Está Vd. en

Documento BOE-A-2000-20821

Resolución de 30 de octubre de 2000, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la provisión de la plaza de Coordinador general de la Cooperación Española en China.

Publicado en:
«BOE» núm. 276, de 17 de noviembre de 2000, páginas 40124 a 40125 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2000-20821

TEXTO ORIGINAL

I. Características de la plaza y funciones

Concedida la autorización preceptiva por los Ministerios de

Hacienda y para las Administraciones Públicas, en base a lo

establecido en el artículo 21 de la Ley 54/1999, de 29 de diciembre,

de Presupuestos Generales del Estado para 2000, y de acuerdo

con lo dispuesto en la Instrucción conjunta de 30 de junio de

1998 de las Secretarías de Estado para la Administración Pública

y de Presupuestos y Gastos, se anuncia, a convocatoria pública

y abierta, la plaza de Coordinador general de la Cooperación

Española en China, que será cubierta en régimen de contrato de alta

dirección.

El Coordinador general de la Cooperación Española en China

se integrará en el personal técnico de la Embajada de España

y realizará las siguientes funciones:

a) En el ámbito de las actividades generales de la Oficina

Técnica de Cooperación en China:

Ostentar la representación de la Agencia Española de

Cooperación Internacional.

Dirección del personal de la Oficina Técnica de Cooperación

de la Agencia Española de Cooperación Internacional en China.

Gestión y administración de los recursos económicos de la

Agencia destinados en China.

Gestión y administración de los recursos de otras instituciones

españolas que ejecutan proyectos de cooperación en China.

Asegurar la coordinación de las actividades de la cooperación

española con las del resto de los responsables de la representación

de España en China bajo la dirección del Jefe de la misma.

b) En el ámbito específico de la cooperación:

Gestión de los programas de cooperación.

Relación con las autoridades e instituciones contrapartes.

Identificación, ejecución, seguimiento y control de los

proyectos bilaterales de cooperación.

Elaboración de informes y memorias de los programas.

Detección de oportunidades para proyectos de coinversión y

ofertas de bienes o servicios españoles generados por los proyectos

de coooperación en vigor.

Prestar apoyo a instituciones españolas en el desarrollo de

proyectos de cooperación en China.

II. Régimen de contratación

El candidato designado para ocupar la plaza que se convoca

suscribirá contrato de alta dirección, regulado por el Real Decreto

1382/1985, de 1 de agosto, y de conformidad con lo establecido

en la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional

para el Desarrollo, en el modelo utilizado por este organismo para

los Coordinadores generales de la Cooperación Española y con

mención expresa del posible traslado de mutuo acuerdo a otro

país a plaza de similares características.

Su relación laboral quedará regulada por lo establecido en el

contrato y en la Resolución de la Presidencia de la AECI de 6

de mayo de 1992 ("Boletín Oficial del Estado" número 122, del 21).

Las retribuciones de la plaza serán las aprobadas para la

categoría de Coordinador general de la Cooperación Española en China

por la Comisión Interministerial de Retribuciones.

III. Requisitos de los aspirantes

Los aspirantes a la plaza que se convoca deberán reunir los

siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo,

conforme a lo establecido en el artículo 7 del Estatuto de los

Trabajadores.

c) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas

incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones

correspondientes.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas ni

hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas

por sentencia judicial firme.

e) Ser titulado superior universitario.

f) Formación y experiencia en el ámbito de la cooperación

para el desarrollo.

IV. Méritos específicos

a) Experiencia profesional demostrable de, al menos, tres

años en instituciones públicas o privadas de desarrollo.

b) Conocimientos del idioma inglés y chino.

c) Experiencia de cooperación sobre el terreno en países en

vías de desarrollo.

d) Conocimiento del funcionamiento de la Administración

pública española.

e) Capacidad de gestión y dirección de equipos humanos.

f) Conocimientos de la legislación laboral y administrativa

española, especialmente en el ámbito de la cooperación para el

desarrollo.

V. Solicitudes

Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán

hacerlo constar en instancia, acompañada de currículum vitae,

dirigida al excelentísimo señor Secretario general de la Agencia

Española de Cooperación Internacional (Vicesecretaría General,

avenida Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid), citando expresamente

"Plaza de Coordinador general de la Cooperación Española en

China", sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, en el plazo de quince días naturales, contados a partir

del día siguiente a la publicación de esta convocatoria.

VI. Valoración de méritos

La idoneidad de los aspirantes será evaluada, de acuerdo con

los méritos acreditados por los mismos, por una Comisión formada

por el Director general del Instituto de Cooperación con el Mundo

Árabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo, o en quien delegue,

que la presidirá; el Vicesecretario general de la AECI o en quien

delegue, que actuará como Secretario de la Comisión; un Vocal

miembro del citado Instituto y un Vocal miembro del Gabinete

Técnico de la Secretaría General de la AECI.

La Comisión de Valoración establecerá los criterios, para

evaluar, a la vista de sus currículo, los méritos de los candidatos

en relación con los específicos requeridos en la presente

convocatoria, especialmente la formación y conocimiento de la

cooperación para el desarrollo, de la legislación laboral y

administrativa española en el ámbito de la cooperación para el desarrollo

y experiencia profesional en instituciones de desarrollo.

Producida esta evaluación, la Comisión podrá citar a los

candidatos preseleccionados para la realización de una entrevista

per

sonal. La entrevista versará sobre aspectos del currículum vitae

del cantidato, puntos concretos de los méritos aducidos, sus

conocimientos sobre el país de destino y otros de su área geográfica,

idiomas requeridos y, en general, aquellos otros aspectos que

permitan a la Comisión evaluar la idoneidad del candidato para el

puesto.

Terminados sus trabajos, la Comisión de Valoración elevará

una propuesta en forma de terna a la Secretaría General de la

Agencia Española de Cooperación Internacional, que resolverá,

disponiendo la contratación del candidato designado.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos

oportunos.

Madrid, 30 de octubre de 2000.-El Presidente, P. D.

(Resolución de 21 de noviembre de 1997, "Boletín Oficial del Estado"

de 10 de diciembre), el Secretario general, Jesús Manuel Gracia

Aldaz.

Ilmos. Sres. Directores generales del Instituto de Cooperación

Iberoamericana; del Instituto de Cooperación con el Mundo Árabe,

Mediterráneo y Países en Desarrollo; Director del Gabinete

Técnico de la Secretaría General, y Vicesecretario general de

la AECI.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid