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Por Resolución de la Dirección General de Instituciones
Penitenciarias, de 21 de febrero de 2000, fueron nombrados
funcionarios en prácticas del Cuerpo Especial de Instituciones
Penitenciarias los aspirantes aprobados en las correspondientes pruebas
selectivas.
Una vez superado el curso selectivo previsto en la base 1.6
y anexo I de la convocatoria de las pruebas selectivas, por el
sistema de promoción interna, aprobada por Orden del Ministerio
del Interior, de 11 de diciembre de 1998 ("Boletín Oficial del
Estado" del 15), procede el nombramiento de funcionarios de carrera
en el citado Cuerpo.
En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Administración
Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del
Estado" de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado, y el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984,
de 28 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" de 7 de diciembre),
de Atribución de Competencias en Materia de Personal, a
propuesta de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias,
resuelve:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera, por el sistema de
promoción interna, del Cuerpo Especial de Instituciones
Peniten
ciarias a los aspirantes aprobados en el proceso selectivo. La
relación completa de los funcionarios nombrados se encontrará
expuesta en los tablones de anuncios de todos los centros
penitenciarios y en la Dirección General de Instituciones
Penitenciarias.
Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de carrera
deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con lo
establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar
posesión de su destino en el plazo de un mes, a partir del día siguiente
al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del
Estado".
Tercero.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición ante esta Secretaría de Estado, en el plazo de un mes a
contar desde del día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, o bien recurso
contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses,
a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio
de 1998.
Lo que comunico a VV. II.
Madrid, 25 de octubre de 2000.-El Secretario de Estado,
Ignacio González González.
Ilmos. Sres. Director general de Instituciones Penitenciarias y
Directora general de la Función Pública.
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