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Documento BOE-A-1999-956

Resolución de 30 de noviembre de 1998, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, declarada firme en el recurso contencioso-administrativo número 594/1995, promovido por «Sociètè des Produits Nestlé, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 14 de enero de 1999, páginas 1817 a 1817 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1999-956

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 594/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Sociètè des Produits Nestlé, Sociedad Anónima», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de septiembre de 1994 y de 14 de febrero de 1995, se ha dictado, con fecha 27 de octubre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 594/1995, interpuesto por el Procurador don Eduardo Codes Feijoo, en nombre y representación de “Sociètè des Produits Nestlé, Sociedad Anónima”, contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de septiembre de 1994, que concedió la marca nacional número 1.717.892, “Lactagán”, para productos de la clase 29. Sin costas.»

En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. S.

Madrid, 30 de noviembre de 1998.–El Director general, José López Calvo.

Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.

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