En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1.o de la Ley
29/1983, de 12 de diciembre, y del Decreto de 19 de octubre
de 1973, y visto el expediente personal del Notario de Leganés,
don Julio Francisco Arias-Camisón Santos, del cual resulta que
ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación,
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por
el artículo 4.o del Real Decreto 1474/2000, de 4 de agosto, ha
tenido a bien acordar la jubilación forzosa del mencionado Notario
por haber cumplido la edad legalmente establecida, y remitir a
la Junta de Patronato de Mutualidad Notarial un certificado de
servicios al objeto de que por dicha Junta se fije la pensión y
demás beneficios mutualistas que sean procedentes.
Lo que le comunico para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 4 de octubre de 2000.-La Directora general, Ana
López-Monís Gallego.
Ilmo. Sr. Decano del Colegio Notarial de Madrid
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