Visto el expediente de indulto de don José Félix Rodríguez Fonseca, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Valladolid, en sentencia de fecha 21 de abril de 1997, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas, en grado de tentativa, a la pena de seis meses de prisión, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1996; a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de junio de 2000,
Vengo en indultar a don José Félix Rodríguez Fonseca la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 2 de junio de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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