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Documento BOE-A-2000-16073

Resolución de 28 de junio de 2000, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se concede la aprobación de modelo de un sistema de medida de carburantes líquidos derivados del petróleo, instalado sobre camiones cisterna, marca "Cabco", modelo T, fabricado y presentado por la empresa "Cabco Industrial, Sociedad Anónima".

Publicado en:
«BOE» núm. 205, de 26 de agosto de 2000, páginas 30590 a 30591 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2000-16073

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por la empresa «Cabco Industrial, Sociedad Anónima», con domicilio social en carretera Barbens, kilómetro 1, de Bellpuig (Lleida), para obtener la aprobación de modelo de un sistema de medida instalado sobre camiones cisterna, destinados al transporte por carretera y al suministro de líquidos de poca viscosidad (viscosidad ≤ 20 mPa.s) y almacenados a presión atmosférica (con excepción de líquidos alimentarios), marca «Cabco», modelo T, en sus distintas versiones, provisto de un subsistema de medida de igual marca y modelo;

Vista la documentación complementaria presentada con dicha solicitud, así como la resolución de 4 de abril de 2000 por la que se aprobó el subsistema de medida antes citado, que va equipado con un cabezal electrónico, marca «Multiflow», y con una cámara de medida, marca «Smith Meter»,

Esta Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico, así como la Orden de 26 de diciembre, y la Orden de 28 de diciembre de 1988, que regulan los contadores volumétricos y los sistemas de medida de líquidos distintos del agua, ha resuelto:

Primero.

Conceder aprobación de modelo a favor de la entidad «Cabco Industrial, Sociedad Anónima», del sistema de medida instalado sobre camiones cisterna, destinados al transporte por carretera y al suministro de líquidos de poca viscosidad (viscosidad ≤ 20 mPa.s) y almacenados a la presión atmosférica (con excepción de líquidos alimentarios), marca «Cabco», modelo T, versiones: T11, T20, ST40, ST75, ST160.

Las características metrológicas se resumen en el siguiente cuadro:

Versión T11 T20 ST40 ST75 ST160
Caudal máx. 375 l/min. 750 l/min. 320 l/min. 600 l/min. 1.200 l/min.
Caudal min. 37 l/min. 75 l/min. 32 l/min. 60 l/min. 120 l/min.
Sumin. mín. 40 litros. 80 litros. 50 litros. 80 litros. 150 litros.
Presión máx. 10 bar. 10 bar. 10 bar. 10 bar. 10 bar.
Viscos. máx. 21.000 mm2/s. 21.000 mm2/s. 21.000 mm2/s. 21.000 mm2/s. 21.000 mm2/s.
Margen temp. -20oCa+50oC. -20oCa+50oC. -20oCa+50oC. -20oCa+50oC. -20oCa+50oC.
Segundo.

El signo de aprobación de modelo asignado será:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2000/205/16073_10574194_image1.png

Tercero.

Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución llevarán, como mínimo, de manera visible e indeleble, las siguientes inscripciones de identificación (en su placa de características), aparte de las propias de los elementos que los conforman (en particular la del contador volumétrico):

Nombre y anagrama del fabricante.

Denominación del modelo y versión.

Número de serie y año de fabricación.

Caudal máximo, en l/min.

Caudal mínimo, en l/min.

Suministro mínimo en litros.

Presión máxima de funcionamiento, en bares.

Clase de líquidos a medir.

Margen de temperatura de funcionamiento, en grados centígrados.

Signo de aprobación de modelo.

Indicación del esquema adoptado.

Cuarto.

Para garantizar un correcto funcionamiento de los sistemas se procederá a su precintado una vez realizada la verificación primitiva, según se describe y representa en los planos contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo.

Quinto.

Los sistemas correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución deberán cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo.

Sexto.

De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, la presente aprobación de modelo tiene validez hasta el día 28 de junio del año 2005, pudiendo ser prorrogada por períodos sucesivos, que no podrán exceder cada uno de diez años, previa petición del titular de la misma.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 28 de junio de 2000.‒El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre»), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

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