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Documento BOE-A-2000-18276

Resolución de 2 de octubre de 2000, de la Subsecretaría, por la que se asignan determinadas Zonas de Inspección de los Servicios.

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 10 de octubre de 2000, páginas 34834 a 34835 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2000-18276

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1733/1998, de 31 de julio, sobre procedimientos de actuación de la Inspección de los Servicios del Ministerio de Economía y Hacienda, en su artículo 2.1 determina que las Inspecciones de los Servicios se organizarán, dentro del territorio nacional, por zonas geográficas de actuación, comprensivas del ámbito de una o más Comunidades Autónomas. La organización y la adscripción de los Inspectores de los Servicios a las zonas será acordada, en el ámbito de la Inspección General, por el Subsecretario de Economía y Hacienda, y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

El Real Decreto 689/2000, de 12 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Ministerios de Economía y Hacienda en su disposición adicional única, apartado 7, establece que la Inspección General del Ministerio de Hacienda asume las competencia de la Inspección General del Ministerio de Economía y Hacienda, y el artículo 2.3 incardina orgánicamente a la Inspección General en la Subsecretaría de Hacienda.

La última asignación de Zonas de Inspección de los Servicios fue efectuada por Resolución de 4 de noviembre de 1998 de la Subsecretaría de Economía y Hacienda. Desde esa fecha se han producido alteraciones en los efectivos de Inspectores de los Servicios que hacen conveniente su modificación.

En su virtud, se resuelve:

Primero.

Para el ejercicio de las funciones que los Inspectores de los Servicios de Economía y Hacienda han de desempeñar en relación con los órganos territoriales del Departamento, conforme a la Ley de 3 de septiembre de 1941 y el Real Decreto 1733/1998, de 31 de julio, se asignan las Zonas que se indican a los Inspectores de los Servicios siguientes:

Zona 1.ª Andalucía: Don Guillermo José Bauzá Cardona.

Zona 2.ª Aragón: Don Ángel Marrón Gómez.

Zona 3.ª Asturias: Don José Aurelio García Martín.

Zona 4.ª Baleares: Don Ángel Marrón Gómez.

Zona 5.ª Canarias: Don Celso Javier Bermejo Sánchez.

Zona 6.ª Cantabria: Don Celso Javier Bermejo Sánchez.

Zona 7.ª Castilla-La Mancha: Doña Ana María Naveira Naveira.

Zona 8.ª Castilla y León: Don Óscar Moreno Gil.

Zona 9.ª Cataluña: Don Juan Luis Sanchis Moll.

Zona 10.ª Extremadura: Don Juan Antonio Blanco-Magadán Amutio.

Zona 11.ª Galicia: Don Santiago Herrero Suazo.

Zona 12.ª La Rioja: Doña Carmen Yturriaga Fernández.

Zona 13.ª Madrid: Don Joaquín Soto Guinda.

Zona 14.ª Murcia: Don Juan Luis Sanchis Moll.

Zona 15.ª Navarra: Doña Carmen Yturriaga Fernández.

Zona 16.ª País Vasco: Don José Carlos Fernández Cabrera.

Zona 17.ª Valencia: Don Fernando Pérez-Olivares Hinojosa.

Zona 18.ª Ceuta y Melilla: Don Guillermo José Bauzá Cardona.

Segundo.

Cuando alguna Zona quede vacante, la Inspectora general del Ministerio de Hacienda, podrá encomendar a un Inspector de los Servicios, el ejercicio de las funciones que en la misma corresponda, en función de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 2.1 del Real Decreto 1733/1998, de 31 de julio.

Tercero.

Esta Resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a VV. EE. y VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 2 de octubre de 2000.–El Subsecretario, Ramón Catalá Polo.

Excmos. Sres. Secretario de Economía, de la Energía y de la Pequeña y Mediana Empresa; Secretario de Estado de Comercio y Turismo; Secretario de Estado de Hacienda; Secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos, e Ilmos. Sres. Subsecretario de Economía; Secretario general Técnico del Ministerio de Hacienda; Inspectora general del Ministerio de Hacienda, y Delegados de Economía y Hacienda.

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