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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la
Ley 29/1983, de 12 de diciembre, y el Decreto de 19 de octubre
de 1973, y visto el expediente personal del Notario de Santiago
de Compostela don Alfredo Goyanes Vilariño, del cual resulta que
ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación,
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por
el artículo cuarto del Real Decreto 1474/2000, de 4 de agosto,
ha tenido a bien acordar la jubilación forzosa del mencionado
Notario por haber cumplido la edad legalmente establecida, y
remitir a la Mutualidad de Previsión Social del Cuerpo de Corredores
de Comercio Colegiados un certificado de servicios al objeto de
que por dicha Junta se fije la pensión y demás beneficios
mutualistas que sean procedentes.
Lo que le comunico para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 30 de octubre de 2000.-La Directora general, Ana
López-Monis Gallego.
Ilmo. Sr. Decano del Colegio Notarial de La Coruña.
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