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I. Características de las plazas y funciones
Concedida la autorización preceptiva por los Ministerios de
Hacienda y para las Administraciones Públicas, en base a lo
establecido en el artículo 21 de la Ley 54/1999, de 29 de diciembre,
de Presupuestos Generales del Estado para 2000, y de acuerdo
con lo dispuesto en la Instrucción conjunta de 30 de junio
de 1998 de las Secretarías de Estado para la Administración
Pública y de Presupuestos y Gastos, se anuncia, a convocatoria pública
y abierta, la plaza de Director del Centro Cultural de España en
Cuba, que será cubierta en régimen de contrato de alta dirección.
El Director del Centro se integrará en el personal técnico de
la Embajada de España en Cuba, y realizará las siguientes
funciones:
a) Dirección del personal del Centro Cultural y gestión de
los recursos económicos asignados al mismo.
b) Programación y ejecución de las actividades culturales a
realizar por el Centro tras su aprobación por la Dirección General
del ICI.
c) Identificación de los temas susceptibles de promocionar
la cooperación cultural de España en el país de destino.
d) Contactar con los responsables culturales del país de
destino.
e) Asesorar al excelentísimo Embajador de España en temas
culturales.
II. Régimen de contratación
El candidato designado para ocupar la plaza que se convoca,
suscribirá contrato de alta dirección, regulado por el Real Decreto
1382/1985, de 1 de agosto, y de conformidad con lo establecido
en la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional
para el Desarrollo, en el modelo utilizado por este Organismo
para los Directores de Centros Culturales de España y con mención
expresa del posible traslado de mutuo acuerdo a otro país a plaza
de similares características.
Su relación laboral quedará regulada por lo establecido en el
contrato y en la Resolución de la Presidencia de la Agencia
Española de Cooperación Internacional, de 6 de mayo de 1992 ("Boletín
Oficial del Estado" número 122, del 21).
Las retribuciones de la plaza serán las aprobadas, para la
categoría de Director de Centro Cultural de España en Cuba, por la
Comisión Interministerial de Retribuciones.
III. Requisitos de los aspirantes
Los aspirantes a la plaza que se convoca deberán reunir los
siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo,
conforme a lo establecido en el artículo 7 del Estatuto de los
Trabajadores.
c) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas
incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones
correspondientes.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni
hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas
por sentencia judicial firme.
e) Ser titulado superior universitario.
IV. Méritos específicos
a) Experiencia en gestión de Centros Culturales.
b) Experiencia en Cooperación Cultural con Iberoamérica.
c) Experiencia en gestión de recursos humanos y económicos.
d) Facilidad para las relaciones públicas.
e) Experiencia en captación de recursos de patrocinio para
actividades culturales.
f) Conocimiento de la realidad sociopolítica y cultural
iberoamericana.
V. Solicitudes
Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria, deberán
hacerlo constar en instancia acompañada de currículum vitae,
dirigida al excelentísimo señor Secretario general de la Agencia
Española de Cooperación Internacional (Vicesecretaría General,
avenida Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid), citando expresamente
"Plaza de Director del Centro Cultural de España en Cuba", sin
perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, en el plazo
de quince días naturales contados a partir del día siguiente a la
publicación de esta convocatoria.
VI. Valoración de méritos
La idoneidad de los aspirantes será evaluada, de acuerdo con
los méritos acreditados por los mismos, por una Comisión formada
por el Director general del Instituto de Cooperación
Iberoamericana, o en quien delegue, que la presidirá; el Vicesecretario
general de la AECI o en quien delegue, que actuará como Secretario
de la Comisión; un Vocal miembro del citado Instituto y un Vocal
miembro del Gabinete Técnico de la Secretaría General de la AECI.
La Comisión de Valoración establecerá los criterios, para
evaluar, a la vista de su currículo, los méritos de los candidatos en
relación con los específicos requeridos en la presente convocatoria,
especialmente la formación y conocimiento de la cooperación
cultural, de la legislación laboral y administrativa española en el
ámbito de la cooperación cultural y experiencia profesional en
instituciones culturales.
Producida esta evaluación, la Comisión podrá citar a los
candidatos preseleccionados, para la realización de una entrevista
personal. La entrevista versará sobre aspectos del currículum vitae
del candidato, puntos concretos de los méritos aducidos, sus
conocimientos sobre el país de destino y otros de su área geográfica,
idiomas requeridos y, en general, aquellos otros aspectos que
permitan a la Comisión evaluar la idoneidad del candidato para el
puesto.
Terminados sus trabajos, la Comisión de Valoración elevará
una propuesta en forma de terna, a la Secretaría General de la
Agencia Española de Cooperación Internacional que resolverá,
disponiendo la contratación del candidato designado.
Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos
oportunos.
Madrid, 24 de noviembre de 2000.-El Presidente, P. D.
(Resolución de 21 de noviembre de 1997 "Boletín Oficial del Estado"
de 10 de diciembre), el Secretario general, Jesús Manuel Gracia
Aldaz.
Ilmos. Sres. Directores generales del Instituto de Cooperación
Iberoamericana; del Instituto de Cooperación con el Mundo Árabe,
Mediterráneo y Países en Desarrollo; Director del Gabinete
Técnico de la Secretaría General y Vicesecretario general de la
AECI.
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