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Documento BOE-A-2000-12343

Resolución de 21 de junio de 2000, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación y Marítima.

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 30 de junio de 2000, páginas 23438 a 23440 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2000-12343

TEXTO ORIGINAL

La Ley 66/1997, de 30 de diciembre ("Boletín Oficial del

Estado" del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden

Social, dispuso en el artículo 56.3 la creación del Cuerpo de

Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera, estructurado en las

especialidades de Investigación y Marítima.

El artículo 56.4 de la citada Ley 66/1997, establece la

posibilidad de integración en las especialidades del Cuerpo de Agentes

del Servicio de Vigilancia Aduanera de los funcionarios de carrera

que, reuniendo los requisitos exigidos para ingreso en las mismas,

pertenezcan a las siguientes Escalas del Servicio de Vigilancia

Aduanera:

Especialidad: Investigación. Escalas: Agentes de Investigación

y Operadores Radiotelefonistas del Servicio de Vigilancia

Aduanera.

Especialidad: Marítima. Escala: Marineros del Servicio de

Vigilancia Aduanera.

El citado artículo 56.4 dispone también que los funcionarios

que no opten o no puedan optar por las integraciones

contempladas en el punto anterior quedarán clasificados en la Escala

a extinguir a la que perteneciesen, manteniendo su derecho a

integrarse en los Cuerpos de nueva creación que correspondan

durante diez años a partir de la entrada en vigor de la Ley 66/1997

ya citada.

Por Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal

de Administración Tributaria de 28 de marzo de 2000 ("Boletín

Oficial del Estado" de 12 de abril), se reconoce el derecho a la

integración en el Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia

Aduanera a diversos funcionarios que reúnen todos los requisitos

para ello.

En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Administración

Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del

Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del

Estado" de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General

de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General

del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción

Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración

General del Estado, y el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984,

de 28 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" de 7 de diciembre),

de Atribución de Competencias en Materia de Personal, a

propuesta de la Dirección General de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria, resuelve:

Primero.-Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de

Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera, especialidades de

Investigación y Marítima, a los aspirantes aprobados que se relacionan

en el anexo de esta Resolución, los cuales seguirán prestando

servicios en los puestos de trabajo que vinieran desempeñando.

Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de

carrera, deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con

lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar

posesión de sus destinos en el plazo de un mes, contado a partir

del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el

"Boletín Oficial del Estado". La toma de posesión de los

funcionarios que se encuentran en situación administrativa distinta a

la de servicio activo se efectuará ante los servicios competentes

de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, procediéndose

a continuación a la regularización de la situación administrativa

de dichos funcionarios.

Tercero.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de

reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes a

contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad

con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien

recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses

a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley

Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio

de 1998.

Lo que comunico a VV. II.

Madrid, 21 de junio de 2000.-El Secretario de Estado, Ignacio

González González.

Ilmos. Sres. Director general de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria y Directora general de la Función Pública.

ANEXO

Cuerpo: Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera

(ver imágenes páginas 23439 y 23440).

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