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Documento BOE-A-2000-17615

Resolución de 25 de julio de 2000, de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos, por la que se dispone la pérdida de la condición de funcionario de don Rafael Menjibar Álvarez.

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 30 de septiembre de 2000, páginas 33519 a 33519 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2000-17615

TEXTO ORIGINAL

El Juzgado de lo Penal número 16 de Barcelona, Sentencia

número 345/1999, de fecha 5 de octubre de 1999, condena a

don Rafael Menjibar Álvarez, funcionario del Cuerpo Auxiliar

Postal y Telecomunicación, Escala de Clasificación y

Reparto, A13TC-35696, como autor criminalmente responsable de un

delito de infidelidad en la custodia de documentos en concurso

medial con delito continuado de robo con fuerza, con la

concurrencia de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal,

atenuante de reparación de daño, a las penas de dos años de

prisión, con las accesorias legales de inhabilitación especial para

el derecho de sufragio pasivo y suspensión de empleo o cargo

público, durante el tiempo de la condena, tres años de

inhabilitación especial para el desempeño de cargo de Auxiliar Postal

del Organismo Autónomo de Correos y Telégrafos, con abono

del período que ha permanecido en suspensión en virtud del

expediente administrativo que se le ha seguido al efecto y multa de

siete meses con una cuota diaria de 500 pesetas, que hace un

total de 105.000 pesetas de multa, que se le autoriza a satisfacer

en diez mensualidades a partir de la firmeza de esta Sentencia.

La Audiencia de Barcelona (Sección Sexta), en sentencia de

fecha 25 de mayo de 2000, desestima el recurso de apelación

interpuesto por la representación procesal de don Rafael Menjibar

Álvarez, contra la sentencia dictada en fecha 5 de octubre de 1999,

por el Juzgado de lo Penal número 16 de Barcelona, en el

procedimiento abreviado número 371/1998, y estima el recurso de

apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal y consecuentemente

revoca parcialmente aquella resolución estableciendo que las

penas a imponer al condenado son de dos años y seis meses de

prisión, dieciséis meses de multa manteniéndose la cuota diaria

señalada y de cuatro años y seis meses de inhabilitación especial.

Como consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el

artículo 37.2.d) de la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del

Estado, de 7 de febrero de 1964, y artículo 105.2 de la

Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,

Administrativas y del Orden Social, en cuanto a los efectos de la pena

de inhabilitación especial, según informa la Asesoría Jurídica, de

fecha 14 de julio de 2000, esta Entidad dispone la pérdida de

la condición de funcionario de don Rafael Menjibar Álvarez.

Madrid, 25 de julio de 2000.-El Presidente, P. D. (Resolución

de 5 de junio de 2000, "Boletín Oficial del Estado" número 147,

del 20), el Consejero-Director general, Alberto Núñez Feijóo.

Ilma. Sra. Subdirectora de Gestión de Personal.

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