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La entidad «Ibercereal Sociedad Cooperativa Limitada, de Segundo Grado, de Miralcamp (Lleida), ha solicitado el reconocimiento como Agrupación de Productores de Cereales conforme al Reglamento (CE) 952/97 del Consejo, de 20 de mayo;
Considerando que la mencionada cooperativa cumple las condiciones exigidas en la citada normativa, resuelvo:
Reconocer como Agrupación de Productores de Cereales, conforme al Reglamento (CE) número 952/97 del Consejo, de 20 de mayo, a «Ibercereal, Sociedad Cooperativa Limitada», de segundo grado, de Miralcamp (Lleida).
La Dirección General de Agricultura procederá a su inscripción en el Registro General de Agrupaciones de Productores y sus uniones con el número 210.
La concesión de beneficios en virtud de los artículos 10 y 11 del Reglamento (CE) número 952/97 del Consejo, de 20 de mayo, se condiciona a las disponibilidades presupuestarias.
Madrid, 31 de marzo de 1999.‒El Director general, Rafael Milán Díez.
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