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Documento BOE-A-2000-1959

Resolución 17/2000, de 26 de enero, de la Dirección General de Personal, por la que se delegan determinadas competencias en materia de prestaciones de Clases Pasivas en el Subdirector general de Personal Militar.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 31 de enero de 2000, páginas 4249 a 4249 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2000-1959
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2000/01/26/17

TEXTO ORIGINAL

El artículo 11 del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, atribuye al Director general de Personal del Ministerio de Defensa la competencia para el reconocimiento de derechos pasivos y la concesión de prestaciones causadas por el personal comprendido en el número 1 del artículo 3 de dicho texto que hayan prestado servicios de carácter militar.

La Resolución 264/1999, de 23 de noviembre, de la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa, delegó en el Subdirector general de Costes de Personal y Pensiones Militares las competencias en materia de pensiones causadas por el personal militar.

El Real Decreto 76/2000, de 21 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 1883/1996, de 2 de agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, suprime la Subdirección General de Costes de Personal y Pensiones Militares, asignando las funciones en materia de tramitación de prestación de Clases Pasivas militares a la Subdirección General de Personal Militar.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13, apartado 1, de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y previa aprobación de Ministro de Defensa, resuelvo:

Primero.-Quedan delegadas en el Subdirector general de Personal Militar las competencias atribuidas al Director general de Personal del Ministerio de Defensa en el artículo 11, número 3, del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, en materia de reconocimiento de derechos pasivos y de concesión de las prestaciones de Clases Pasivas del Estado.

Segundo.-Las resoluciones adoptadas por el Subdirector general de Personal Militar en materia de prestaciones de Clases Pasivos militares no pondrán fin a la vía administrativa, siendo recurribles en alzada ante el Ministro de Defensa.

Tercero.-En todo momento, el Director general de Personal podrá avocar para sí el conocimiento y resolución de cualquier asunto de los comprendidos en la delegación que se otorga, de conformidad con las normas previstas en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto.-La delegación de competencias de la presente Resolución entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Defensa".

Madrid, 26 de enero de 2000.-El Director general, Joaquín Pita da Veiga Jáudenes.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 26/01/2000
  • Fecha de publicación: 31/01/2000
  • Fecha de entrada en vigor: 01/02/2000
  • Fecha de derogación: 02/06/2001
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
  • CITA Ley de Clases Pasivas, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril (Ref. BOE-A-1987-12636).
Materias
  • Clases Pasivas
  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa
  • Ministerio de Defensa

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