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Documento BOE-A-2000-19578

Orden de 18 de octubre de 2000, del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convoca concurso de traslados entre funcionarios docentes de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 31 de octubre de 2000, páginas 37781 a 37781 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOE-A-2000-19578

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre ("Boletín Oficial

del Estado" del 6), de acuerdo con las previsiones establecidas

en la disposición adicional novena.4 de la LOGSE establece la

obligación para las Administraciones Educativas competentes de

convocar cada dos años concursos de ámbito nacional en los que

podrán participar todos los funcionarios docentes, cualquiera que

sea la Administración Educativa de la que dependan o por la que

hayan ingresado, siempre que reúnan los requisitos para ello. A

este fin, los interesados podrán participar en todos los concursos

mediante un solo acto obteniendo, de la resolución de los mismos,

un único destino en cada Cuerpo.

La Orden del Ministerio de Educación y Cultura de 2 de octubre

de 2000, establece las normas procedimentales aplicables a los

concursos de traslados de ámbito nacional de funcionarios de los

Cuerpos docentes que imparten las enseñanzas establecidas en

la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo

(LOGSE), que se convoquen durante el curso 2000-2001. Dicha

Orden tiene como objetivo el establecer las normas

procedimentales necesarias para permitir la celebración coordinada de los

concursos de traslados de ámbito nacional a fin de asegurar la

efectiva participación en condiciones de igualdad de todos los

funcionarios públicos docentes, dispongo:

Artículo único.

1. Convocar concurso de traslados entre funcionarios

docentes de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria,

Profesores Técnicos de Formación Profesional y Profesores de

Escuelas Oficiales de Idiomas, dependientes del Departamento de

Educación, Universidades e Investigación de la Comunidad Autónoma

del País Vasco.

2. Aprobar las bases de dicha convocatoria que figuran como

anexo a la presente Orden.

Disposición adicional única.

Los requisitos de participación y los méritos alegados deberán,

respectivamente, tenerse cumplidos o perfeccionados a la

finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Disposición final primera.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su

publicación en el "Boletín Oficial del País Vasco".

Disposición final segunda.

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso

potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Universidades

e Investigación en el plazo de un mes a partir del día siguiente

al de su publicación en el "Boletín Oficial del País Vasco" o recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el

plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación

en el "Boletín Oficial del País Vasco".

Vitoria-Gasteiz, a 18 de octubre de 2000.-El Consejero, Inaxio

Oliveri Albisu.

(En suplemento aparte se publican los anexos correspondientes)

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