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Documento BOE-A-2000-17339

Resolución de 12 de septiembre de 2000, de la Universidad de Salamanca, por la que se convocan pruebas selectivas de ingreso en la Escala de Gestión Universitaria (turno de promoción interna) de la Universidad de Salamanca.

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 26 de septiembre de 2000, páginas 32787 a 32791 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2000-17339

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta

Universidad, aprobados por Real Decreto 678/1988, de 1 de julio

("Boletín Oficial del Estado" del 5), y con el fin de atender las

necesidades de personal de administración y servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, en

relación con el artículo 3.o e) de la misma, así como en los

Estatutos de la Universidad, resuelve convocar pruebas selectivas para

el ingreso en la Escala de Gestión de la Universidad de Salamanca,

con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir seis plazas

de la Escala de Gestión de la Universidad de Salamanca, por el

turno de promoción interna.

La presente convocatoria no comporta la generación de plazas

vacantes en el Cuerpo o Escala Administrativa del que procedan

los aspirantes.

1.2 A las presente pruebas selectivas les serán aplicables la

Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio

(modificadora de la anterior); Real Decreto 364/1995, de 10 de

marzo; los Estatutos de la Universidad de Salamanca, aprobados

por Real Decreto 678/1988, de 1 de julio ("Boletín Oficial del

Estado" del 5), y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de las siguientes fases:

Concurso y oposición. Las valoraciones, pruebas, puntuaciones y

materias se especifican en el anexo I.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida por éstos. Ello sin perjuicio de la aplicación

preferente de la posibilidad reconocida por el artículo 78.2 del Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo, sobre Reglamento General

de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado,

en cuya virtud los aspirantes aprobados y previa solicitud de los

mismos podrán ser autorizados por el Rector para que se les

adjudique destino en el puesto que vinieran desempeñando o en otros

puestos vacantes dotados presupuestariamente, siempre que sean

de necesaria cobertura y se cumplan los requisitos establecidos

en la relación de puestos de trabajo.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a

partir del 1 de febrero de 2001, determinándose en la resolución

que se indica en la base 4.1 el lugar y la fecha de realización,

con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha

en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición.

El Rectorado de la Universidad hará pública la lista de aspirantes

con la puntuación obtenida en la fase concurso.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos dieciocho años el día en que termine el

plazo de presentación de solicitudes.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Diplomado, Arquitecto técnico, Ingeniero técnico, Formación

Profesional de tercer grado o equivalente, en la fecha en que

termine el plazo de presentación de solicitudes. De conformidad con

lo establecido en la disposición transitoria quinta de la

Ley 30/1984, de 2 de agosto, se considera equivalente el título

de Diplomado universitario el haber superado tres cursos

completos de Licenciatura.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas deberán

pertenecer el día de la publicación de la presente convocatoria en

el "Boletín Oficial del Estado" al Cuerpo o Escala Administrativa

(grupo C), tener destino actual definitivo en la Universidad de

Salamanca y poseer la titulación y el resto de los requisitos

establecidos con carácter general para el acceso a la Escala de Gestión,

expresados en el apartado anterior. Asimismo, deberá contarse

con una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala

a que pertenezcan los aspirantes. Los servicios reconocidos al

amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, correspondientes

a los Cuerpos o Escalas anteriormente citados no serán

computables a efectos de antigüedad para participar por promoción

interna en estas pruebas selectivas, salvo los servicios prestados en

régimen laboral por aspirantes procedentes de la funcionarización

prevista en la disposición transitoria decimoquinta de la

Ley 23/1998.

2.3 Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán

poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación

de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de

posesión como funcionarios de carrera de la Escala de Gestión

de la Universidad de Salamanca.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en instancia que les será facilitada

gratuitamente en el Rectorado de la Universidad de Salamanca. A

la instancia se acompañará fotocopia del documento nacional de

identidad.

3.2 Los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de

concurso deberán presentar certificación según modelo contenido en

el anexo V, expedida por la Sección de Personal de Administración

y Servicios de la Universidad de Salamanca, acreditativa del

Cuerpo o Escala al que pertenezca el funcionario, así como su

antigüedad en el mismo, así como cuanta documentación estime

oportuna para su mejor valoración.

3.3 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1

"Ejemplar a presentar por el interesado" del modelo de solicitud) podrá

hacerse en el Registro General de la Universidad de Salamanca,

Patio de Escuelas, sin número, o en la forma establecida en el

artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, a

partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en

el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán al excelentísimo señor

Rector magnífico de la Universidad de Salamanca.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario

de haber satisfecho los derechos de examen.

3.4 Los aspirantes con minusvalías deberán indicar en la

instancia la minusvalía que padecen, para lo cual se utilizará el

correspondiente recuadro de la solicitud. Asimismo, deberán solicitar,

expresándolo en dicho recuadro, las posibles adaptaciones de

tiempo y medios necesarios para la realización de los ejercicios

en que esta adaptación sea necesaria.

3.5 Los derechos de examen serán de 2.000 pesetas, y se

ingresarán en la cuenta de ingresos de derechos de examen

plazas P.A.S. de la Universidad de Salamanca,

número 0049/5290/29/2016000308, del Banco Santander Central

Hispano, oficina calle Toro, número 33, Salamanca.

En ningún caso, la presentación y pago de los derechos de

examen en la caja de ahorros o en otra entidad supondrá

sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la

solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.6 Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier

momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de candidatos

4.1 Terminado el plazo de presentación de instancias y

comprobado el pago de los derechos de examen, el Rectorado de

la Universidad dictará resolución en el plazo de máximo de un

mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", y en la

que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos,

en la cual constará el nombre y apellidos de los candidatos, número

de documento nacional de identidad, así como la causa de no

admisión en la relación de excluidos, deberá recogerse asimismo

el lugar y fecha de celebración de los ejercicios.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la

resolución para poder subsanar el defecto que haya motivado la

exclusión.

La resolución que apruebe definitivamente la lista de admitidos

pondrá fin a la vía administrativa y consiguientemente los

aspirantes definitivamente excluidos podrán formular recurso

contencioso-administrativo.

4.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,

a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la

realización de las pruebas selectivas.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas estará constituido

por los miembros que se especifican en el anexo III.

5.2 Los miembros de los Tribunales deberá abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando

concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo 28 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, o se hubieren realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores

a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá solicitar

de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse

inclusos en las circunstancias de abstención por recusación.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de

los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en

el párrafo anterior.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del

Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición,

por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal, con la asistencia del Presidente y Secretario, alcanzando,

al menos, la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o

suplentes. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de

treinta días, a partir de su designación, y mínimo de diez días,

antes de la realización del primer ejercicio. En dicha sesión, el

Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en

orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5 A partir de la constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus

miembros, titulares o suplentes.

5.6 Durante la oposición, el Tribunal resolverá las dudas que

pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo

que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de la actuación del Tribunal se ajustará en

todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la

Universidad de Salamanca.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas necesarias

en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios en la fase de oposición que sean

escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin

que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para

ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la

Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial del Estado"

del 22), o cualesquiera otros equivalentes.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de

Salamanca, Patio de Escuelas, sin número, edificio del Rectorado,

teléfono 29 44 00.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos, una persona,

miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10 El Tribunal que actúe en esta pruebas tendrá la categoría

segunda de las recogidas en el artículo 33 del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 19).

5.11 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que ha superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno

Derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los

opositores para que acrediten su personalidad.

6.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "B", de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública de 23 de febrero de 2000 ("Boletín

Oficial del Estado" de 3 de marzo).

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente

justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración

del segundo ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales

donde se haya celebrado el primero, así como en la sede del

Tribunal señalada en la base 5.9, y por cualesquiera otros medios,

si se juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación, con

veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para

la iniciación de los mismos.

6.5 Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara

a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece

de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria,

deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de

Salamanca, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades

formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las

pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará

públicas en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así

como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9, y en aquellos

otros que estime oportunos, la relación de aspirantes aprobados,

con indicación de su documento nacional de identidad. La

condición de aprobado en el procedimiento selectivo y el orden de

puntuación final vendrá dado por la suma de las puntuaciones

obtenidas en los ejercicios de la oposición, a las que se adicionará

las obtenidas en la fase de concurso.

El Presidente del Tribunal enviará una copia certificada de la

lista de aprobados al Rector de la Universidad de Salamanca,

especificando igualmente el número de aprobados en cada uno de

los ejercicios.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde la

publicación en el Rectorado de la Universidad de las relaciones

de aprobados a que se refiere la base anterior, los opositores

aprobados deberán presentar en la Sección de Personal de

Administración y Servicios de la Universidad de Salamanca los

siguientes documentos, siempre que no obren los mismos en el expediente

personal del aspirante ni se hayan aportado en el presente

procedimiento selectivo:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Fotocopia, debidamente compulsada, del título de

Ingeniero técnico, Diplomado universitario, Arquitecto técnico,

Formación Profesional de tercer grado o equivalente, o certificación

académica de haber superado tres cursos completos de

Licenciatura universitaria.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

del servicio, mediante expediente disciplinario, de ninguna

Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas, cuyo modelo figura como anexo IV.

d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer

enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.

Los aspirantes que tengan la condición de minusválidos

deberán presentar certificación de los órganos competentes del

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales que acrediten tal condición.

Igualmente, deberán presentar certificado de los citados órganos

o de la Administración sanitaria, acreditativo de la compatibilidad

con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de

fuerza mayor no presentaran la documentación o del examen de

la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios

de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de

la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la

solicitud inicial.

8.3 Por la autoridad convocante y a propuesta del Tribunal

calificador, se procederá al nombramiento como funcionarios de

carrera mediante resolución que se publicará en el "Boletín Oficial

del Estado".

9. Norma final

9.1 La presente convocatoria y cuantos actos administrativos

se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal podrán ser

impugnados por los interesados en los casos y en la forma

establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Salamanca, 12 de septiembre de 2000.-El Rector, Ignacio

Berdugo Gómez de la Torre.

ANEXO I

1. El procedimiento de selección de los aspirantes, por el

sistema de promoción interna, constará de las siguientes fases:

Concurso y oposición. En consecuencia, superarán el presente

procedimiento selectivo y serán incluidos en la propuesta de

nombramiento para la cobertura de las plazas convocadas según la

puntuación final que arroje la suma de la calificación de méritos,

aplicados conforme al baremo correspondiente, y de la puntuación

obtenida en la fase de oposición.

2. En la fase de concurso se valorarán los servicios efectivos

o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre

("Boletín Oficial del Estado" de 10 de enero de 1979), hasta la

fecha de publicación de esta convocatoria en Cuerpos o Escalas

del grupo C que tuvieran asignadas funciones propias de

Administrativo.

3. Fase de oposición.-Consistirá en la realización de los dos

ejercicios que a continuación se indican, siendo ambos

eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de

preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas

correcta, basado en el contenido del programa de estas pruebas

incluido en el anexo II. El tiempo máximo para la realización del

ejercicio será de sesenta minutos.

Segundo ejercicio: El Tribunal propondrá cinco supuestos

prácticos desglosados en preguntas, en número no superior a diez,

de las materias siguientes: Derecho Administrativo, gestión de

personal y Seguridad Social, gestión financiera y gestión

universitaria, a que hace referencia el anexo II. Los aspirantes deberán

optar necesariamente por cuatro de ellos correspondientes a cada

uno de los cuatro bloques temáticos. El tiempo máximo para la

realización de este ejercicio será de ciento veinte minutos.

4. Fase de concurso.-La valoración de los méritos se realizará

de la forma siguiente:

Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o

Escalas, a que se refiere el apartado 2 de este anexo, asignándose

a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de 0,10

puntos hasta un máximo de 2 puntos.

Grado personal consolidado: Según el grado personal que tenga

consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento

de grado por la autoridad competente el día de publicación de

esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", se otorgará

la siguiente puntuación:

Grado 14 ó 15: 0,5 puntos.

Grado 16 a 18: 1 punto.

Grado 19 ó 20: 1,5 puntos.

Grado 21 ó 22: 2 puntos.

Titulación: Por la posesión de una titulación superior a la

exigida para el acceso a los Cuerpos o Escalas del grupo B, 0,5

puntos, valorándose como máximo una titulación.

Los puntos obtenidos se sumarán a la puntuación alcanzada

en la fase de oposición (determinada por la suma de las

puntuaciones parciales de cada ejercicio), a efectos de determinar

un orden definitivo de aspirantes aprobados y que no podrán

exceder del número de plazas convocadas. Estos puntos no podrán

ser aplicados para superar los ejercicios de la oposición.

5. Calificación de los ejercicios.-Los ejercicios de la fase de

oposición se calificarán de la forma siguiente:

Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo

necesario para aprobar obtener, como mínimo, 5 puntos, equivalentes

al 50 por 100 de la puntuación establecida por los baremos que

fije el Tribunal. Las contestaciones erróneas se valorarán

negativamente.

Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 30 puntos, a razón

de un máximo de 7,5 puntos por cada supuesto práctico, siendo

eliminados los opositores que no obtengan un mínimo global de

15 puntos. Asimismo, serán eliminados aquellos opositores que

sean calificados con 0 puntos en alguno de los cuatro supuestos.

Se valorará la capacidad de razonamiento en el planteamiento,

la corrección de la expresión y la exactitud de las respuestas.

6. Propuesta de aprobados.-La calificación final de las

pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas

en las fases de oposición y concurso. En caso de empate, el orden

se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el

primer ejercicio y, si persistiere el empate, éste se dirimirá por

sorteo público en presencia de los opositores empatados.

ANEXO II

1. Organización del Estado y de la Administración Pública

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y

contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y

suspensión.

Tema 2. La Administración Central del Estado. El Consejo

de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros.

Secretarios de Estado. Los Subsecretarios. Secretarios generales y

Directores generales. Otros órganos de la Administración Central. La

Administración periférica del Estado.

Tema 3. La Administración institucional. La Administración

local.

Tema 4. El Estado y las Comunidades Autónomas.

Distribución de competencias. Estatutos de Autonomía.

Tema 5. La Comunidad Autónoma de Castilla y León:

Organización y competencias.

Tema 6. La organización de las Comunidades Europeas. Las

Comunidades Europeas y sus instituciones. El Consejo. La

Asamblea o Parlamento Europeo. La Comisión. El Tribunal de Justicia.

2. Derecho Administrativo General

Tema 1. Las fuentes del Derecho Administrativo. Concepto.

Clases de fuentes. La jerarquía de las fuentes. Leyes

constitucionales: Concepto, caracteres y valor jurídico formal. Las Leyes

ordinarias. Disposiciones del Poder Ejecutivo con fuerza de Ley.

Tema 2. El Reglamento: Concepto, clases y límites.

Tema 3. Relaciones entre las Administraciones Públicas.

Órganos administrativos: Competencia. Órganos colegiados.

Tema 4. Derechos de los ciudadanos en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El derecho

de acceso a los archivos y registros administrativos.

Tema 5. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos.

Eficacia de los actos administrativos. Actos presuntos. Motivación.

Notificación.

Tema 6. Invalidez del acto administrativo. Revisión,

anulación y revocación. Convalidación.

Tema 7. Los contratos administrativos: Concepto y clases.

Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios

y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos

administrativos.

Tema 8. Los contratos administrativos en particular. Contrato

de obras. Contrato de suministro. Contrato de concesión de

servicios.

Tema 9. Los bienes patrimoniales de la Administración.

Bienes de dominio público.

Tema 10. Responsabilidad patrimonial de las

Administraciones Públicas. Requisitos y efectos. La potestad sancionadora de

la Administración.

Tema 11. El procedimiento administrativo: Concepto y clases.

La regulación del procedimiento administrativo en el Derecho

Administrativo español: La Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común. Principios generales del

procedimiento administrativo.

Tema 12. Los sujetos del procedimiento administrativo.

Iniciación del procedimiento. Ordenación. Instrucción: Alegaciones,

informes y prueba. El trámite de audiencia.

Tema 13. El tiempo en el procedimiento administrativo:

Términos y plazos. Terminación del procedimiento.

Tema 14 Recursos administrativos. Recurso de reposición y

recurso de alzada. Recurso de revisión.

Tema 15. El recurso contencioso-administrativo: Las partes,

capacidad, legitimación y postulación. Actos impugnables. Fases

del proceso. La sentencia.

3. Gestión de personal

Tema 1. El personal al servicio de las Administraciones

Públicas. Régimen jurídico. La Ley 30/1984, de 2 de agosto, y

la Ley 23/1988, de 28 de julio. Normativa básica.

Tema 2. El personal funcionario de las Administraciones

Públicas. Tipos de funcionarios. La selección de los funcionarios.

Tema 3. Situaciones de los funcionarios. Pérdida de la

condición de funcionario. El Registro Central de Personal.

Tema 4. Provisión de puestos de trabajo en la función pública.

Derechos y deberes de los funcionarios. La promoción profesional

de los funcionarios.

Tema 5. El sistema de retribuciones de los funcionarios.

Retribuciones básicas y retribuciones complementarias. Las

indemnizaciones por razón de servicio.

Tema 6. Incompatibilidades de los funcionarios públicos.

Régimen disciplinario.

Tema 7. Órganos de representación de los funcionarios.

Tema 8. El régimen especial de la Seguridad Social de los

funcionarios civiles del Estado. MUFACE. Acción protectora.

Concepto y clases de prestaciones. Derechos pasivos.

Tema 9. El personal laboral al servicio de las

Administraciones Públicas. Su régimen jurídico. En particular el Convenio

Colectivo aplicable al personal laboral de las Universidades

públicas vinculadas a la Comunidad de Castilla y León.

Tema 10. El contrato de trabajo. Modalidades.

Tema 11. La suspensión del contrato de trabajo. La extinción.

Sus causas. El despido.

Tema 12. La sindicación del personal laboral. Comités de

Empresa y Delegados de Personal.

Tema 13. El régimen de la Seguridad Social del personal

laboral: Acción protectora. Concepto y clases de prestaciones.

Afiliación y cotizaciones.

Tema 14. Incapacidad temporal. Concepto y causas que

motivan esta situación. Invalidez permanente. Grados.

Tema 15. Jubilación. Concepto y requisitos. Muerte y

supervivencia. Prestaciones. Sujetos causantes. Beneficiarios.

4. Gestión financiera

Tema 1. El presupuesto del Estado. Características y

estructura. Créditos presupuestarios. El ciclo presupuestario. Gastos

plurianuales.

Tema 2. Modificaciones de los créditos iniciales.

Transferencias de créditos. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito.

Ampliaciones de créditos. Incorporaciones de créditos.

Generaciones de créditos. Desgloses de aplicaciones presupuestarias.

Tema 3. La ejecución presupuestaria y la contratación

administrativa: Especial referencia a los contratos de obras, de gestión

de servicios públicos y de suministros. Los contratos de asistencia

técnica con empresas consultoras y de servicios.

Tema 4. Contabilidad pública. Concepto. Contabilidad

preventiva. Contabilidad ejecutiva. Contabilidad crítica. Control del

gasto público en España. Especial referencia al control de

legalidad. El Tribunal de Cuentas.

Tema 5. El Plan General de Contabilidad Pública: Fines,

objetivos, ámbito de aplicación y características. Criterios de

valoración.

Tema 6. Contabilidad presupuestaria y contabilidad de

gestión. Los grupos de cuentas: Estructura y contenido. Liquidación

y cierre del ejercicio. La Cuenta General del Estado.

Tema 7. Ordenación del gasto y ordenación del pago.

Órganos competentes. Fases del procedimiento. Contraído.

Intervenido. Ingresos en formalización. Documentos contables que

intervienen en la ejecución de los gastos y de los pagos.

Tema 8. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos

de transferencias. Corrientes y de capital. Gastos de inversión.

Tema 9. Pagos: Concepto y clasificación. Pagos por

obligaciones presupuestas. Pagos por ejercicios cerrados. Pagos "a

justificar". Justificación de libramientos.

Tema 10. Retribuciones de los funcionarios públicos.

Nóminas: Estructura y normas de confección. Altas y bajas, su

justificación. Sueldos, trienios, pagas extraordinarias,

complementos, indemnizaciones por residencia y otras remuneraciones.

Devengo y liquidación de derechos económicos.

5. Política de la educación y organización universitaria

Tema 1. La Administración Educativa. Estructura orgánica del

Ministerio de Educación y Cultura. Secretaría de Estado de

Universidades, Investigación y Desarrollo. Consejo de Universidades.

Organización del Departamento de Enseñanza de la Comunidad

Autónoma de Castilla y León.

Tema 2. Las Universidades: Su naturaleza jurídica. Los

Estatutos de las Universidades. Los Estatutos de la Universidad de

Salamanca.

Tema 3. Organización académica: Centros, departamentos,

institutos, colegios universitarios. Referencia a la Universidad de

Salamanca.

Tema 4. Órganos de gobierno de las Universidades. El Rector,

los Vicerrectores, el Secretario general. Los Decanos y Directores.

El Gerente. Órganos colegiados de gobierno: El Cosejo Social.

El Claustro. La Junta de Gobierno. Referencia a la Universidad

de Salamanca.

Tema 5. Función económico-administrativa de la Universidad.

Presupuesto universitario: Elaboración, contenido y aprobación.

Tasas y precios públicos en el ámbito universitario.

Tema 6. Clases y régimen jurídico del profesorado

universitario.

Tema 7. Clases y régimen jurídico del personal de

administración y servicios.

Tema 8. Régimen de alumnado universitario. Acceso.

Permanencia y colación de grados. Referencia a la Universidad de

Salamanca.

Tema 9. Régimen del patrimonio universitario. El Patrimonio

histórico-artístico adscrito a las Universidades: Gestión y

protección.

ANEXO III

Tribunal calificador

Tribunal titular:

Presidente: Don Antonio Alonso Sánchez, Gerente de la

Universidad de Salamanca.

Vocales: Doña María del Carmen Pol Méndez, Vicerrectora

de Economía de la Universidad de Salamanca, en representación

de la Universidad; don José Ramón Chaves García, funcionario

de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Oviedo,

en representación de la Secretaría de Estado para la

Administración Pública, y doña Lourdes González Santos, funcionaria de

la Escala de Gestión de la Universidad de Salamanca, en

representación de la Junta de Personal Funcionario.

Secretaria: Doña Araceli Mateos García, funcionaria de la

Escala de Gestión de la Universidad de Salamanca.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Gerardo Llana Herrero, Gerente de la

Universidad de Valladolid.

Vocales: Don Enrique García Sánchez, Vicerrector de Docencia,

en representación de la Universidad; don Antonio Arias Rodríguez,

funcionario de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad

de Oviedo, en representación de la Secretaría de Estado para la

Administración Pública, y don Javier Martín Torres, funcionario

de la Escala de Gestión de la Universidad de Salamanca, en

representación de la Junta de Personal.

Secretaria: Doña María del Carmen Calvo Sánchez, funcionaria

de la Escala de Gestión de la Universidad de Salamanca.

ANEXO IV

Declaración jurada

Don ................................................................................,

con domicilio en ................................................, y documento

nacional de identidad número ..............................., declara bajo

juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de

la Escala ..............................................................................,

que no ha sido separado del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio

de funciones públicas.

En ..........................., a ....... de ........................... de ........

ANEXO V

Don ................................................................................,

cargo ...................................................................................

Certifico: Que según los antecedentes obrantes en este centro,

relativos al opositor abajo indicado, se justifican los siguientes

extremos:

Datos del opositor:

Apellidos y nombre ............................................................

Cuerpo o Escala a que pertenece .........................................

Documento nacional de identidad número ............................

Número de Registro de Personal ..........................................

Lugar y fecha de nacimiento ...............................................

Promoción .......................................................................

1. Destino actual ............................................................

2. Total de servicios reconocidos en el Cuerpo o Escala de

pertenencia:

.................... años .................... meses .................... días.

2.1 Antigüedad en el Cuerpo o Escala, como funcionario de

carrera, hasta el día de publicación de la convocatoria:

.................... años .................... meses .................... días.

3. Titulación acreditada ...................................................

4. Grado personal consolidado en la fecha de publicación de

la convoctoria .......................................................................

Y para que así conste, expido la presente certificación en .......

............................................................................................

(Localidad, fecha, firma y sello)

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