación y manejo de equipos, útiles y
herramientas.
Tema 20. Manejo de conectores y relés.
Especialidad: Mecánica y Electricidad del Automóvil
Tema 1. Conocimiento de materiales. Clasificación.
Propiedades mecánicas. Nociones de resistencia de materiales.
Tema 2. Ensayos mecánicos y tratamientos térmicos.
Tema 3. Tecnología del corte de materiales. Materiales para
herramientas. Geometría estudio del filo. Estudio económico del
corte, velocidad, fuerza y potencia del corte. Lubricación y
refrigeración.
Tema 4. Muelas abrasivas. Características y aplicaciones.
Tema 5. Metrología y verificación. Unidades de medida.
Instrumentos de medida. Errores de procedimiento.
Tema 6. Medición, verificación y cálculo de ángulos, conos,
roscas y ruedas dentadas.
Tema 7. Elementos de unión fijos y desmontables.
Nomenclaturas y normalización.
Tema 8. Ajustes y tolerancias. lntercambiabilidad. Sistemas
de tolerancia ISO. Calidad en tolerancias. Precisión de tolerancias.
Ajustes recomendables ISO.
Tema 9. Máquinas-herramientas para trabajos generales.
Órganos, trabajos y montaje. Mecanizado.
Tema 10. Máquinas-herramientas para trabajos especiales.
Órganos, trabajos y montaje. Mecanizado.
Tema 11. Estudio de: batería, alternador, reguladores y motor
de arranque.
Tema 12. Estudio del circuito de encendido, localización de
averías y banco de pruebas.
Tema 13. Estudio del circuito de alumbrado, localización de
averías.
Tema 14. Electrónica aplicada al automóvil en general.
Tema 15. El motor de explosión, de combustión. Diagramas
y rendimientos.
Tema 16. Estudios de los elementos que constituyen los
motores (cilindros, pistones, bielas, etc.). Estudio de sus materiales
y tratamientos.
Tema 17. Estudio de carburadores, bomba de alimentación,
bomba de inyección en motores de gasolina y Diésel.
Tema 18. Estudio de los circuitos y elementos de lubricación
y refrigeración. Averías relacionadas con éstos. Aparatos de
diagnosis en los motores de gasolina y diésel.
Tema 19. Estudio del embrague, caja de velocidades,
engranajes (relación y transmisión) diferenciales, transmisiones.
Tema 20. Estudio de la dirección, alineación, suspensión,
frenos y neumáticos.
Especialidad: Delineación
Tema 1. Conocimiento y manejo de los útiles de dibujo.
Formatos normalizados. Líneas: Clases y grupos.
Tema 2. Sistemas de representación: cubo de proyecciones,
europeo y americano. Escalas. Dibujo de conjuntos y despieces.
Tema 3. Normalización. Símbolos empleados en los dibujos
industriales. Acotación, calidades superficiales. Tolerancias y
ajustes: Aplicación y cálculo.
Tema 4. Anteproyectos. Proyectos. Presupuestos.
Funcionamiento de la oficina técnica.
Tema 5. Sistema diédrico: fundamento, representación de los
elementos geométricos, posición relativa de los elementos
geométricos, representación de figuras planas, representación de
sólidos.
Tema 6. Sistema axonométrico: fundamentos, sistemas de
axonometría, representación de punto, recta y plano,
representación de figuras planas, representación de sólidos.
Tema 7. Sistema cónico: fundamentos, representación de
puntos, recta y plano Representación de figuras planas,
representación de sólidos.
Tema 8. Calderería: secciones y penetraciones, desarrollos.
Tema 9. Materiales industriales, designación, propiedades,
características y aplicaciones. Aceros. Latones. Bronces.
Aleaciones ligeras.
Tema 10. Instrumentos de medida. Control y medida de las
dimensiones. Control del paralelismo y perpendicularidad.
Tema 11. Máquinas: descripción y funcionamiento.
Aplicaciones de: limadora, cepilladora, fresadora, torno, plegadora y
taladradora.
Tema 12. Órganos de máquinas: Ejes, cojinetes, soportes,
acoplamientos, poleas, engranajes, levas y excéntricas.
Tema 13. Procedimientos constructivos: fundición,
estampación, forja. Procedimientos mediante arranque de viruta.
Procedimientos de unión, objeto. Uniones, atornilladas, remachadas,
soldadas.
Tema 14. Resistencia de materiales: flexión, tracción,
compresión, torsión, cortadura. Esfuerzos compuestos. Manejo de
tablas.
Tema 15. Construcciones metálicas: estructuras metálicas.
Armaduras sencillas. Pilares y vigas. Cerchas. Cálculos. Manejo
de tablas y prontuarios.
Tema 16. Conocimiento de materiales: naturaleza de los
terrenos, materiales pétreos materiales cerámicos, cales, cementos,
yesos, hormigones, materiales aislantes Maderas: Tratamientos
de protección.
Tema 17. Elementos de obra: cimentaciones, muros,
tabiques, pilares, soportes verticales, vigas forjadas, suelos y techos,
arcos y bóvedas, cubiertas, cúpulas puertas y ventanas, escaleras.
Tema 18. Planos de edificios: situación, plantas y
distribución, fachadas y secciones, instalaciones complementarias,
elaboración de planos de edificios sencillos distribuyendo y
dimensionando todos sus elementos. Órdenes y estilos arquitectónicos.
Tema 19. Instalaciones en los edificios: redes de aguas
sanitarias, fría y caliente, desagües. Instalaciones de gas, normas de
seguridad. Instalaciones eléctricas de alumbrado y fuerza.
Instalaciones de calefacción.
Tema 20. Elementos de topografía: aparatos y útiles,
mediciones, planimetría, altimetría. Curvas de nivel: perfiles, libreta
taquimétrica. Levantamientos topográficos sencillos, métodos.
Especialidad: Construcción
Tema 1. El dibujo en la construcción: normalización, clases
de líneas, secciones, acotación. Interpretación de planos.
Tema 2. Croquis y planos de elementos sencillos de obras.
Tema 3. Nociones sobre perspectiva axonométrica, caballera
y cónica.
Tema 4. Útiles y aparatos sencillos de medición: metro,
escuadra, nivel, plomada. Su manejo y utilidad.
Tema 5. Maquinarias y herramientas empleadas: descripción
y uso de las mismas.
Tema 6. La construcción: sus fines, historia y posibilidades.
Tema 7. Nociones de arquitectura.
Tema 8. Trazado de molduras y arcos.
Tema 9. Replanteos, trazados y mediciones.
Tema 10. Materiales. Conocimiento de las materias primas
fundamentales, su obtención y procedencia.
Tema 11. Medios auxiliares de la construcción: descripción
y clasificación.
Tema 12. Obras de fábrica y estructuras. Clasificación.
Tema 13. Aglomerantes, cementos, áridos. Clases y
dosificación.
Tema 14. Obras de hormigón, estructuras y forjados.
Encofrados de muros, pilares, jacenas y forjados, armaduras.
Tema 15. Estructura de la vivienda: cimientos y sótano, pisos,
muros exteriores, muros de mampostería, muros de ladrillo, muros
de aglomerado. Muros interiores, pavimentos.
Tema 16. Aparejos, estereotomía de la piedra, madera y el
hierro.
Tema 17. Suelos. Estructura de suelo.
Tema 18. Escaleras y bóvedas.
Tema 19. Cubiertas y azoteas, cornisas.
Tema 20. Instalaciones complementarias en las obras. Tipo.
Especialidad: Madera
Tema 1. La madera: propiedades, usos, enfermedades y
defectos. Troceado de árboles. Troceado de la madera.
Tema 2. Escuadras. Elaboración, medición y clasificación de
la madera. Desecación. Cubicación.
Tema 3. Herramientas e instrumentos auxiliares para trabajar
la madera. Afilado y afinado y manejo, trabajos preliminares.
Colas.
Tema 4. Carpintería de ribera. Nomenclatura naval. Sala de
gálibos-varaderas.
Tema 5. Acoplamientos y tableros reforzados.
Tema 6. Ensambles y empalmes.
Tema 7. Dibujo profesional: fundamentos, proyecciones
normas y trazado.
Tema 8. Arcos y molduras.
Tema 9. Herrajes y su colocación.
Tema 10. Chapeado, contrachapeados y marquetería.
Tema 11. Conglomerado de madera y materiales plásticos.
Tema 12. Preparación del trabajo, plantillas en general y
navales (de ribera).
Tema 13. Mobiliario de madera: estilos y fabricación.
Tema 14. Marcos, puertas, ventanas, balcones y persianas.
Tema 15. Escaleras, pavimentos de madera, revestimientos
y artesonados.
Tema 16. Andamios, cimbras y encofrados.
Tema 17. Cubiertas, marquesinas y buhardas.
Tema 18. Acabado: pulido, pintura, tintes. Conservación y
preservación.
Tema 19. Resistencia de la madera. Cálculo elemental de
piezas.
Tema 20. Maquinaria para trabajar la madera.
Especialidad: Impresión
Tema 1. Trazado-montaje: Métodos de trazado y montaje.
Procedimientos de montaje. Modelos de trazados y plegados.
Calidad del proceso de montaje. Tiras de control.
Tema 2. Pasado de planchas: Obtención de soportes o formas
para impresión. Tipos de planchas más utilizadas. Insolado,
procesado y retoque de planchas.
Tema 3. Características de las tintas y papeles que afectan
a la reproducción. Composición fisicoquímica de las tintas.
Tema 4. Clasificación de tintas según el sistema de impresión.
Mezclas, preparación aplicación.
Tema 5. Materiales fotomecánicos. Tipos de películas
fotográficas. Características del negativo y del positivo o fotolito.
Tema 6. Huecograbado o calcografía. Aplicación o recorte
del papel pigmento. Características de las tintas y del papel. Puesta
a punto de las rotativas.
Tema 7. Impresión tipográfíca. Operaciones de la impresión
tipográfica. Regulaciones de la máquina. Características de la
impresión en relieve. Tipos de tintas y papeles.
Tema 8. Impresión planográfica u offset. Características de
la impresión. La máquina offset. Tintas y papeles. Problemas de
impresión.
Tema 9. La serigrafía. Preparación y obtención de la matriz.
Métodos más usados. Tintas y soportes, El estarcido.
Tema 10. Otros procedimientos de impresión: fototipia,
xilografía, litografía, tampografía y termografía. Características
generales.
Tema 11. Papeles. Propiedades y características. Formas
especiales de presentación. Normalización del papel.
Tema 12. Proceso gráfico. Tipos de productos gráficos.
Diseño, maquetación y presentación. Presupuestos. Clasificación de
los gastos.
Tema 13. Transporte de materiales. Condiciones de
almacenamiento. Cambios de temperatura y humedad. Almacenaje del
papel.
Tema 14. Materiales complementarios: barnices, colas,
dorados, películas de estampación, telas, etc. Acondicionamiento y
preparación.
Tema 15. Luz y color. El espectro visible u óptico. Síntesis
aditiva y síntesis sustractiva. Los colores complementarios.
Tema 16. Representación del color: MUNSEI, HSB, RGB,
CMYK, CIE y LAB.
Tema 17. Variables de impresión: Densidad, contraste,
atrapado de tintas, ganancia de estampación, equilibrio de color y
de grises.
Tema 18. Procesos de artes gráficas. Tipo de impresos.
Control de calidad.
Tema 19. Nociones generales de encuadernación, acabados
y manipulados.
Tema 20. Seguridad y salud en el trabajo. Normas de
seguridad y salud. Condiciones de trabajo y seguridad personal.
Factores de riesgo. Medidas preventivas.
Especialidad: Composición
Tema 1. Trazado y montaje: métodos de trazado y montaje.
Procedimientos de montaje Modelos de trazado y plegados.
Tema 2. Materiales sensibles. Tipos de emulsiones
fotográficas. Características de las películas.
Tema 3. El proyecto gráfico: generalidades. Tipos de
productos gráficos. Diseño, maquetación y presentación, Presupuestos.
Clasificación de los gastos.
Tema 4. Papeles: propiedades y características. Formas
especiales de presentación. Normalización del papel.
Tema 5. Técnica de la composición ordinaria. Generalidades
y nomenclatura.
Tema 6. La composición y sus leyes.
Tema 7. Higiene, seguridad y organización industrial.
Tema 8. Los caracteres y sus clases. Clasificación estilística
de los caracteres. La corrección.
Tema 9. La composición: clases y sistemas. Pruebas de
composición. La composición seguida.
Tema 10. Técnica de la composición especial, Composiciones
complejas. Corrección de formas en máquina.
Tema 11. Técnica de la composición. Panorama general. El
soporte de la página impresa. Medidas de página.
Tema 12. Estética y técnica del impreso comercial y de
fantasía. Arte y técnica de la composición. El proyecto gráfico.
Tema 13. Clasificación de los impresos. Publigrafía.
Tema 14. El color en las artes gráficas. La luz. El espectro
visible u óptico. La síntesis aditiva y la síntesis sustractiva. Colores
complementarios. El lenguaje de los colores.
Tema 15. La composición manual. Los tipos móviles.
Caracteres transferibles.
Tema 16. La composición mecánica en caliente. La linotipia
y la monotipia. Características generales.
Tema 17. La composición mecánica en frío. Fotocomposición
y dactilocomposición. Características principales.
Tema 18. Procedimíentos de impresión: con matrices en
relieve, con matrices planas fototipia, offset, huecograbado y serigrafía.
Nociones generales.
Tema 19. Encuadernación, acabados y manipulados.
Nociones básicas y generales.
Tema 20. Principios básicos de autoedición. Formatos
digitales para textos. Generalidades de preimpresión.
ANEXO III
MAESTROS DE ARSENALES
(Promoción interna)
Órgano de selección
Tribunal titular:
Presidente: Coronel de Intendencia don Roberto García
Moreno.
Secretario: Teniente Coronel de Intendencia don Luis Delgado
Moreno.
Vocales:
Capitán de Fragata del Cuerpo de Ingenieros de la Armada
don Francisco Javier Sieres Pérez.
Capitán del Ejército de Tierra don José Luis Espinosa Muñoz.
Funcionario del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales
don Eduardo Toledano Villanueva.
Funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada
don Manuel Pérez Blanco.
Funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada
don Elías Hidalgo Blázquez.
Funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada
don Justo Jaime López Gutiérrez.
Funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada
don José Morgade García.
Funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada
don Alberto Ramírez Barrones.
Capitán Auditor don Hilario García Herranz.
Tribunal suplente:
Presidente: Capitán de Navío del Cuerpo de Ingenieros de la
Armada don Acacio Rodríguez Díaz.
Secretario: Comandante de Intendencia don Cristóbal Colón
Gómez.
Vocales:
Capitán de Corbeta del Cuerpo de Ingenieros de la Armada
don Tomás Novo Serra.
Capitán de Corbeta del Cuerpo de Ingenieros de la Armada
don Juan Pérez Cisneros.
Capitán de Corbeta del Cuerpo de Ingenieros de la Armada
don Alejandro Rey Portoles.
Funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales don Ángel
García Canalda.
Funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales don Francisco
Javier Ferriols Delgado.
Funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales don José
Luis Muñiz Marín.
Funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales don Manuel
Muñiz Marín.
Funcionario del Cuerpo de Maestros de Arsenales don Álvaro
Santamaría Rodríguez.
Comandante Auditor don José Manuel Gutiérrez del Álamo.
ANEXO IV
Don ..........................................................., con domicilio
en ............................................ y documento nacional de
identidad número ....................., declara bajo juramento
o promete, a efectos de ser nombrado funcionario del
Cuerpo ..........................., que no ha sido separado del servicio de
ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
En ................., a .... de ................. de ........
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid