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De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, se dicta la presente Resolución, sobre emisión y puesta en circulación de la serie de sellos de Correos «Literatura Española» (personajes de ficción).
En su virtud, hemos resuelto:
Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda se procederá a la estampación de una serie de sellos de Correos con la denominación de «Literatura Española» (personajes de ficción).
En el mes de noviembre se pondrá en circulación la serie «Literatura Española», personajes de ficción. Contará este año con tres sellos dedicados, respectivamente, a «Entre Naranjos», «La Venganza de Don Mendo» y «El Alcalde de Zalamea».
El sello dedicado a la novela «Entre Naranjos», de don Vicente Blasco Ibáñez, de la que este año se celebra el centenario de su publicación.
El sello dedicado a «La Venganza de Don Mendo», de don Pedro Muñoz Seca, ha sido diseñado por Antonio Mingote.
El tercer sello de esta serie está dedicado a «El Alcalde de Zalamea», rinde homenaje al insigne dramaturgo don Pedro Calderón de la Barca en el año en que se conmemora el IV Centenario de su nacimiento.
Características técnicas:
Procedimiento de impresión: Huecograbado («Entre Naranjos» y «La Venganza de Don Mendo»). Calcografía («El Alcalde de Zalamea»).
Papel: Estucado, engomado, fosforescente. (Huecograbado) y estucado engomado mate fosforescente (Calcografía).
Dentado: 13 3/4.
Tamaño del sello: 40,9×28,8 mm (horizontal) («La Venganza de Don Mendo» y «El Alcalde de Zalamea») y 28,8×40,9 mm (vertical) («Entre Naranjos»).
Efectos en pliego: 50.
Valores postales: 35, 70, y 100 (0,21, 0,42 y 0,60 euros).
Tirada: 1.500.000 cada uno de los motivos.
La venta y puesta en circulación de esta emisión se iniciará el 17 de noviembre de 2000.
Su distribución a los puntos de venta cesará el 31 de diciembre del año 2001, no obstante lo cual, mantendrán indefinidamente su valor a efectos de franqueo, hasta que se dicte orden en contrario.
De estos efectos quedarán reservadas en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, 3.500 unidades a disposición de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos, para atender los compromisos internacionales, derivados de la pertenencia a la Unión Postal Universal y de los intercambios con otras Administraciones Postales, así como para su incorporación a los fondos filatélicos del Museo Postal y Telegráfico y para la promoción del sello español.
Otras 2.000 unidades de estos efectos serán reservadas a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, para atenciones de intercambio con los organismos emisores de otros países, integración en los fondos filatélicos del Museo de dicha Fábrica y promoción filatélica nacional e internacional.
Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda se procederá a la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos, pruebas, planchas y cualquier otro elemento o material utilizado, una vez realizada la emisión. Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Fábrica, que alguno de los elementos empleados en la preparación o estampillado de la emisión anteriormente aludida encierra gran interés histórico o didáctico, podrá ser destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el Museo de la Fábrica, el Museo Postal o cualquier otro Museo de interés en la materia. En todo caso se extenderá la correspondiente acta, tanto de la inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se integren en alguno de los indicados Museos.
Lo que comunicamos a VV.II. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 18 de octubre de 2000.–El Subsecretario de Fomento, Adolfo Menéndez Menéndez.–El Subsecretario de Economía, Miguel Crespo Rodríguez.
Ilmo. Sr. Consejero-Director general de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos e Ilmo. Sr. Presidente Director de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.
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