El Tribunal Constitucional, por providencia de 14 de abril actual, ha admitido a trámite el conflicto positivo de competencia número 1.427/1999, promovido por el Gobierno de la Nación en relación con el Acuerdo de la Mesa del Parlamento Vasco, de 9 de febrero de 1999, por el que se autoriza al «Parlamento del Kurdistán en el exilio« la celebración de sesiones de trabajo en la sede del Parlamento Vasco. Y se hace saber que por el Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación del Acuerdo impugnado, desde el día 5 de abril de 1999, fecha de interposición del recurso.
Madrid, 14 de abril de 1999.-El Presidente del Tribunal Constitucional,
CRUZ VILLALÓN
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