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En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 2536/1985,
de 27 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la
Universidad Politécnica de Madrid, y con el fin de atender a las
necesidades de Personal de Administración y Servicios,
Este Rectorado, en virtud de las competencias atribuidas por
el artículo 18, en relación con el artículo 3.2 e), de la Ley
Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y por
el artículo 76 b) de los Estatutos de esta Universidad, ha resuelto
convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala
Administrativa de la Universidad Politécnica de Madrid, con sujeción a
las siguientes:
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 92 plazas
pertenecientes a la Escala Administrativa, grupo C, por el sistema
de promoción interna.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, modificada entre otras, por la Ley 23/1988,
de 28 de julio; la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función
Pública de la Comunidad de Madrid; el Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, de aprobación del Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional
de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado; los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid y lo
dispuesto en la presente convocatoria.
1.3 El procedimiento de selección de los aspirantes será el
de concurso-oposición, con las pruebas, valoraciones, méritos y
puntuaciones que se especifican en el anexo I de esta convocatoria.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.
1.5 Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes
se harán públicas las puntuaciones obtenidas en la fase de
concurso.
1.6 Una vez finalizada la fase de oposición y con respecto
a aquellos aspirantes que la hayan superado, les serán sumados
los puntos de la fase de concurso.
Superarán el proceso selectivo aquellos aspirantes que,
sumadas las fases de oposición y concurso, hayan obtenido mayor
puntuación sin que su número pueda ser superior al de plazas
convocadas.
1.7 El ejercicio de la fase de oposición se iniciará a partir
de la segunda quincena del mes de marzo de 2001.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
A) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea.
B) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.
C) Estar en posesión del título de Bachiller Superior,
Bachillerato Unificado Polivalente, Bachiller LOGSE, Formación
Profesional de segundo grado o equivalente, o en condiciones de
obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación
de solicitudes, o tener aprobadas las pruebas de acceso a la
Universidad para mayores de veinticinco años.
Podrán participar también aquellos aspirantes que sin poseer
la titulación necesaria, tengan una antigüedad de diez años en
un Cuerpo o Escala de funcionarios del grupo D, o en categoría
laboral equivalente en caso de ser personal laboral funcionarizado;
o una antigüedad de cinco años y aprobado el curso específico
de formación convocado a tal efecto por la Universidad Politécnica
de Madrid.
D) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
E) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado por sentencia judicial firme para el ejercicio
de funciones públicas.
F) Estar en servicio activo y ocupando un puesto en propiedad
en la Universidad Politécnica de Madrid y tener una antigüedad
de, al menos, dos años en un Cuerpo o Escala de funcionarios
del grupo D.
2.2 Todos los requisitos establecidos en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión
como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en solicitud que será facilitada
gratuitamente en el Registro General de la Universidad Politécnica de
Madrid (Rectorado UPM: Avenida Ramiro de Maeztu, número 7,
Madrid); en la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad
de Madrid (plaza Descubridor Diego de Ordás, número 3, Madrid);
en la Dirección General de la Función Pública (Calle María de
Molina, número 50, Madrid) y en el Instituto Nacional de
Administración Pública (calle de Atocha, número 106, Madrid).
3.2 La presentación de solicitudes ("Ejemplar para el órgano
Convocante") deberá realizarse en el Registro General de la
Universidad Politécnica de Madrid (avenida Ramiro de Maeztu,
número 7, 28040 Madrid), o en la forma prevista en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a partir del
siguiente a la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial
del Estado", y se dirigirán al excelentísimo señor Rector Magnífico
de la Universidad Politécnica de Madrid.
A la solicitud deberá adjuntarse comprobante bancario original
de haber satisfecho los derechos de examen a favor de esta
Universidad. La falta del comprobante bancario original, determinará
la exclusión del aspirante. Asimismo, en ningún caso, el pago
de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite
de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación
ante el Registro General de la Universidad Politécnica de Madrid.
Igualmente, junto a la solicitud, se acompañarán dos fotocopias
legibles del documento nacional de identidad o documentación
acreditativa correspondiente, si se es nacional de un Estado
miembro de la Unión Europea.
La certificación de los servicios prestados como funcionario
del grupo D, en la que deberá constar el grado consolidado, el
nivel del puesto desempeñado, la titulación del candidato y la
antigüedad en el Cuerpo o Escala, será expedida de oficio después
de terminado el plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero
podrán cursarse, en el plazo establecido anteriormente, a través
de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al
organismo competente.
Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas en el lugar
señalado en esta base, se considerarán entregadas en la fecha
en que tengan entrada en el Registro General de la Universidad
Politécnica de Madrid.
3.3 Los aspirantes deberán observar las siguientes
instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:
A) En el recuadro destinado a "Centro" consignarán: "UPM:
Escala Administrativa-Promoción".
B) En el recuadro destinado a "Escala" consignarán:
"Escala C".
C) En el recuadro destinado a "Plaza Número"
consignarán: "100".
3.4 Los derechos de examen serán de 916 pesetas y se
ingresarán en la cuenta corriente número 0085-0621-18-0000012155,
de la sucursal 621 del Banco de Santander (calle Cea Bermúdez,
número 25, de Madrid), a nombre de la Universidad Politécnica
de Madrid-"Pruebas Selectivas: C Administrativos-Promoción".
Estarán exentas del pago de los derechos de examen:
A) Las personas con minusvalía igual o superior al 33 por 100.
En este caso, junto con la solicitud de participación en estas
pruebas, deberá adjuntarse fotocopia compulsada del certificado de
minusvalía expedido por la Administración pública competente.
3.5 Los errores materiales, aritméticos o de hecho podrán
ser subsanados, en cualquier momento, de oficio o a petición de
los interesados.
3.6 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar
su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo
establecido en la base 3.2 para la presentación de solicitudes.
Transcurrido este plazo, no se admitirá ninguna petición de esta
naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y
libremente apreciada por el Tribunal.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector
de la Universidad Politécnica de Madrid dictará Resolución que
se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" en la que, además
de declarar aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos,
con indicación del lugar donde se encuentra expuesta dicha lista,
contendrá los nombres y apellidos de aspirantes excluidos y las
causas de exclusión.
Igualmente, en dicha Resolución, se recogerá el lugar, día y
hora de comienzo del ejercicio de la fase de oposición.
4.2 Para subsanar las causas que hayan motivado su
exclusión, los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días
hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de
la citada Resolución en el "Boletín Oficial del Estado". Los
aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que
haya motivado su exclusión, serán definitivamente apartados de
la participación en estas pruebas, deviniendo firme la relación
de admitidos.
En todo caso, al objeto de evitar errores y para posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, todos los aspirantes comprobarán,
bajo su exclusiva responsabilidad, no sólo que no figuran en la
relación de excluidos sino que, además, constan en la lista de
admitidos.
4.3 Contra dicha Resolución podrán los interesados
interponer recurso potestativo de reposición, ante el excelentísimo señor
Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid, en el
plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, o bien
directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos
meses desde el día siguiente a su publicación.
4.4 La posible devolución de la tasa por derechos de examen
se regirá por lo dispuesto en la Ley 27/1997, de 26 de diciembre,
de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas es el
que figura en el anexo III de esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir en el mismo, notificándolo al Rector de la Universidad,
cuando concurran en ellos las circunstancias prevenidas en el artículo
28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de
opositores en los cinco años anteriores a la publicación de esta
convocatoria.
Igualmente, cualquier aspirante, en escrito dirigido al Rector
de la Universidad, podrá recusar a los miembros del Tribunal en
quienes concurran alguna de las circunstancias previstas en el
párrafo anterior.
Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, el
Rector de la Universidad publicará en el "Boletín Oficial del
Estado", resolución por la que se nombren los nuevos miembros del
Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido tal
condición por alguna de las causas previstas en esta base, o por
otro motivo.
5.3 Todos los miembros del Tribunal, titulares y suplentes,
deberán poseer una titulación y pertenecer a Cuerpos o Escalas,
de igual o superior categoría a la de las plazas convocadas.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con asistencia del Presidente, del Secretario y de la mitad,
al menos, de sus miembros titulares o, en su caso, de sus
respectivos suplentes. En dicha sesión, el Presidente recordará a
todos los miembros del Tribunal el rigor en el cumplimiento del
deber de sigilo profesional a que vienen obligados, así como las
responsabilidades administrativas o penales que por cualquier
causa pudieran derivarse.
Asimismo, en dicha sesión constitutiva, el Tribunal acordará
todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto
desarrollo de las pruebas selectivas.
A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia del Presidente, del Secretario y de
la mayoría absoluta de sus miembros titulares o, en su caso, de
sus respectivos suplentes. El Tribunal adoptará sus acuerdos por
mayoría de votos.
5.5 De cada sesión que celebre el Tribunal se levantará acta
por el Secretario. Dichas actas se aprobarán por el Tribunal en
la misma o en la siguiente sesión, siendo firmadas por el Secretario
con el visto bueno del Presidente.
Cualquier miembro del Tribunal podrá hacer constar en el acta
su voto contrario al acuerdo adoptado con los motivos que lo
justifiquen, su abstención o la motivación de su voto favorable.
5.6 Los miembros titulares del Tribunal serán sustituidos, en
los casos en que proceda, por sus respectivos suplentes. Sólo
podrán actuar concurrentemente, titulares y suplentes, el día de
la constitución del Tribunal, el día de la realización de las pruebas,
o cuando el elevado número de aspirantes así lo exija.
5.7 El Tribunal queda facultado para interpretar las bases
de la presente convocatoria, así como para decidir sobre las
incidencias que puedan suscitarse en el desarrollo de todo el proceso
selectivo actuando, en todo momento, con plena autonomía
funcional. Igualmente, le corresponde elaborar las instrucciones de
examen para el correcto desarrollo de los ejercicios.
5.8 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de
enero; en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, de
aprobación del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos
de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración General del Estado; y en las bases de esta
convocatoria.
5.9 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas que resulten necesarias,
limitándose los mismos a prestar su colaboración en sus
especialidades técnicas. Asimismo, podrá nombrar ayudantes para
tareas internas de organización y vigilancia de los ejercicios. De
la designación de todos ellos se dará cuenta al Rector de la
Universidad.
5.10 El Tribunal determinará el contenido del ejercicio en
la misma sesión en que haya de celebrarse. De no ser posible
por el elevado número de aspirantes, el Presidente del Tribunal
determinará en dicha sesión el contenido del ejercicio a realizar
de entre los facilitados por cada miembro del Tribunal.
5.11 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que el ejercicio de la fase de oposición sea
corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio de la Presidencia, de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial
del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes previa
aprobación de la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
5.12 El Tribunal excluirá a aquellos aspirantes en cuyos
ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad
del mismo, o a aquellos que no hayan observado debidamente
las instrucciones de examen.
5.13 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad
Politécnica de Madrid (avenida Ramiro de Maeztu, número 7, 28040
Madrid). (Teléfono: 91 336 60 00).
En dicha sede, el Tribunal dispondrá una persona, miembro
o no del mismo, para que atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.14 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría tercera de las recogidas en anexo IV del Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 19).
5.15 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado el proceso selectivo un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas.
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo
establecido en esta base será nula de pleno derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "L", de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Dirección General de la
Función Pública de la Comunidad de Madrid, de 28 de abril de 2000
("Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" de 9 de mayo), que
publica el resultado del sorteo para la determinación del orden
de actuación de opositores para el año 2000.
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal a fin de acreditar su identidad.
Para ello, todos los aspirantes deberán acudir al ejercicio con
su documento nacional de identidad, o documento acreditativo
de ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.
6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización del
ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición
quienes no comparezcan dado el carácter de unidad de acto del
mismo, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente
justificados y apreciados por el Tribunal.
6.4 Concluido el ejercicio, los aspirantes podrán llevarse los
cuestionarios de examen correspondientes. Tras su celebración,
el Tribunal publicará las plantillas de respuestas correspondientes
a las dos partes de la oposición, tanto en la sede del mismo como
en el lugar donde se haya celebrado.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos en esta convocatoria, previa
audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Rector de
la Universidad, comunicándole asimismo, a los efectos legales
procedentes, las inexactitudes o falsedades formuladas por el
aspirante en su solicitud de participación en estas pruebas selectivas.
7. Listas de aprobados
7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
públicas, en su sede y en el lugar de celebración del ejercicio, la relación
de aspirantes aprobados que han superado el proceso selectivo,
ordenados según la puntuación alcanzada sumadas las fases de
oposición y concurso, y con indicación del número de documento
de identidad correspondiente.
7.2 El Presidente del Tribunal elevará copia certificada de
dicha relación de aprobados al excelentísimo señor Rector
Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el
día siguiente a la publicación de la relación de aprobados en la
sede del Tribunal y en el lugar de celebración del ejercicio, los
aspirantes aprobados deberán presentar en el Servicio de Personal
de Administración y Servicios de la Universidad Politécnica de
Madrid, los siguientes documentos:
A) Fotocopia compulsada del título a que hace referencia la
base 2.1 C), o certificado de tener aprobadas las pruebas de acceso
a la Universidad para mayores de veinticinco años.
B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado por sentencia judicial firme para
el ejercicio de funciones públicas, según modelo que figura en
el anexo IV de esta convocatoria.
8.2 Quienes ya tuvieran la condición de funcionario público
estarán exentos de justificar los extremos que sirvieron de base
para su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación
del Servicio de Personal del Ministerio u organismo del que
dependan justificativo de tal condición.
8.3 Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza
mayor no presentaren la documentación o de su examen se
dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la
base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que
pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud de
participación en estas pruebas selectivas.
8.4 Por la autoridad convocante y a propuesta del Tribunal
calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de
carrera de la Escala Administrativa de la Universidad Politécnica
de Madrid, mediante resolución que se publicará en el "Boletín
Oficial del Estado".
La propuesta de nombramiento deberá ir acompañada de
fotocopia del documento nacional de identidad o documentación
acreditativa de ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea,
de los aspirantes aprobados, y del ejemplar de la solicitud de
participación en estas pruebas selectivas enviado a la Universidad
convocante.
8.5 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será
efectuada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente
a la publicación del nombramiento en el "Boletín Oficial del
Estado". Tras tomar posesión, los opositores quedarán destinados en
el mismo puesto de trabajo que venían desempeñando.
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser
impugnados en los casos y en la forma previstos en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero; y en la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Asimismo, la Administración universitaria podrá, en su caso,
proceder a la revisión de oficio de las decisiones del Tribunal
conforme a lo previsto en la legislación vigente.
Madrid, 31 de octubre de 2000.-El Rector, Saturnino de la
Plaza Pérez.
ANEXO I
Ejercicios y valoración
1. Ejercicios
El proceso de selección constará de las siguientes fases:
Concurso y oposición.
1. Fase de oposición:
1.1 La fase de oposición estará formada por un único
ejercicio. Dicho ejercicio se articula en dos partes:
Primera parte: De carácter eliminatorio. Consistirá en la
resolución, por escrito, de un cuestionario teórico comprensivo de
setenta preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo
una de ellas la correcta, basado en el contenido completo del
programa que figura en el anexo II de esta convocatoria.
Cada respuesta incorrecta se penalizará con el 25 por 100
de una correcta.
El citado cuestionario será el resultado de un sorteo público
al comienzo del ejercicio, de entre dos propuestos por el Tribunal.
Segunda parte: De carácter eliminatorio. Estará orientada a
apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas
administrativas relacionadas con los contenidos de las materias
de Derecho Administrativo, Administración de Personal,
Administración Financiera y Administración Universitaria, a que hace
referencia el programa de la convocatoria. Consistirá en responder
a dos cuestionarios de carácter práctico, elegidos por el candidato
de entre cuatro propuestos por el Tribunal (uno de cada materia
del programa).
Cada cuestionario constará de diez preguntas con respuestas
múltiples.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de dos horas.
Para la realización del ejercicio, los aspirantes deberán acudir
provistos de lápiz del número 2 y bolígrafo negro.
2. Fase de concurso:
2.1 Fase de concurso: La valoración de los méritos señalados
en el apartado 1.1 de este anexo se realizará de la forma siguiente:
A) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en los Cuerpos
o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, se valorará hasta un máximo de seis puntos,
teniendo en cuenta a estos efectos los servicios prestados hasta
la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes,
siempre que se trate de servicios no prestados simultáneamente
con otros igualmente alegados, asignándose a cada año completo
de servicios efectivos una puntuación de 0,30 puntos, hasta el
límite máximo expuesto.
En este apartado se tendrán en cuenta los servicios reconocidos
al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.
B) Grado personal: Se valorará el que los aspirantes tengan
consolidado a la fecha en que finalice el plazo de presentación
de solicitudes, según la siguiente escala:
Grado correspondiente a los niveles, 15 y 16: 1 punto.
Grado correspondiente al nivel 17: 1,25 puntos.
Grado correspondiente al nivel 18: 1,50 puntos.
C) Puesto de trabajo: Se valorará el nivel de complemento
de destino correspondiente al puesto de trabajo que se tenga en
propiedad el día en que finalice el plazo de presentación de
solicitudes, según la siguiente escala:
Nivel CD 15 y 16: 2,5 puntos.
Nivel CD 17: 3 puntos.
Nivel CD 18: 3,5 puntos.
La valoración efectuada de este apartado no podrá ser
modificada como consecuencia de posibles cambios de nivel de
complemento de destino obtenidos o reconocidos con posterioridad
a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
D) Titulación académica: Se valorará la posesión de una
titulación académica igual o superior, pero distinta a la exigida para
ingreso en Cuerpos o Escalas del Grupo C del artículo 25 de la
Ley 30/1984 de 2 de agosto, hasta un máximo de 1 punto, según
la siguiente escala:
Bachiller, Formación Profesional de 2.o grado o equivalente:
0,50 puntos.
Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto
técnico, Formación Profesional de 3.er grado o equivalente: 0,75
puntos.
Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente: 1 punto.
E) Otros méritos: En este apartado se valorará el haber
superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de
veinticinco años o tener aprobados tres años de carrera de Facultad
o Escuela Técnica Superior, a aquellos candidatos que no hayan
recibido puntuación en el apartado D), de la fase de concurso,
según el siguiente baremo:
Pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco
años: 0,50 puntos.
Tres años de carrera: 0,75 puntos.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a
la puntuación alcanzada en la fase de oposición, a efectos de
determinar los aspirantes que han superado el proceso selectivo.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso
podrá aplicarse para superar la fase de oposición.
2.2 Fase de oposición: La primera parte del ejercicio se
calificará de 0 a 14 puntos y la segunda parte de 0 a 6 puntos.
El Tribunal calificador fijará la puntuación mínima necesaria
para superar ambas partes y cada una de ellas. Todo ello a la
vista de la dificultad de los cuestionarios propuestos y del grado
de conocimiento alcanzado con referencia al nivel necesariamente
exigible para el acceso a esta Escala.
ANEXO II
Programa
I. Derecho Administrativo
Tema 1. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía
de las fuentes. La Constitución. La Ley. Disposiciones normativas
con fuerza de ley. El Reglamento.
Tema 2. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos.
Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos
administrativos. La revisión del acto administrativo. El principio de
legalidad.
Tema 3. El procedimiento administrativo: Concepto y
principios generales. La Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
Contenido y ámbito de aplicación. Fases del procedimiento
administrativo: Iniciación, ordenación, instrucción y terminación del
procedimiento administrativo.
Tema 4. La organización administrativa: Órganos superiores
y órganos directivos. Órganos centrales y órganos territoriales.
Órganos colegiados. Organismos públicos: Los Organismos
Autónomos y Entidades Públicas Empresariales.
Tema 5. Actos jurídicos del administrado: Peticiones y
solicitudes, aceptaciones, recursos y reclamaciones, renuncias,
opciones, requerimientos, intimaciones y declaraciones. Participación
del administrado en las funciones administrativas.
Tema 6. Los recursos administrativos: Concepto y clases.
Recursos de alzada, reposición y revisión. Las reclamaciones
económico-administrativas. La Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Tema 7. Los contratos administrativos. Concepto y clases.
Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios
y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos
administrativos.
II. Administración de Personal
Tema 1. Órganos superiores de la Función Pública.
Composición y atribuciones. El Registro Central de Personal. La
distribución de competencias en materia de personal: Departamentos
Ministeriales, Secretaría de Estado de la Administración Pública
y Dirección General de la Función Pública. La Comisión Superior
de Personal.
Tema 2. El personal funcionario al servicio de las
Administraciones Públicas. Funcionarios de carrera y funcionarios de
empleo. Selección. Provisión de puestos de trabajo. Promoción
profesional de los funcionarios. Adquisición y pérdida de la
condición de funcionario. Situaciones de los funcionarios. Supuestos
y efectos de cada una de ellas.
Tema 3. Derechos y deberes de los funcionarios. Las
incompatibilidades. Régimen disciplinario: Faltas, sanciones y
procedimiento.
Tema 4. El personal laboral al servicio de las
Administraciones Públicas. Selección. Derechos, deberes e
incompatibilidades. El contrato laboral: Contenido, duración y suspensión.
Negociación laboral. Conflictos y Convenios Colectivos.
Tema 5. El régimen de Seguridad Social del personal laboral.
Estructura del Sistema de la Seguridad Social. Afiliación y
cotización.
Tema 6. Acción protectora de la Seguridad Social. Entidades
gestoras y servicios comunes. Asistencia sanitaria. Incapacidad
temporal. Invalidez permanente. Jubilación.
Tema 7. El régimen de la Seguridad Social de los funcionarios.
La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado
(MUFACE). El sistema de derechos pasivos.
III. Administración Financiera
Tema 1. El presupuesto: Concepto. Los principios
presupuestarios. Ciclo presupuestario. El Presupuesto por programas.
Concepto y objetivos. Fases: Programación. Presupuestación y control.
Tema 2. El presupuesto del Estado en España. Características
y estructura. Los créditos presupuestarios: Características. Las
modificaciones presupuestarias: Créditos extraordinarios y
suplementos de crédito. Ampliaciones de crédito. Generaciones de
crédito. Incorporaciones de créditos. Transferencias de créditos.
Tema 3. El procedimiento administrativo de ejecución del
presupuesto de gasto. Ordenación del gasto y ordenación del pago.
Órganos competentes. Fases del procedimiento y documentos
contables que intervienen. Liquidación y cierre del ejercicio.
Tema 4. Retribuciones de los funcionarios públicos y del
personal laboral al servicio de la Administración Pública.
Retribuciones básicas: Sueldos, trienios, pagas extraordinarias,
retribuciones complementarias y otras remuneraciones. Devengo y
liquidación de derechos económicos. Pago de las retribuciones del
personal en activo: Pago por transferencia y pago por cheque
nominativo.
Tema 5. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos
de transferencia: Corrientes y de capital. Gastos de inversión.
Pagos: Concepto y clasificación. Pagos por obligaciones
presupuestarias. Pagos "en firme", "a justificar" y "caja fija". Justificación
de libramientos.
Tema 6. La ejecución presupuestaria y la contratación
administrativa. Especial referencia a los contratos de obras, de gestión
de servicios públicos y de suministros. Los contratos de consultoría
y asistencia, los contratos de servicios y los de trabajos específicos
y concretos no habituales.
Tema 7. El control del gasto público. Control interno: La
intervención General del Estado. Control externo: Tribunal de Cuentas.
Especial referencia al control de legalidad. La cuenta general del
Estado.
IV. Administración Universitaria
Tema 1. La Administración educativa. Ministerio de
Educación y Cultura. Secretaría de Estado de Universidades,
Investigación y Desarrollo. Consejo de Universidades. Competencias
educativas y órganos gestores a nivel universitario de la Comunidad
Autónoma de Madrid.
Tema 2. La Universidad Politécnica de Madrid. Órganos de
gobierno colegiados y unipersonales. El Consejo Social.
Tema 3. La Universidad Politécnica de Madrid. Régimen
económico y financiero. Patrimonio. Presupuesto. Financiación y
control. Especial referencia al artículo 11 de la LRU.
Tema 4. La Universidad Politécnica de Madrid. Clases y
régimen jurídico del profesorado. Retribuciones.
Tema 5. Organización administrativa de la Universidad
Politécnica de Madrid. Clases y régimen jurídico del personal de
Administración y Servicios. Relaciones de Puestos de Trabajo. Escalas
y provisión de puestos de trabajo.
Tema 6. La Universidad Politécnica de Madrid. Organización
académica. Departamentos. Escuelas Técnicas Superiores.
Facultades. Escuelas Universitarias. Institutos Universitarios. Centros
adscritos.
Tema 7. La Universidad Politécnica de Madrid. Matrículas.
Tasas y precios públicos. Liquidación, gestión, recaudación y
aplicación al presupuesto de las tasas. Seguro escolar.
Tema 8. La Universidad Politécnica de Madrid. Régimen de
alumnado. Planes de estudio. Acceso y permanencia.
Convalidaciones. Títulos Universitarios.
ANEXO III
1. Tribunal:
1.1 El Tribunal estará compuesto por los siguientes
miembros:
Titulares:
Presidente: Ilustrísimo señor don Fernando Lanzaco Bonilla.
Gerente de la Universidad Politécnica de Madrid.
Vocales:
1.o Ilustrísimo señor don Adolfo de Francisco García.
Vicerrector de Doctorado de la Universidad Politécnica de Madrid.
2.o Ilustrísimo señor don Jesús Sánchez Mifiana. Director de
la ETSI Telecomunicación.
3.o Don Carlos Otennín Blanco. Representante del Personal
de Administración y Servicios de la Universidad Politécnica de
Madrid
4.o Don Santiago Arquero Arquero. Representante del
Personal de Administración y Servicios de la Universidad Politécnica
de Madríd.
Secretaria: Doña Milagros Torija Romero. Escala
Administrativa de la Universidad Politécnica de Madrid.
Suplentes:
Presidenta: Doña Montserrat Botaya Sindreu. Vicegerente de
la Universidad Politécnica de Madrid.
Vocales:
1.o Ilustrísimo señor don Félix Soriano Santandreu.
Vicerrector de Ordenación Académica la Universidad Politécnica de
Madrid.
2.o Ilustrísimo señor don Joaquín García de Martitegui.
Director de la EUIT Agrícola.
3.o Doña Mercedes Adán Calvo. Representante del Personal
de Administración y Servicios de la Universidad Politécnica de
Madrid.
4.o Don Julián Pajuelo Fernández. Representante del
Personal de Administración y Servicios de la Universidad Politécnica
de Madrid.
Secretaria: Doña M.a del Carmen del Castillo Ortigüela. Escala
Administrativa de la Universidad Politécnica de Madrid.
ANEXO IV
Don .........................................................
con domicilio en ................................................
y con documento nacional de identidad número: .................
Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
ftmcionario de la Escala ................................. que no
ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones
Públicas y que no se halla inhabilítado para el ejercicio de las
funciones públicas.
En ................. a....... de ..................... de 2000
ANEXO V
Don .........................................................
cargo ...........................................................
Certifico: Que de los antecedentes obrantes en este centro,
relativos al opositor abajo indicado, se justifican los siguientes
extremos:
Datos del opositor:
Apellidos y nombre ..........................................
Cuerpo o Escala a la que pertenece: ..........................
Documento nacional de identidad número: ...................
Número de Registro de Personal: .............................
Titulación académica: .......................................
1. Destino actual: ..........................................
2. Total de servicios reconocidos en el Cuerpo o Escala de
pertenencia, a la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes:
Años: .............. meses: .............. días: ..............
2.1 Antigüedad en el Cuerpo o Escala como funcionario de
carrera hasta el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes:
Años: .............. meses: .............. días: ..............
2.2 Servicios previos reconocidos al amparo de la Ley
70/1978 (base 2.2 de la convocatoria):
Años: .............. meses: .............. días: ..............
Curso Específico de Formación para acceso al grupo C
Sí
iNo
i
3. Grado personal consolidado y formalizado a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes: .............
4. Nivel de complemento de destino del puesto de trabajo
ocupado a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes: .....................................................
Y para que conste, expido la presente certificación en Madrid
a ...............................................................
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid