Visto el expediente de indulto de don José Muñoz López, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo 4.o, apartado tercero, del Código Penal, por la Audiencia Provincial de Málaga, Sección Tercera, que, en sentencia de fecha 8 de marzo de 1995 le condenó, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de cuatro años, dos meses y un día de prisión menor y multa de 51.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1993, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de enero de 2000,
Vengo en indultar a don José Muñoz López la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo normal de cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 7 de enero de 2000.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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